Decreto de la Presidencia nº 4239/2026 de 27/07/2026 por el que se aprueba el Convenio de Colaboración con el Ayuntamie…

Título oficial: Decreto de la Presidencia nº 4239/2026 de 27/07/2026 por el que se aprueba el Convenio de Colaboración con el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín para el desarrollo del programa `Pinares Night`.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Poner a disposición del Programa “Pinares Night” los medios materiales y humanos necesarios para la realización de las actividades objeto del presente Convenio.
  • Poner a disposición del Programa “Pinares Night” las instalaciones necesarias para la ejecución de las actividades, que habrán de reunir las condiciones exigidas para este tipo de programas.
  • Asumir los gastos que conlleve el desarrollo del Programa “Pinares Night”.
  • Suscribir un seguro de responsabilidad civil para la realización de las actividades del Programa.
  • Comunicar a la Diputación Provincial de Valladolid, tan pronto como se produzca, cualquier circunstancia que pudiera afectar al desarrollo del Programa.
  • Entregar al finalizar el Programa, una memoria con todas las actividades realizadas y una evaluación de proceso desarrollado e impacto económico del mismo.
  • Someterse a los actos de comprobación y de control financiero que respecto a la gestión de los fondos provinciales pueda efectuar la Diputación Provincial de Valladolid y cumplir las obligaciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para los beneficiarios de subvenciones.
  • Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de las actividades del Programa, así como en las instalaciones en las que se realicen, la colaboración de la Diputación Provincial de Valladolid expresamente, con su correspondiente logo.
  • QUINTA. - COMPATIBILIDAD La ayuda que se concede a través del presente Convenio es compatible con todo tipo de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que pueda obtener el Ayuntamiento para la misma finalidad de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
  • 1. A la firma del Convenio la Diputación abonará anticipadamente al Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín la cantidad de dos mil euros (2.000,00 €) con el carácter de “a justificar”. Para el abono de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía.
  • 2. El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín deberá justificar documentalmente la realización de las actividades subvencionadas con motivo del presente convenio por cuantía igual o superior a la
  • Memoria justificativa de las actuaciones realizadas para el desarrollo de las actividades del Programa “Pinares Night”.
  • Relación de los gastos relativos a la ejecución de las actuaciones del Programa, con indicación de los conceptos e importe, y la totalidad de los ingresos percibidos para dicha actividad, indicando procedencia, según modelo que se incorpora como Anexo I al presente Convenio.
  • Relación detallada de otros ingresos y subvenciones percibidos que hayan financiado el objeto del presente convenio, con indicación del importe y su procedencia.
  • 3. El plazo máximo para presentar la documentación justificativa finalizará el 31 de enero de 2027.
  • 4. En el caso de que la justificación presentada no cubra el montante total de aportación de la Diputación, se minorará en la cantidad correspondiente el importe de la subvención, debiendo el Ayuntamiento reintegrar la cantidad correspondiente.
  • 5. De conformidad con el art. 14.5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valladolid cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención de la Diputación Provincial de Valladolid, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. Esta acreditación se efectuará aportando un balance final de ingresos y gastos de la actividad subvencionada.
  • 6. Respecto a los gastos de desplazamiento, el importe máximo financiable aplicado a los gastos de desplazamiento será el exceptuado de gravamen según el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Además, deberá adjuntarse, plan de viaje, billetes de tren, avión o barco, programa de las jornadas o de las sesiones de trabajo en las que han participado con parte de firmas o material documental...
  • 7. Respecto al balance final de ingresos y gastos , los justificantes de gastos de la entidad deberán ir acompañados de una declaración responsable de que no han presentado una misma factura para justificar más de un gasto en esta u otra entidad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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