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Decreto nº 2026-5735 de 27/07/2026 del Cabildo de Lanzarote y La Graciosa de concesión de Subv. al Ayto. de San Bartolo…

Título oficial: Decreto nº 2026-5735 de 27/07/2026 del Cabildo de Lanzarote y La Graciosa de concesión de Subv. al Ayto. de San Bartolomé para la ejecución del "Plan de cooperación Municipal 2026" por importe de 755.293,00€.

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En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES708 - Lanzarote. La gestiona CABILDO INSULAR DE LANZAROTE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 755.293,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Presupuesto de ingresos y gastos
  • Certificados de Hacienda Canaria, Estatal y de la Seguridad Social Con n.º de expediente 2/2026-4860, se formaliza la retención de crédito en laCuarto. aplicación presupuestaria 4590.76201 “Subv. Ayuntamiento de San Bartolomé – Plan de Cooperación Municipal 2026”, por importe de setecientos cincuenta y cinco mil doscientos noventa y tres euros (755.293,00 €). A fecha del presente informe, con relación a las subvenciones tramitadas por laQuinto. Unidad de Planificación y Coordinación de Proyectos, el Ayuntamiento de San Bartolomé no tiene pendiente de justificar ninguna subvención. Asimismo, con fecha 19 julio de 2026, la Asesoría Jurídica emitió informe jurídico nºSexto. 2026-0099, concluyendo que la concesión de la subvención resulta ajustada a Derecho al estar prevista nominativamente en el Presupuesto General de la Corporación para 2026.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 3/2026, de 16 de junio, de Cabildos Insulares.
  • Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
  • Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38 /2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Decreto de 17 junio por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (Capítulo Único “De las subvenciones” del Título Segundo).
  • Reglamento de Control Interno del Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa (Boletín Oficial de Canarias, núm. 140, de 13 de julio de 2020)
  • Reglamento Orgánico de Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa (Boletín Oficial de Canarias, núm. 18, de 26 de enero de 2023)
  • Ordenanza General de Subvenciones.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto General Consolidado del Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa para el ejercicio 2026. Vistos los antecedentes de hecho, considerando los fundamentos de derecho.
  • Ejecutar, finalizar y justificar en la forma, términos y plazos que se establezcan, ante la Unidad de Planificación y Coordinación de Proyectos.
  • Comunicar al órgano concedente las alteraciones o modificaciones del Proyecto que se produzcan en los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la realización de las actividades y la forma de justificación del empleo de los fondos recibidos.
  • Cumplir con la finalidad para la que se concede la subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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