Decreto de Presidencia nº 4726/2026 de 24/08/2026 por el que se aprueba el Convenio con la ASociación Castellano Leones…

Título oficial: Decreto de Presidencia nº 4726/2026 de 24/08/2026 por el que se aprueba el Convenio con la ASociación Castellano Leonesa para la defensa de la infancia y juventud (REA).

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • REA se compromete a desarrollar el pro yecto antes expuesto, asumiendo todos los gastos que se generen con ocasión del mismo.
  • Se compromete, además, a someterse a los actos de comprobación y de control financiero y de calidad, que respecto a la gestión de los fondos provinciales pueda efectuar la Diputación Provincial.
  • Asimismo, se compromete a cumplir las obligaciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, para los beneficiarios de subvenciones.
  • Ambas partes se comprometen a destacar en cuantas actividades realicen para la difusión de las previstas en el Convenio, la colaboración prestada por la otra parte firmante, así como a incorporar su logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y utilic en para la publicidad o difusión de las actividades realizadas.
  • La Diputación de Valladolid abonará a la Asociación Castellano Leonesa para la defensa de la Infancia y Juventud (REA) la cantidad máxima de cinco mil euros (5.000 €) para colaborar en el desarrollo del proyecto objeto del presente convenio. Esta cantidad solo podrá aplicarse a sufragar gastos corrientes (principalmente, gastos de personal, administración y transporte), en ningún caso gastos de inversión.
  • Dicha cantidad se imputa a la partida 503.23122.48100 del presupuesto de la Diputación para el año 2026.
  • Costes indirectos de gestión y administración que se correspondan al periodo en que efectivamente se realizaron las actividades subvencionadas y guarden una relación estricta con ella, con un máximo del 10% de la subvención concedida.
  • QUINTA.- COMPATIBILIDAD La ayuda que se concede a través del presente Convenio es compatible con todo tipo de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que pueda obtener REA para la misma finalidad de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. En ningún caso el importe total de las ayudas obtenidas , incluida la de la Diputación de Valladolid, podrá ser superior al coste del proyecto objeto de este convenio.
  • La Diputación abonará a REA la cantidad prevista en la cláusula tercera, a la firma del Convenio y con el carácter de “a justificar”.
  • Para el abono de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía.
  • La justificación de la cantidad percibida se efectuará mediante la presentación de cuenta
  • Memoria firmada sobre las actividades realizadas relativas al proyecto “Generando buen trato”.
  • Relación clasificada de los gastos relativos al programa y gastos de funcionamiento y gestión, con indicación de los conceptos e importe, desviaciones acaecidas respecto al presupuesto inicial, y la totalidad de los ingresos percibidos para las actividades, indicando importe y procedencia, según modelo que se incorpora como Anexo I al presente Convenio. La Diputación de Valladolid podrá comprobar, a través de un sistema de muestreo, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir de la Asociación REA la presentación de los justificantes de gastos seleccionados.
  • La presentación de la documentación justificativa se realizará a través del Registro Electrónico General de la Diputación Provincial de Valladolid.
  • En el caso de que la justificación presentada no cubra el montante total de aportación de la Diputación se minorará el importe de la subvención, debiendo REA, restituir a la Diputación de Valladolid la cantidad correspondiente.
  • De la misma forma, si de la declaración de subvenciones concedidas e ingresos recibidos por REA para la realización del proyecto , se desprende que el importe del mismo, más la aportación de la Diputación, excede el coste total, se disminuirá dicha aportación en la cuantía que proceda, debiendo REA restituir a la Diputación de Valladolid la cantidad correspondiente.
  • De conformidad con el art. 14.5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valladolid cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención de la Diputación Provincial de Valladolid, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. Esta acreditación se efectuará aportando un balance final de ingresos y gastos de la actividad subvencionada.
  • Respecto al balance final de ingresos y gastos, los justificantes de gastos de la entidad deberán ir acompañados de una declaración responsable de que no han presentado una misma factura para justificar más de un gasto en esta u otra entidad.
  • Respecto a los gastos de desplazamiento, el importe máximo financiable será el exceptuado de gravamen según el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Además, deberá adjuntarse, plan de v iaje, billetes de tren, avión o
  • NOVENA: MODIFICACIÓN El presente Convenio sólo podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social