Decreto de Presidencia nº 4167 de 21/7/26 por el que se aprueba convenio con Ayto Villalón para adquisición de furgoneta red servicios personas discapacidad

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El Ayuntamiento de Villalón de Campos se compromete a adquirir el vehículo adaptado, que deberá reunir las condiciones previstas en la cláusula primera, efectuando el abono que proceda por la compra del mismo. En el caso de que el importe de adquisición sea superior a la aportación de la Diputación, el exceso lo asumirá el Ayuntamiento.
  • El Ayuntamiento de Villalón de Campos, sin perjuicio de las aportaciones que pueda recibir
  • Gastos correspondientes a la puesta en servicio del transporte y a su sostenimiento (seguro, combustible, ITV, recambios, reparaciones, multas y sanciones, etc.)
  • Gastos del personal que se encargue del traslado de los usuarios.
  • El Ayuntamiento de Villalón de Campos destinará prioritariamente la furgoneta adquirida al traslado de personas con discapacidad a l Taller Prelaboral y Ocupacional, así como otros servicios que se puedan crear en relación con la Red de Servicios, y a la realización de transportes de interés social reclamados por la Diputación de Valladolid en el área comarca l. Subsidiariamente, podrá utilizarse para otros servicios propios del Ayuntamiento.
  • En la rotulación del vehículo figurará el logotipo de la Red de Servicios Sociales junto con el escudo oficial de la Diputación de Valladolid.
  • El Ayuntamiento de Villalón de Campos será responsable del estricto cumplimiento de la normativa vigente tanto en materia de seguridad vial como de la normativa relativa a la prestación de servicios sociales, en especial del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
  • El Ayuntamiento de Villalón de Campos no realizará aportación económica alguna al presente convenio.
  • La Diputación Provincial de Valladolid aportará la cantidad máxima de setenta mil euros (70.000,00 euros) para la adquisición de un vehículo adaptado destinado a la Red Integrada de Servicios para Personas con Discapacidad, con cargo a la aplicación presupuestaria
  • 23109.76210 del vigente presupuesto para el año 2026.
  • La Diputación Provincial de Valladolid, a través del Servicio de Acción Social, podrá realizar las comprobaciones oportunas para asegurar el uso adecuado de los vehículos.
  • CUARTA. COMPATIBILIDAD La ayuda que se concede a través del presente Convenio es compatible con todo tipo de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que pueda obtener el Ayuntamiento de Villalón de Campos para la misma finalidad de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
  • El abono de la cantidad indicada en la cláusula tercera se efectuará por la Diputación de Valladolid en su totalidad, y con el carácter de “a justificar”, a la firma del presente Convenio. Para el abono de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía.
  • La justificación se efectuará por el Ayuntamiento de Villalón de Campos mediante la presentación de un certificado de obligaciones reconocidas y pagos realizados suscrito por el Interventor relativo a los gastos objeto del presente Convenio. Deberá acompañarse a la justificación, relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la adquisición de la furgoneta objeto del presente Convenio, con indicación del importe y su procedencia.
  • En el caso de que la justificación presentada no cubra el montante total de aportación de la Diputación, se minorará en la cantidad correspondiente el importe de la subvención, debiendo el Ayuntamiento devolver el importe que proceda.
  • Las partes se obligan respecto a la protección de los datos de carácter personal que puedan recabarse y tratarse para hacer efectivo el presente Convenio, al cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos - Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa que resulte de aplicación.
  • Del tratamiento de los datos de carácter personal se dará la correspondiente información a los interesados, con el contenido que contempla la legislación referenciada de protección de datos de carácter personal.
  • Cada parte será responsable de sus correspondientes tratamientos de datos de carácter personal y del absoluto respeto a la normativa de protección de datos.
  • OCTAVA. MODIFICACIÓN La modificación del presente Convenio sólo podrá efectuase previo acuerdo de las partes firmantes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social