Decreto de Presidencia nº 3704/26 de 30 de junio, por el que se aprueba el Convenio de colaboración con la Fundación San Pablo CEU para la realización del programa de desarrollo profesional para mujeres, año 2026.

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - El Ayuntamiento de Medina del Campo se compromete a llevar a cabo la organización de las actividades indicadas en la cláusula anterior, asumiendo todos los gastos derivados de la organización y desarrollo de las mismas.
  • - En toda la publicidad que se efectúe de las activid ades subvencionadas deberá figurar la Diputación como Institución colaboradora.
  • - El Ayuntamiento de Medina del Campo se compromete a someterse a los actos de comprobación y de control financiero que respecto a la gestión de los fondos provinciales pueda efectuar la Diputación Provincial. Asimismo, se compromete a cumplir las obligaciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para los beneficiarios de subvenciones.
  • - La Diputación Provincial de Valladolid abonará al Ayuntamiento de Medina del Campo la cantidad máxim a de veinte cinco mil ciento setenta y un euros con veinte céntimos (25.171,20 €) para colaborar en el desarrollo de las actividades objeto del presente
  • - Dicha c antidad se imputa a la partida 204 .334.01.462.00 del Presupuesto d e la Diputación para el año 2026.
  • CUARTA: COMPATIBILIDAD La subvención que se concede a través del presente Convenio es compatible con todo tipo de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que pueda obtener el Ayuntamiento de Medina del Campo para sufragar los gastos que se generen con ocasión de la organización de las actividades objeto del pres ente Convenio, de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
  • QUINTA: FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN El Ayuntamiento de Medina del Campo podrá percibir la cuantía de la subvención anticipadamente, previa aportación de certificación exp edida por el Secretario visada por su Alcalde-Presidente, acreditativa de que el importe ha sido contraído en la contabilidad de su presupuesto de ingresos y que será aplicada al fin para el que se solicitó. Para la obtención de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía. El Ayuntamiento de Medina del Campo deberá justificar documentalmente la realización de la actividad subvencionada, por cuantía igual o superior a la aportación de la Diputación de Valladolid, en los térmi nos establecidos en el art. 75 del Reglamento General de
  • Memoria Técnica sobre las actividades realizadas, suscrita por técnico competente y conformada por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Medina del Campo.
  • Cuenta justificativa suscrita por el Alcalde-Presidente de l Ayuntamiento beneficiario , según modelo que se adjunta como anexo I, donde se relacionen los distintos gastos
  • Certificación suscrita por el Interventor, acreditativa de las obligaciones reconocidas y pagos realizados.
  • Balance final de ingresos y gastos de la actividad.
  • Declaración suscrita por el Alcalde-Presidente de l Ayuntamiento, sobre otras ayudas económicas o subvenciones concedidas para la misma finalidad. La presentación de estos documentos se realizará en sede electrónica, en un plazo máximo que finalizará el 31 de enero de 2027. Ello, no obstante, por medio de escrito acreditativo de las circunstancias concu rrentes, suscrito por el Alcalde del Ayuntamiento, se podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del mismo , siempre que las circunstancias alegadas lo aconsejen y la petición se realice 10 días antes del vencimiento del plazo al que se refiere el apartado anterior , con el fin de poder resolver antes de que transcurra el plazo inicial.
  • LUCAS LUCAS MARIA CARMEN - SECRETARIA 22-07-2026 14:05:16 Verificable en https://sede.diputaciondevalladolid.es/web/guest/verifica con el Código Seguro de Verificación: 06qi3xj0zmubwumwl88upb+kqxk= Si no se hubiese recibido el importe anticipado de la subvención y no se justificasen total o parcialmente los gastos relativos al desarrollo de las actividades subvencionadas , se procederá a cancelar o minorar la subvención, según los casos. Si se hubiese recibido el importe anticipado de la subvención y no se justificasen total o parcialmente los gastos relativos al desarrollo del proyecto subvencionado, se incoará el oportuno expediente de reintegro, que podrá hacerse efectivo, en su caso, por vía de compensación. Se consideran gastos subvencionables aquellos que realice el Ayuntamiento de Medina del Campo y que de manera indubitada respondan a la naturaleza del presente co nvenio y se lleven a cabo en el presente ejercicio.
  • en las actividades objeto de la subvención, hasta los límites siguientes: Los gastos de desplazamiento serán subvencionables hasta el importe exceptuado de gravamen, según el Reglamento del IRPF, aprobado por RD 439/2007, de 30 de marzo. Los gastos de alojamiento y manutención subvencionables no podrán superar las cuantías que para el Grupo 2 establece el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. ➢ Impartición de cursos. ➢ Celebración de actividades paralelas como exposiciones, conciertos etc. ➢ Cachés de actuaciones. ➢ Alquiler y afinación de pianos. No serán subvencionables, además de los gastos expresamente excluidos en la LGS, los
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias y los gastos de comisiones bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos de procedimientos judiciales.
  • SÉPTIMA: MODIFICACIÓN El presente convenio sólo podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Fomento del Empleo