Decreto de la Presidencia nº3881 de 8 de julio por el que se aprueba el convenio de colaboración entre la Diputación de Valladolid y la Federación de Piragüismo de CYL para la realización de su programa de actividades deportivas, año 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • CUARTA: OBLIGACIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID La Diputación Provincial de Valladolid aportará en concepto de subvención a la Federación de Piragüismo de Castilla y León la cantidad máxima de cinco mil setecientos sesenta euros ( 5.760 €) para colaborar en la celebración del V Trofeo Diputación de Valladolid “Navegando por la Provincia”. Dicha cantidad se imputa a la partida 507.34103.48311 del Presupuesto de la Diputación para el año 2026.
  • QUINTA: COMPATIBILIDAD La subvención que se conceda con ocasión del presente convenio es compatible con cualquier tipo de ayuda que reciba la Federación de Piragüismo de Castilla y León, de Instituciones públicas o privadas para el mismo fin. En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas, incluida la de la Diputación Provincial de Valladolid, podrá superar el coste de las actividades subvencionadas.
  • siguientes conceptos: Equipamiento en régimen de alquiler de embarcaciones Desplazamiento de embarcaciones y material Montaje de campo de regatas Trofeos Ambulancia Seguros y Seguridad en agua Monitores y coordinador Los gastos de manutención y estancia tendrán como límite máximo las cuantías establecidas para el grupo 2 por el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. El importe máximo financiable aplicado a los gastos de desplazamiento será el exceptuado de gravamen según el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de las Personas Físicas).Además deber á adjuntarse plan de viaje, billetes de tren , avión o barco, programas de las jornadas o de las sesiones de trabajo en las que han participado con partes de firmas o material documental, entre otros.
  • A la firma del Convenio la Diputación abonará anticipadamente a la Federación de Piragüismo de Castilla y León la cantidad de cinco mil setecientos sesenta euros (5.760 €) con el carácter de “a justificar”. Para la obtención de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía.
  • La Federación de Piragüismo de Castilla y León deberá justificar documentalmente la realización de las actividades subvencionadas con motivo del presente Convenio por cuantía igual o superior a la subvención concedida,
  • Memoria justificativa de las actuaciones subvencionadas, con indicación de las actividades realizadas y los objetivos conseguidos.
  • Cuenta justificativa suscrita por el Presidente donde se relacionen los distintos gastos realizados. A dicha cuenta se unirán las facturas originales y fotocopias de las mismas, en las que deberá constar el nº y fecha de su emisión, nombre del expedidor y su NIF/CIF, importe, y fecha del pago. Las facturas deberán ir acompañadas de la firma y el sello de “pagado” o el documento que acredite su abono, tales como transferencias bancarias u otros justificantes de pago.
  • Relación detallada de otros ingresos y subvenciones percibidos que hayan financiado el objeto del presente convenio, con indicación del importe y procedencia.
  • Por el Servicio de Deportes y Juventud, realizada la fiscalización pertinente, se devolverán los originales con la impresión en que se haga constar que la actividad está “subvencionada en................. Euros por la Excma. Diputación de Valladolid”.
  • El plazo máximo para presentar la documentación justificativa finalizará el 31 de enero de 2027.
  • En el caso de que la justificación presentada no cubra el montante total de aportación de la Diputación, se procederá por l a Federación a la devolución de la parte no justificada.
  • De conformidad con el art. 14.5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valladolid cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención de la Diputación Provincial de Valladolid, con fondos propios u otr as subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. Esta acreditación se efectuará aportando un balance final de ingresos y gastos de la actividad subvencionada.
  • NOVENA: MODIFICACIÓN El presente convenio sólo podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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