Decreto de la Presidencia nº 3947 de 10 de julio por el que se aprueba el convenio de colaboración entre la Diputación de Valladolid y el Club de Rugby VRAC para la realización de su programa de actividades deportivas, año 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1. El Club Rugby Vrac se compromete a organizar y desarrollar las actividades conforme al proyecto presentado, así como a abonar todos los gastos que requiera su desarrollo.
  • 2. Dejará constancia de la colaboración y patrocinio de la Diputación de Valladolid en toda la publicidad que se haga de las actividades, así como en las instalaciones donde se realicen las mismas.
  • 3. Pondrá a disposición de la Diputación de Valladolid los medios materiales y humanos necesarios para el desarrollo de aquellas actividades de promoción de este deporte en la provincia que organice el Servicio de Deportes y Juventud.
  • 4. Se someterá a los actos de comprobación y de control financiero que acuerde la Diputación de Valladolid respecto a la gestión de los fondos provinciales.
  • LUCAS LUCAS MARIA CARMEN - SECRETARIA 13-07-2026 15:25:07 Verificable en https://sede.diputaciondevalladolid.es/web/guest/verifica con el Código Seguro de Verificación: lkjglqyksqtrhbhsuvotnj7thrg= 3 Asimismo, se compromete a cumplir las obligaciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para los beneficiarios de subvenciones.
  • 1. La Diputación Provincial de Valladolid aportará en concepto de subvención al Club Rugby Vrac la cantidad máxima de cuarenta y ocho mil novecientos sesenta euros (48.960,00€) para colaborar en el desarrollo del Programa de Actividades Deportivas objeto del presente convenio. Esta cantidad solo podrá aplicarse a sufragar gastos corrientes, en ningún caso gastos de inversión.
  • 2. Dicha cantidad se imputa la aplicación 507.34103.483 01 del Presupuesto de la Diputación para el año 2026.
  • 1. La subvención que se c onceda con ocasión del presente c onvenio es compatible con cualquier tipo de ayuda que reciba el Club Rugby Vrac, de Instituciones públicas o privadas para el mismo fin.
  • 2. En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas, incluida la de la Diputación Provincial de Valladolid, podrá superar el coste de las actividades subvencionadas.
  • 1. A la firma del Convenio la Diputación abonará anticipadamente al Club Rugby Vrac la cantidad de cuarenta y ocho mil novecientos sesenta euros (48.960,00 €) con el carácter de “a justificar”. Para la obtención de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía.
  • 2. El Club Rugby Vrac deberá justificar documentalmente antes del día 31 de enero de 2027 la realización de las actividades subvencionadas con motivo del presente Convenio por cuantía igual o superior a la subvención concedida, presentando la siguiente documentación en la forma
  • Memoria justificativa de las actuaciones subvencionadas, con indicación de las actividades realizadas y los objetivos conseguidos.
  • Cuenta justificativa suscrita por el Presidente donde se relacionen los distintos gastos realizados. A dicha cuenta se unirán las facturas originales y fotocopias de las mismas, en las que deberá constar el nº y fecha de su emisión, nombre del expedidor y su NIF/CIF, importe, y fecha del pago. Las facturas deberán ir acompañadas de la firma y el sello de “pagado” o el documento que acredite su abono, tales como transferencias bancarias u otros justificantes de pago.
  • Relación detallada de otros ingresos y subvenciones percibidos que hayan financiado el objeto del presente convenio, con indicación del importe y procedencia. La Diputación de Valladolid podrá comprobar, a través de un sistema de muestreo, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir del Club Rugby Vrac la presentación de los justificantes de gastos seleccionados.
  • 3. La presentación de estos documentos se realizará preferentemente a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art.
  • 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administra tivo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
  • 4. En el caso de que la justificación presentada no cubra el coste previsto para el desarrollo del programa se minorará el importe de la subvención, debiendo el Club Rugby Vrac restituir la cantidad correspondiente. De la misma forma, si de la declaración de subvenciones concedidas se desprende que el importe de las mismas, más la aportación de la Diputación, excede del coste efectivo del programa, se disminuirá dicha aportación en la cuantía que proceda, debiendo el Club Rugby Vrac restituir a la Diputación de Valladolid la cantidad correspondiente.
  • 5. De conformidad con el art. 14.5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valladolid cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención de la Diputación Provincial de Valladolid, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. Esta acreditación se efectuará aportando un balance final de ingresos y gastos de la actividad subvencionada.
  • 6. Respecto a los gastos de desplazamiento, estancia y manutención , se deberá tener en cuenta, que la elegibilidad de gastos de manutención y estancia tendrá como límite máximo las cuantías establecidas para el grupo 2 por el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. El importe máximo financiable aplicado a los gasto s de desplazamiento será el exceptuado de gravamen según el Reglamento del IRPF (Real Decreto
  • LUCAS LUCAS MARIA CARMEN - SECRETARIA 13-07-2026 15:25:07 Verificable en https://sede.diputaciondevalladolid.es/web/guest/verifica con el Código Seguro de Verificación: lkjglqyksqtrhbhsuvotnj7thrg= 5 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Además, deberá adjuntarse, plan de viaje, billetes de tren, avión o barco, programa de las jornadas o de las sesiones de trabajo en las que han participado con parte de firmas o material documental...

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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