Personas físicasES300 - Madrid

Decreto de la delegada del área de gobierno de economía, innovación y hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digit

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES300 - Madrid. La gestiona ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y HACIENDA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pymes que cumplan los siguientes
  • 1. Contar con domicilio social y/o fiscal en el municipio de Madrid, desarrollar su actividad también en el término municipal de la ciudad de Madrid, y que no formen parte del sector público, según la definición del artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
  • 2. El centro donde se desarrolle la actividad para la que se solicita subvención debe encontrarse identificado a efectos de situación censal en la ciudad de Madrid y deberá coincidir con aquel en el que se localiza la inversión. A estos efectos se solicitará “Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT” expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT en el que debe constar el alta de dicho centro productivo y en la actividad que desarrolla la solicitante y que da lugar a la subvención.
  • 3. Tratarse de una pyme de conformidad con lo previsto en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, cumpliendo los límites previstos en dicha legislación una vez calculados los efectivos e importes financieros de la pyme y, en su caso, de su grupo -ya sean empresas asociadas y/o vinculadas.
  • 4. No podrán ser beneficiarias de las ayudas las agrupaciones de interés económico, uniones temporales de empresas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, entidades sin personalidad jurídica propia, sucursales de empresas extranjeras en territorio español, así como cualquier otra entidad cuya matriz y/o participantes o participadas vinculadas, estén domiciliadas en territorios extranjeros que sean oficialmente considerados como paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas según Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero y resto de legislación comunitaria al respecto.
  • Asimismo, para resultar beneficiarias de la subvención, las pymes deberán cumplir
  • 1. No estar incursa en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS, ni encontrarse sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado común.
  • 2. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • 3. No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento, a que se refiere el artículo 70.3 del RGS, se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de oficio y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
  • 4. Cumplir el convenio colectivo del sector de actividad al que deba adherirse.
  • 5. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
  • 6. En empresas de 50 o más personas trabajadoras, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social y el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores/as con discapacidad.
  • La solicitante deberá cumplir con la normativa de minimis en los términos previstos en esta convocatoria y, en cualquier caso, no superar la cantidad máxima de ayudas de minimis prevista en dicha normativa, debiendo relacionar las mismas. Asimismo, relacionará, en su caso, las ayudas recibidas para el mismo proyecto, a los efectos previstos en el apartado 9 de esta convocatoria.
  • Los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 anteriores se acreditarán mediante la aportación de la documentación que se solicite al respecto. En particular, los requisitos establecidos en el apartado 2º, mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud de la subvención. No obstante, en cualquier momento la Administración podrá solicitar su acreditación documental.
  • Las solicitantes que no acrediten los requisitos establecidos en este apartado, de acuerdo con lo dispuesto en sus diferentes epígrafes, así como en las restantes bases de la
  • HACIENDA Fecha Firma: 27/07/2026 14:10:04 URL de Verificación: https://servint.madrid.es/VECSV_WBCONSULTAINTRA/VerificarCove.do CSV : CWHBXLPNVR6OPQEN 6 convocatoria, no serán objeto de valoración, siendo desestimadas las solicitudes sin otro trámite. Asimismo, se podrá comprobar si la solicitante cumple cualquiera de los requisitos, en cuyo caso se solicitará la documentación que se estime necesaria y conveniente por parte del órgano instructor y que objetivamente deba estar en posesión de la empresa para realizar su actividad, pudiéndose, incluso, realizarse visita física por parte del personal técnico del Ayuntamiento de Madrid.
  • Los solicitantes presentarán la solicitud para esta convocatoria acompañada de la documentación complementaria debidamente cumplimentada, según se establece en este apartado. La solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es. La solicitud, y demás documentación complementaria se firmará electrónicamente por la representación legal de los solicitantes.
  • Cuando los documentos ya se encuentren en poder de cualquiera de los departamentos del Ayuntamiento de Madrid, en aplicación de lo establecido en el artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, su aportación se puede sustituir por una declaración de la persona o entidad solicitante expresando que no ha habido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud, respecto de los datos de que se trate, y haciendo constar el lugar, la fecha y el órgano ante el que se presentó la documentación. Cuando se hayan producido modificaciones en la documentación ya presentada, o bien haya finalizado su periodo de vigencia o hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento por el que se entregó, deberá presentarse necesariamente la nueva documentación, en la forma que en cada caso se establezca en la presente convocatoria. Se aportará en un único archivo pdf denominado “00_Declarac_docum_present_anteriorm”.
  • Todas las solicitudes deberán estar acompañadas de la siguiente documentación, que se
  • presentará conforme a las siguientes instrucciones:

Gastos y actuaciones

  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Plataformas IoT industriales: Sensores y dispositivos conectados que recogen datos de máquinas y procesos. Estos dispositivos se conectan a una plataforma IoT comercial que centraliza la información y se integra con los sistemas que ya usa la empresa (ERP, MES o SCADA) para disponer de todos los datos en un único entorno accesible.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Soluciones de IA comerciales para mantenimiento predictivo o visión artificial: Herramientas de Inteligencia Artificial ya maduras, diseñadas para anticipar fallos en máquinas o analizar imágenes para control de calidad. Estas soluciones se integran con los sistemas de mantenimiento o producción existentes para trabajar con los datos reales de la empresa.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Migración a infraestructuras cloud: Supone trasladar programas, datos y sistemas industriales a servicios en la nube (IaaS, PaaS o SaaS), relacionados con los procesos industriales y los datos operativos que generan, logrando mayor flexibilidad, seguridad y accesibilidad.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Ciberseguridad OT/IT: Medidas para proteger tanto sistemas informáticos como sistemas industriales: separación de redes, cortafuegos, sistemas avanzados de detección, monitorización, gestión de identidades, copias de seguridad, planes de recuperación y refuerzo global de la seguridad de los equipos.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Trazabilidad y certificación ambiental digital: Herramientas digitales para registrar de forma segura el impacto ambiental de procesos o productos (firma, bloque, sello de tiempo), integradas con sistemas internos como ERP, WMS o SGA para garantizar trazabilidad completa y fiable. GRUPO 2 — Automatización e Industria 4.0
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Gemelo digital para mantenimiento y operación: Modelo digital comercial que reproduce una máquina o proceso real y se conecta con los controladores industriales y los sistemas de gestión (PLC, SCADA, MES). Ayuda a prever fallos, planificar actuaciones y optimizar la operación.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Sensórica inteligente para control de calidad: Sensores avanzados durante procesos de reparación o mantenimiento que verifican en tiempo real si el trabajo se está realizando correctamente, detectando desviaciones o defectos en el momento.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Interoperabilidad de maquinaria: Sistemas que permiten que máquinas de diferentes fabricantes se comuniquen entre sí y con los programas de gestión. Incluyen dispositivos que capturan datos, protocolos estándar de comunicación y herramientas que almacenan la información para su análisis.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Robótica y automatización de manipulación “llave en mano”: Instalación completa de robots, vehículos autónomos, células robotizadas o sistemas de visión listos para funcionar. Estos sistemas automatizan tareas repetitivas, de transporte interno o de manipulación de materiales.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Diseño y simulación CAD/CAE y BIM: Implantación de software comercial para diseñar productos, simular su comportamiento y trabajar con metodologías BIM en arquitectura e ingeniería. Incluye la formación necesaria para utilizar estas herramientas correctamente.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Ensayos técnicos avanzados con sensorización e IA: Realización de pruebas técnicas utilizando sensores y herramientas de IA comerciales, cuyo resultado se integra directamente en los procesos de calidad y producción, mejorando la rapidez y fiabilidad del análisis. GRUPO 3 — Economía Circular y Gestión de Residuos
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Trazabilidad digital de residuos y EPR: Sistemas digitales que registran el recorrido completo de los residuos: libros de registro, pesajes, certificados y documentación. Se integran con los sistemas internos de gestión para asegurar un control exhaustivo y en tiempo real.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Automatización de separación y clasificación mediante visión e IA: Líneas de tratamiento de residuos que utilizan cámaras e inteligencia artificial para identificar y separar materiales automáticamente, mejorando velocidad y precisión del proceso.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Monitorización in situ de compostaje: Uso de sensores certificados que se instalan directamente en las pilas de compost y que miden temperatura, humedad y otros parámetros. Los datos se registran mediante dataloggers y se envían a una plataforma de control.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Herramientas digitales de economía circular 4.0: Software que permite realizar trazabilidad de materiales, apoyar el ecodiseño y calcular indicadores de circularidad. Se conecta con los datos operativos reales para tener una visión completa del ciclo de vida.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Sistemas automatizados de descontaminación: Compra e implantación de equipos automáticos que realizan procesos de descontaminación controlados digitalmente y que registran todas las operaciones de forma trazable para garantizar seguridad y seguimiento. GRUPO 4 — Eficiencia Energética y Energía
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Sistemas de gestión energética (SGE): Plataformas compatibles con ISO 50001 que permiten medir consumos mediante medidores y gateways, visualizar información, recibir alarmas y gestionar la energía de forma centralizada.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Optimización energética con control avanzado: Uso de variadores de velocidad, controladores y algoritmos comerciales que ajustan automáticamente el consumo energético según las necesidades del proceso, mejorando eficiencia.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Smart grids privadas y microredes: Pequeñas redes eléctricas internas con sistemas de protección, control, telemedida y software especializado que gestionan de forma inteligente la energía dentro de la instalación.
  • Actuaciones subvencionables. · eligible
    Tele lectura y gestión remota en redes críticas: Implantación de sistemas de tele lectura y gestión remota que incluyan contadores secundarios y dispositivos de medición para el control desagregado de consumos y la supervisión en tiempo real de redes e

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Investigación, desarrollo e innovación