Decreto de 17/07/2026 de la Teniente de Alcaldesa Delegada del Área de Fomento de la Cultura y Part. Ciud., aprobando la Convocatoria de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades sin ánimo de lucro, 2026.

actuaciones subvencionables, el procedimiento de concesión, los criterios objetivos de valoración, el régimen de justificación, las obligaciones de las entidades beneficiarias y el resto de extremos exigidos por la legislación vigente. Séptimo…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL.

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Qué necesitas

  • documentation
    Estar legalmente cons Ɵtuidas e inscritas en el registro público que corresponda, de conformidad con su naturaleza jurídica.
  • documentation
    Carecer de ánimo de lucro y tener entre sus fines estatutarios la realización de acƟvidades relacionadas con el objeto de la presente convocatoria.
  • documentation
    Estar inscritas en el Registro Municipal de En Ɵdades Ciudadanas del Ayuntamiento de Puerto Real, manteniendo actualizados los datos que en él consten, de conformidad con la norma Ɵva municipal vigente.
  • documentation
    Tener su sede social en el municipio de Puerto Real o disponer de una Delegación en el mismo, sin perjuicio de que las actuaciones subvencionadas puedan desarrollarse fuera del término municipal cuando su naturaleza, finalidad o ámbito material así lo jusƟfique.
  • documentation
    Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no ser deudoras del Ayuntamiento de Puerto Real por cualquier concepto de derecho público.
  • documentation
    No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el arơculo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • documentation
    Haber jus Ɵficado debidamente las subvenciones anteriormente concedidas por el Ayuntamiento de Puerto Real, siempre que hubiese finalizado el plazo establecido para su jusƟficación. La acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en este ar ơculo se realizará mediante la 6 Cód. Validación: 33L7MS7KCY4X5DAN5KRSP3YMR Verificación: https://puertoreal.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 50
  • documentation
    PARTICIPACIÓN CIUDADANA NASM/nasm documentación prevista en las presentes Bases, sin perjuicio de las comprobaciones que pueda efectuar el Ayuntamiento de Puerto Real. La presentación de la solicitud implicará la aceptación íntegra del contenido de las presentes Bases Específicas y de las obligaciones que corresponden a las enƟdades beneficiarias de las subvenciones. Arơculo 7. Condiciones para obtener la condición de enƟdad beneficiaria.
  • documentation
    Podrán obtener la condición de enƟdad beneficiaria las enƟdades que reúnan los requisitos establecidos en el ar ơculo anterior y no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el arơculo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • documentation
    Las en Ɵdades solicitantes deberán mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes Bases desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes hasta la completa jusƟficación de la subvención concedida.
  • documentation
    La acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases se efectuará mediante la documentación que se determine en la presente convocatoria, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que corresponden al Ayuntamiento de Puerto Real.
  • documentation
    La presentación de la solicitud supondrá la autorización al Ayuntamiento de Puerto Real para recabar, por medios electrónicos o a través de las plataformas de intermediación de datos de las Administraciones Públicas, la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, en los términos previstos en la norma Ɵva vigente sobre procedimiento administraƟvo y protección de datos, salvo oposición expresa de la enƟdad interesada cuando legalmente proceda.
  • documentation
    El incumplimiento de cualquiera de las condiciones exigidas para obtener la condición de en Ɵdad beneficiaria, la ocultación o falsedad de los datos aportados o la pérdida sobrevenida de los requisitos exigidos podrá dar lugar a la denegación de la subvención o, en su caso, a la revocación de la resolución de concesión y al reintegro de las can Ɵdades percibidas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el resto de la normaƟva de aplicación.
  • documentation
    La comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases podrá realizarse de oficio por el Ayuntamiento de Puerto Real mediante consulta a los registros municipales y a las Administraciones Públicas competentes, sin perjuicio de la obligación de las enƟdades solicitantes de aportar la documentación que les sea requerida cuando resulte necesaria para la correcta instrucción del procedimiento. Arơculo 8. Proyectos, programas y actuaciones subvencionables. Serán subvencionables los proyectos, programas, ac Ɵvidades y actuaciones promovidos por las en Ɵdades beneficiarias que contribuyan al interés general del municipio y se desarrollen en el marco de sus fines estatutarios y cuyo periodo de ejecución esté comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de
  • documentation
    7 Cód. Validación: 33L7MS7KCY4X5DAN5KRSP3YMR Verificación: https://puertoreal.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 50
  • documentation
    Podrán ser objeto de subvención, entre otras, las actuaciones dirigidas a:
  • documentation
    El fomento de la par Ɵcipación ciudadana y el fortalecimiento del tejido asociaƟvo.
  • documentation
    La promoción de acƟvidades culturales, educaƟvas, deporƟvas, sociales, vecinales, juveniles, medioambientales, de igualdad entre mujeres y hombres, memoria democrá Ɵca, cooperación y solidaridad, salud, inclusión social, voluntariado y cualesquiera otras de interés general.
  • documentation
    La organización de jornadas, encuentros, conferencias, campañas divulga Ɵvas, acƟvidades formaƟvas, exposiciones, concursos, certámenes y demás iniciaƟvas dirigidas a la ciudadanía.
  • documentation
    El desarrollo de proyectos de cooperación, solidaridad o ayuda humanitaria promovidos por enƟdades del municipio. Arơculo 9. Gastos subvencionables. Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la acƟvidad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del período establecido en la convocatoria (entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026).

Gastos y actuaciones

  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Arơculo 6. EnƟdades beneficiarias. Arơculo 7. Condiciones para obtener la condición de enƟdad beneficiaria. Arơculo 8. Actuaciones subvencionables. Arơculo 9. Gastos subvencionables. Arơculo 10. Gastos no subvencionables. Arơculo 11. CompaƟbilidad de las subvenciones. Arơculo 12. Obligaciones de las enƟdades beneficiarias.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Estar legalmente cons Ɵtuidas e inscritas en el registro público que corresponda, de conformidad con su naturaleza jurídica.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Carecer de ánimo de lucro y tener entre sus fines estatutarios la realización de acƟvidades relacionadas con el objeto de la presente convocatoria.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Estar inscritas en el Registro Municipal de En Ɵdades Ciudadanas del Ayuntamiento de Puerto Real, manteniendo actualizados los datos que en él consten, de conformidad con la norma Ɵva municipal vigente.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Tener su sede social en el municipio de Puerto Real o disponer de una Delegación en el mismo, sin perjuicio de que las actuaciones subvencionadas puedan desarrollarse fuera del término municipal cuando su naturaleza, finalidad o ámbito material así lo jusƟfique.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no ser deudoras del Ayuntamiento de Puerto Real por cualquier concepto de derecho público.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el arơculo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Haber jus Ɵficado debidamente las subvenciones anteriormente concedidas por el Ayuntamiento de Puerto Real, siempre que hubiese finalizado el plazo establecido para su jusƟficación. La acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en este ar ơculo se realizará mediante la 6 Cód. Validación: 33L7MS7KCY4X5DAN5KRSP3YMR Verificación: https://puertoreal.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 50
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Podrán obtener la condición de enƟdad beneficiaria las enƟdades que reúnan los requisitos establecidos en el ar ơculo anterior y no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el arơculo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Las en Ɵdades solicitantes deberán mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes Bases desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes hasta la completa jusƟficación de la subvención concedida.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    La acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases se efectuará mediante la documentación que se determine en la presente convocatoria, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que corresponden al Ayuntamiento de Puerto Real.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    La presentación de la solicitud supondrá la autorización al Ayuntamiento de Puerto Real para recabar, por medios electrónicos o a través de las plataformas de intermediación de datos de las Administraciones Públicas, la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, en los términos previstos en la norma Ɵva vigente sobre procedimiento administraƟvo y protección de datos, salvo oposición expresa de la enƟdad interesada cuando legalmente proceda.
  • CAPÍTULO II. ENTIDADES BENEFICIARIAS Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    El incumplimiento de cualquiera de las condiciones exigidas para obtener la condición de en Ɵdad beneficiaria, la ocultación o falsedad de los datos aportados o la pérdida sobrevenida de los requisitos exigidos podrá dar lugar a la denegación de la subvención o, en su caso, a la revocación de la resolución de concesión y al reintegro de las can Ɵdades percibidas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el resto de la normaƟva de aplicación.
  • La comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases podrá realizarse de oficio por el · eligible
    7 Cód. Validación: 33L7MS7KCY4X5DAN5KRSP3YMR Verificación: https://puertoreal.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 50
  • La comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases podrá realizarse de oficio por el · eligible
    El fomento de la par Ɵcipación ciudadana y el fortalecimiento del tejido asociaƟvo.
  • La comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases podrá realizarse de oficio por el · eligible
    La promoción de acƟvidades culturales, educaƟvas, deporƟvas, sociales, vecinales, juveniles, medioambientales, de igualdad entre mujeres y hombres, memoria democrá Ɵca, cooperación y solidaridad, salud, inclusión social, voluntariado y cualesquiera otras de interés general.
  • La comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases podrá realizarse de oficio por el · eligible
    La organización de jornadas, encuentros, conferencias, campañas divulga Ɵvas, acƟvidades formaƟvas, exposiciones, concursos, certámenes y demás iniciaƟvas dirigidas a la ciudadanía.
  • La comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases podrá realizarse de oficio por el · eligible
    El desarrollo de proyectos de cooperación, solidaridad o ayuda humanitaria promovidos por enƟdades del municipio. Arơculo 9. Gastos subvencionables. Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la acƟvidad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del período establecido en la convocatoria (entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026).
  • Tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    Material fungible.
  • Tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    Material didácƟco y divulgaƟvo.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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actuaciones subvencionables, el procedimiento de concesión, los criterios objetivos de valoración, el régimen de justificación, las obligaciones de las entidades beneficiarias y el resto de extremos exigidos por la legislación vigente. Séptimo. Existen Providencia de Inicio emitida el 07/07/26 y Providencia de modificación el 13/07/2026 por la Teniente de Alcaldesa Delegada del Área de Fomento de la Cultura y Participación Ciudadana, en la que ser insta a iniciar el expediente administrativo para la aprobación de la Convocatoria Pública de Subvenciones que establezca las Bases Reguladoras de las distintas modalidades a otorgar en régimen de concurrencia competitiva, por importe de 94.000€ destinadas a asociaciones y entidades ciudadanas del municipio de Puerto Real, correspondiente al ejercicio 2026, de conformidad con el Plan Estratégico de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones y la restante normativa de aplicación. Octavo. Consta incorporado al expediente el correspondiente documento contable de retención de crédito (RC), de fecha 14/07/2026, acreditativo de la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas derivadas de la presente convocatoria, por un importe máximo de NOVENTA Y CUATRO MIL EUROS (94.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria: 924.48200, del Presupuesto General del Ayuntamiento de Puerto Real para 2023, prorrogado para el ejercicio 2026. Noveno. Obra en el expediente informe emitido por la Jefa de la U.A. de Participación