Decreto 51/26 subvenciones a ayuntamientos para sufragar gastos de transporte de los pacientes a los consultorios y centros de salud de cabecera
1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.3.c) de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, de las subvenciones a determinados ayuntamientos, destinadas a sufragar los gastos generados por el transporte de los pacientes de los municipios que figuren en el calendario configurado por la Consejería de Salud, el cual se incluye como Anexo I a este decreto, a los consultorios y centros de salud de cabecera, como consecuencia de la reducción de la presencia de las consultas médicas en los mismos, durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2026.
En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE.
● Concesión directa
