Personas físicasES13 - CANTABRIA

Decreto 48/2026, de 25 de junio, por el que se regula la declaración de obligación de servicio público de la reducción en el precio de las tarifas aplicadas en el título multiviaje para los usuarios habituales menores de 31 años y la concesión directa de

1. El presente decreto tiene por objeto regular la compensación por la reducción en la tarifa a los usuarios habituales menores de 31 años, como consecuencia del cumplimiento de la obligación de servicio público impuestas por la Administración.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    La solicitud de compensación por las reducciones deberá presentarse en el plazo máximo de diez días hábiles a partir de la entrada en vigor de este decreto, según el modelo que figura en el Anexo I.
  • documentation
    La solicitud se realizará por medios electrónicos, dirigida a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o bien a través del resto de registros electrónicos previstos en el artículo
  • documentation
    8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • documentation
    Su presentación conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, la acreditación de las circunstancias previstas en el artículo 13.1.e) de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, en cuyo caso la entidad solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación.
  • documentation
    No obstante, la entidad solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar la certificación en los términos previstos en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • justification
    El plazo para presentar la documentación justificativa de la pérdida de ingresos y solicitar el pago de la compensación de cada bimestre comenzará el primer día del siguiente bimestre y terminará veinte días después. En el caso de la justificación de la compensación del mes de noviembre de 2026, el plazo comenzará el día 1 de diciembre de 2026 y terminará el 12 de diciembre de 2026. En el caso de la justificación del mes de diciembre de 2026, el plazo comenzará el 2 de enero de 2027 y terminará el 22 de enero de 2027.
  • justification
    Junto con la solicitud, que figura como Anexo II de este decreto, se presentará certificado que justifique la pérdida de ingresos y el número de viajes aplicados objeto de subvención en el bimestre o mes correspondiente, firmado por el gerente de la empresa operadora y certificado de titularidad de la cuenta para el ingreso firmado digitalmente por la entidad bancaria.
  • justification
    La presentación de las instancias implicará la autorización al órgano competente para la tramitación del procedimiento, para la comprobación y tratamiento de los datos.
  • Los beneficiarios de las subvenciones previstas en el presente decreto deberán cumplir las obligaciones señaladas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el artículo 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio.
  • Además, las empresas beneficiarias de estas ayudas deberán publicitar en su página web los descuentos objeto de este decreto, de acuerdo con el modelo del anexo IV.
  • Asimismo, estarán sujetos a las obligaciones que a continuación se relacionan:
  • Facilitar toda la información relacionada con la compensación que les sea requerida por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, y a someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden a esa Intervención y al Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos.
  • Comunicar a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales o internacionales.
  • documentation
    Datos de la persona o entidad NIF/NIE/Nº Pasaporte Nombre o razón social Apellido 1 Apellido 2 Tipo de vía Nombre de la vía Nº Piso Puerta Otros Código Postal Localidad Municipio Provincia Teléfono Fax Dirección correo electrónico Datos de la persona representante (cumplimentar sólo en el caso de que la persona interesada actúe por medio de representante) NIF/NIE/Nº Pasaporte Nombre o razón social Apellido 1 Apellido 2 Notificación electrónica obligatoria Las notificaciones que proceda practicar se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a cuyo fin se deberá indicar la dirección de correo electrónico mediante la que el interesado o su representante comparecerán a través de la dirección electrónica habilitada única para acceder al contenido de la notificación, en sede electrónica. Correo electrónico
  • documentation
    deberá marcar la casilla correspondiente y presentar la documentación que proceda):
  • documentation
    DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES C/ Cádiz, 2, 1ª planta – 39002 Santander Unidad de tramitadora DIR3: A 06004055 Unidad de registro DIR3: O 00006450 Para cualquier consulta relacionada con el procedimiento, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012 (902 139 012 si llama desde fuera de la Comunidad Autónoma). Marcar si se opone y presenta el documento Documentación Organismo donde se consulta o recaba la documentación ☐ Certificado de estar al corriente de cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria A.E.A.T. ☐ Certificado de estar al corriente de cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria A.C.A.T. ☐ Certificado de estar al corriente de cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social T.G.S.S. Información básica sobre Protección de Datos Personales En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo
  • justification
    DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES C/ Cádiz, 2, 1ª planta – 39002 Santander Unidad de tramitadora DIR3: A 06004055 Unidad de registro DIR3: O 00006450 Para cualquier consulta relacionada con el procedimiento, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012 (902 139 012 si llama desde fuera de la Comunidad Autónoma). Consulta o verificación de documentos De conformidad con la Disposición adicional octava de la LOPDGDD, sobre la potestad de verificación de las Administraciones P úblicas, se informa de que la Dirección General de Transportes y Comunicaciones podrá verificar la exactitud de los datos declarados. De conformidad con el art. 28 de la Ley 39/2015, se informa de que la Dirección General de Transportes y Comunicaciones podrá consultar o recabar, en ausencia de oposición expresa de la persona interesada, la documentación que se indica a continuación (en caso de oponerse,
  • justification
    deberá marcar la casilla correspondiente y presentar la documentación que proceda): Marcar si se opone y presenta el documento Documentación Organismo donde se consulta o recaba la documentación ☐ Certificado de estar al corriente de cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria A.E.A.T. ☐ Certificado de estar al corriente de cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria A.C.A.T. ☐ Certificado de estar al corriente de cumplimiento de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social T.G.S.S. Información básica sobre Protección de Datos Personales En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. El presente decreto tiene por objeto regular la compensación por la reducción en la tarifa a los usuarios habituales menores de 31 años, como consecuencia del cumplimiento de la obligación de servicio público impuestas por la Administración.