Decreto 2026-0363 de fecha 28/09/2026 por la que se convocan las bases reguladoras de la campaña de fomento del consumo…

Título oficial: Decreto 2026-0363 de fecha 28/09/2026 por la que se convocan las bases reguladoras de la campaña de fomento del consumo en el comercio local de La Vall de Laguar, mediante la emisión de "Bono- Consumo La Vall de Laguar 2026".

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VALL DE LAGUAR, LA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 37.115,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 08/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Disponer en el establecimiento, a la vista de las personas, de la información relativa a la Campaña, que será facilitada por el Ayuntamiento de La Vall de Laguar.
  • Los mayores de 18 años empadronados en el municipio de La Vall de Laguar con antelación a la publicación de la realización de esta Campaña. Además, los datos del Padrón de habitantes del Ayuntamiento de La Vall de Laguar deberán estar correctamente actualizados: nombre, apellidos, documento de identidad, dirección de la vivienda y las renovaciones pertinentes.
  • Aportar la documentación firmada (impreso de solicitud + declaraciones responsables y documento de recogida de la tarjeta, acompañado del DNI/Carné de conducir español/NIE con foto/NIE sin foto + Pasaporte) de manera presencial.
  • La solicitud incluirá obligatoriamente las siguientes declaraciones responsables:  Que conoce y acepta las bases de la convocatoria.  Que se hace cargo de la repercusión a nivel fiscal por incremento de patrimonio (art. 33 LIRPF).  Que cumple con los requisitos del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario/a de la subvención.  Que está al corriente de las obligaciones tributarias frente a la AEAT y frente a la Seguridad Social.  Que cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases.  Acepta el endoso del derecho generado por la concesión de la subvención a favor de las empresas adheridas en las que efectuará las compras.
  • La compra de la tarjeta se deberá realizar mediante tarjeta de crédito o débito a través del TPV establecido los días y lugares indicados en las bases.
  • Las tarjetas que se pongan en circulación serán tarjetas «al portador» y no dispondrán de PIN ni de chip, ya que operarán en el establecimiento a través de Codi Validació: 4P7QJKSCAWKEARZ695QTYE4J7 Verificació: https://lavalldelaguar.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 2 de 9
  • la banda magnética, emitiendo este una copia que deberá cumplimentarse con el nombre, apellidos y teléfono del beneficiario de la tarjeta.
  • Estar en posesión de documento nacional de identidad en vigor (DNI, NIE, Pasaporte). No se reconocerá como beneficiario si se detecta falsedad, omisión u ocultación de la documentación solicitada.
  • - ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE Será subvencionable toda compra de bienes y servicios en establecimientos de comercio y de servicios adheridos a la Campaña, ubicados en el término municipal de La Vall de Laguar, a través de las tarjetas Bono Consumo La Vall de Laguar 2026, que se repartirán conforme a lo estipulado en estas bases.
  • - PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
  • PARTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS Se realizará una solicitud por establecimiento o local afecto a la actividad económica y que cumpla con los requisitos de la convocatoria. Las solicitudes de adhesión a la campaña por parte del establecimiento comercial podrán presentarse, a partir del día siguiente a la publicación de esta por parte del Ayuntamiento de La Vall de Laguar, y durante 18 días naturales, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de La Vall de Laguar, o mediante instancia general de manera presencial. La presentación de la solicitud de adhesión a la campaña por parte del establecimiento comercial implicará la aceptación del contenido de estas bases y el cumplimiento de los requisitos exigidos en las mismas. Si los datos facilitados por el establecimiento adherido no correspondieran con los requisitos exigidos en las bases o no acompañara la documentación pertinente, se requerirá al interesado para que lo subsane en el plazo máximo de 3 días naturales, indicándole que, de no hacerlo, se le tendrá por desistido en su solicitud. La adhesión a la campaña es gratuita.
  • - PLAZO DE PRESENTACIÓN Y SOLICITUDES
  • BONO CONSUMO LA VALL DE LAGUAR 2026 La ciudadanía podrá comprar las tarjetas del 01/10/2026 al 08/10/2026 en la primera entrega. En el caso de que haya excedentes de tarjetas, se realizará una segunda entrega que será del 26/10/2026 al 30/10/2026. Se dispondrá de tarjetas por valor de 140 €, de los cuales el ciudadano deberá abonar 50 € y los 90 € restantes serán subvencionados por la Excma. Diputación Provincial de Alicante. Codi Validació: 4P7QJKSCAWKEARZ695QTYE4J7 Verificació: https://lavalldelaguar.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 9
  • SE PODRÁ ADQUIRIR UN MÁXIMO DE UNA TARJETA POR PERSONA EN
  • LA PRIMERA ENTREGA. SI HAY EXCEDENTES, SE PODRÁ ADQUIRIR UN
  • SE PODRÁ REALIZAR UNA TERCERA ENTREGA HASTA QUE SE AGOTE
  • EL TOTAL DE LAS TARJETAS Y SE PODRÁ ADQUIRIR UN MÁXIMO DE
  • DOS TARJETAS POR PERSONA. Cada tarjeta Bono Consumo La Vall de Laguar 2026 podrá utilizarse en los diferentes comercios adheridos, o podrán acumularse las de un solo beneficiario en un mismo establecimiento para su utilización, en el caso de que disponga de dos o más tarjetas. Las tarjetas Bono Consumo La Vall de Laguar 2026 son personales e intransferibles y no se pueden acumular entre beneficiarios. Las tarjetas Bono Consumo La Vall de Laguar 2026 se entregarán en el Ayuntamiento de La Vall de Laguar, debiendo presentar la documentación exigida en las presentes bases. El saldo de las tarjetas podrá utilizarse en una o en varias compras, así como en uno o en más comercios. Además, los comercios y servicios adheridos ofrecerán la posibilidad de combinar esta tarjeta con otros medios de pago para completar el precio del producto en caso de no disponer de suficiente saldo disponible en la tarjeta. Se podrá consultar gratuitamente el saldo o movimientos en la web [www.tutarjetaregalo.com] o en el teléfono 913 346 780 de la entidad bancaria. No tendrá ningún coste adicional.
  • La cuantía total de las subvenciones a conceder asciende a un importe total de
  • 115,00 €, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria que

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Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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