Decreto 140/2026 de 23 de julio, que aprueba la concesión directa de una ayuda a SUVILOR, para incrementar el parque público de viviendas en alquiler social en Lorca, mediante la reeedificación de 9 viviendas Energ.Eficientes. RD.853/2021 (progr. 6 PRTR)

1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una ayuda, con el carácter de subvención, para la financiación del incremento del parque público de viviendas destinadas a alquiler social mediante la reedificación de 9 viviendas de protección pública energéticamente eficientes, con mantenimiento de la fachada y elementos comunes, en el municipio de Lorca, contemplada en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del PRTR, de conformidad con el

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La entidad beneficiaria deberá cumplir los siguientes requisitos:
  • No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • No estar incursa en las restantes circunstancias previstas en el artículo
  • 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La acreditación de los requisitos establecidos en los apartados anteriores de este artículo se realizará con la presentación de una declaración responsable con carácter previo a la concesión de la subvención.
  • Cumplir la finalidad que fundamenta la concesión de esta subvención, incrementando el parque público de viviendas titularidad del Ayuntamiento de Lorca promoviendo la reedificación de 9 viviendas energéticamente eficientes sobre terrenos de titularidad pública para ser destinadas al alquiler social para jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad, durante un plazo de 50 años desde la fecha de la calificación definitiva, resolución o disposición que fije las condiciones de arrendamiento con establecimiento de rentas máximas, expedida por la comunidad autónoma.
  • Afectar íntegramente el importe de la subvención al pago de las correspondientes actuaciones, de conformidad con los términos del Acuerdo, con lo regulado en el presente decreto y con lo que se establezca en la correspondiente orden de concesión de la ayuda que se dicte.
  • Ejecutar y justificar la actuación subvencionada dentro de los plazos máximos establecidos, cumpliendo las condiciones y prescripciones que se determinen en el presente decreto, en el Acuerdo y en la correspondiente orden de concesión de la ayuda que se dicte.
  • Acreditar la titularidad pública de las parcelas donde se va a llevar a cabo la actuación prevista.
  • Mantener un registro y conservar los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación de la actuación realizada y de la aplicación de los fondos recibidos, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la actuación. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el art. 132 del Reglamento (UE) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y en su caso a la normativa nacional o europea que adicionalmente regule esta materia.
  • Ejecutar y mantener una adecuada pista de auditoría de la ejecución del gasto, los respectivos objetivos, hitos e indicadores que fije la correspondiente
  • Página 18764Número 177 Lunes, 3 de agosto de 2026 orden de concesión de la ayuda para la correcta ejecución de los fondos, estableciendo los mecanismos y procedimientos de justificación, seguimiento y control necesarios para tal fin. A este respecto se deberá llevar un sistema de contabilidad diferenciado o un código contable adecuado para las transacciones relacionadas con las operaciones en los términos exigidos por la contabilidad pública.
  • Deberá guardar la trazabilidad de cada una de las inversiones y actuaciones realizadas, así como la correspondiente documentación acreditativa de las mismas. Se someterán a las medidas de control y auditoría recogidas en el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, y en el Reglamento 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. En particular, deberán autorizar a la Comisión, a la OLAF, al Tribunal de Cuentas Europeo y, cuando proceda, a la Fiscalía Europea a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 129.1 del referido Reglamento Financiero.
  • Suministrar, en los plazos y términos que se establezcan, la información periódica, incluida la contable, necesaria para el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las actuaciones de conformidad con la normativa nacional y comunitaria, incluyendo, en su caso, la implantación de sistemas informáticos de uso compartido con la administración regional. En particular, se suministrarán los datos en las plantillas Excel del programa 6 para su procesado en el sistema de subvenciones directas puesto en marcha por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana de acuerdo al correspondiente Manual de Usuario y al diccionario del programa remitido por el mencionado Ministerio
  • Acreditar no encontrarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Estará obligado a comunicar de inmediato a la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada, así como cualquier modificación de las condiciones que han motivado la concesión de la subvención y que pudiera determinar la pérdida sobrevenida del derecho a la ayuda. La no comunicación de estas modificaciones será causa suficiente para el inicio de un expediente de reintegro de las cantidades que pudieran haberse cobrado indebidamente.
  • Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.

Gastos y actuaciones

  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    De conformidad con lo previsto en el Acuerdo, y al amparo del programa 6 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, SUVILOR desarrollará en régimen de promoción pública la reedificación de 9 viviendas de protección pública energéticamente eficientes con destino a alquiler social para jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad, situadas en Calle Álamo 5, esquina con C/ Rubira de Lorca, en suelo titularidad del Ayuntamiento, manteniendo y conservando las fachadas existentes y elementos singulares que dan a dichas calles, tal y como especifica el Plan Especial de Protección y Rehabilitación Integral en el Conjunto Histórico Artístico del municipio de Lorca.
  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    La parcela sobre las que se realizará la actuación se identifica
  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    SUVILOR desarrollará la actuación objeto de esta ayuda en régimen de promoción pública, cuya tipología y metros útiles de las distintas viviendas se determinan en la ficha resumen y memoria programa del meritado Acuerdo.
  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    Las viviendas se construirán cumpliendo con el requisito de consumo de energía primaria no renovable del artículo 60.2 y los valores límite de la tabla
  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del
  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    El objeto de esta subvención contribuye al cumplimiento del objetivo n.º 31 de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) de 16 de junio de 2021: Nuevas viviendas construidas para alquiler social o a precios asequibles que cumplan con los criterios de eficiencia energética (20.000 viviendas), el segundo semestre de
  • Artículo 4. Actuaciones subvencionables. · eligible
    De igual modo, contribuye al cumplimiento del objetivo operacional 31.1 establecido por el PRTR: las viviendas se construirán en zonas en las que la vivienda social es actualmente insuficiente. Por último, contribuirá al objetivo operacional 31.2, respecto al número de viviendas construidas en el programa 6 que le asigna el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    De conformidad con el artículo 60.1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, podrán obtener financiación con cargo a las ayudas del programa 6 las promociones de viviendas de nueva construcción que se destinen a alquiler social o a precio asequible durante un plazo mínimo de 50 años. El destino por un plazo de al menos 50 años al arrendamiento social o a precio asequible deberá constar, en todo caso, en nota marginal en el Registro de la Propiedad. Este plazo se computará desde la fecha de la calificación definitiva, disposición o resolución que fije las condiciones de arrendamiento con establecimiento de rentas máximas, expedida por la Comunidad Autónoma, y mediante la que se conferirá el correspondiente régimen legal de protección, al amparo del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, de las condiciones establecidas en el Acuerdo y de la normativa aplicable en materia de vivienda protegida.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    Para poder obtener financiación con cargo a las ayudas de este programa, los edificios que se construyan deberán tener un consumo de energía primaria no renovable inferior a los valores límite incluidos en la tabla 60.1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en función de la zona climática en la que se ubique el edificio, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación. En el caso de Lorca, zona C3, el valor será ≤ 25,6 KWh/m2 año. Estos valores límite suponen una reducción del 20% con respecto a los establecidos en la sección HE0 del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del CTE, para edificios nuevos destinados a uso residencial vivienda.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    El proyecto debe incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que debe indicar explícitamente que cumple con lo establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, donde se
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    º Al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se preparará para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    º Los operadores deberán limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición. Asimismo, se establecerá que la demolición se lleve a cabo preferiblemente de forma selectiva y la clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en particular, demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y reciclaje.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    Retirar del edificio o ámbito de actuación aquellos productos de construcción que contengan amianto. La retirada deberá realizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, por una empresa legalmente autorizada. La gestión de los residuos originados en el proceso deberá realizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    Justificar que la actuación propuesta cumple el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH por sus siglas en inglés) y
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    El proyecto cumplirá con el etiquetado climático y medioambiental asignado a la actuación propuesta (40%), en base al certificado de eficiencia energética del edificio, con el contenido requerido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente y registrado en el registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Región de Murcia.
  • actuaciones subvencionables. · eligible
    La actuación objeto de esta ayuda deberá cumplir con la normativa vigente que sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas.
  • Artículo 14. Gastos subvencionables. · eligible
    Página 18773Número 177 Lunes, 3 de agosto de 2026 De conformidad con el artículo 31 de la Ley General de Subvenciones se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en este decreto y en la orden de concesión.
  • las actuaciones subvencionables: · eligible
    Estar finalizadas, lo que se acreditará con la aportación del certificado final de obra, con pronunciamiento expreso de la realización de la actuación conforme a las exigencias del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
  • las actuaciones subvencionables: · eligible
    Tener Certificado de eficiencia energética del edificio terminado, y debidamente registrado, así como certificado de consecución de un consumo de energía primaria no renovable inferior a los límites incluidos en la tabla 60.1 del artículo 60 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en función de la zona climática en la que se ubique el edificio, ambos firmados por el técnico competente. Se deberá incluir los porcentajes de contribución al etiquetado verde y digital a los que dan cumplimiento los proyectos.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una ayuda, con el carácter de subvención, para la financiación del incremento del parque público de viviendas destinadas a alquiler social mediante la reedificación de 9 viviendas de protección pública energéticamente eficientes, con mantenimiento de la fachada y elementos comunes, en el municipio de Lorca, contemplada en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del PRTR, de conformidad con el