DEC. Nº 9943 DE 23/09/2026 QUE APRUEBA EL CONVENIO PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y EL MANTENIMIENTO DE…

Título oficial: DEC. Nº 9943 DE 23/09/2026 QUE APRUEBA EL CONVENIO PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y EL MANTENIMIENTO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS QUE SUSCRIBEN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA Y EL CLUB DEPORTIVO RÍTMICA INFANTADO GUADALAJARA

El objeto del presente Convenio es regular la cooperación entre la Diputación Provincial de Guadalajara y el C.D. Rítmica Infantado Guadalajara y, específicamente, la concesión de una subvención prevista nominativamente en el Presupuestos de 2026 de la Diputación Provincial, con el fin de colaborar con el mantenimiento de la entidad y el desarrollo de sus actividades, al objeto de fomenta r la gimnasia rítmica por toda la provincia. El C.D…

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  •  La Entidad beneficiaria deberá presentar la cuenta justificativa en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en cualquier caso, hasta el 15 de noviembre de 2026.  El órgano competente podrá aprobar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de mismo, siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.  El lugar de presentación de la documentación será el registro electrónico de la Diputación Provincial de Guadalajara (https://dguadalajara.sedelectronica.es), así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  Para justificar la subvención , el C.D. Rítmica Infantado Guadalajara presentará la cuenta justificativa que habrá de contener la si guiente documentación en formato de
  • representante legal de la entidad): o Datos fiscales, de representación y contacto. o Relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor, nº de factura, importe, fecha de emisión, concepto y fecha de pago. o Gastos concretos vinculados a la subvención y si el IVA es o no deducible. o Otras ayudas e ingresos o Certificado de que se ha procedido al gasto para la finalidad que le fue concedida.  Facturas originales. Las facturas deberán cumplir los requisitos que establece el R.D. 1619/12, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.  Documentos acreditativos que justifiquen el pago de las facturas. ٠ Atendiendo a la forma de pago de las facturas presentadas con cargo a la subvención concedida, se presentará la siguiente documentación tal y como establece la base 48 de ejecución del presupuesto general de la Diputación Provincial de
  • Guadalajara: a.- Si la forma de pago es una TRANSFERENCIA BANCARIA, ésta se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la misma el número de factura o el concepto abonado. b.- Si la forma de pago es en METÁLICO, el documento justificativo de la factura presentada consistirá en un recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe Diputación de Guadalajara Plaza Moreno, 10, Guadalajara. 19001 (Guadalajara). Tfno. 949887500.
  • Diputación de Guadalajara especificarse en número de factura, fecha de pago y nombre y número de NIF de la persona que recibe el dinero. Sólo se admitirá el pago en metálico en facturas de cuantía inferior a 300,00 euros. c.- Si la forma de pago es mediante CHEQUE BANCARIO, se presentará copia del cheque nominativo y justificante del movimiento bancario que acredite el cobro del cheque, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto. Deberá dejarse constancia de la fecha de recepción del cheque a la empresa que presta el servicio/suministro. ٠ De conformidad con lo establecido en el artículo 70.3 y 71.2 del Reglamento General de Subvenciones y de la base 47.4 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Guadalajara para el año 2025, transcurrido el plazo establecido
  • Si la justificación presentada en plazo contiene defectos subsanables, se le otorgará un plazo de diez días para la corrección.
  • Si no se ha presentado la justificación, se requerirá al beneficiario para que la presente en el plazo improrrogable de 15 días. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. No obstante, lo anterior, en caso de presentación de justificación fuera de plazo, conforme al artículo 56 de la Ley General de Subvenciones, se podrá tramitar expediente sancionador por infracción leve.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Tercera. - Gastos Subvencionables y plazo de ejecución. · eligible
    Los gastos a financiar comprenden los realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2026, siempre que se hayan pagado antes de la finalización del plazo de justificación (15/11/26).
  • De acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) se consid · eligible
    tales como:  Gastos federativos, licencias e inscripción de equipos.  Gastos por el material deportivo no inventariable.  Gastos por las equipaciones deportivas  Arbitrajes, jueces, cronometradores y secretarías técnicas.  Tasas / altas / cuotas de tramitación de licencias deportivas del Club o de los deportistas.  Derechos de organización / participación en campeonatos / competiciones.  Cuotas de Mutualidades Deportivas.  Cuotas de afiliación a seguros deportivos.  Seguros de Responsabilidad Civil del club y entrenadores / monitores.  Desplazamientos y alojamientos que el club o asociación realice con motivo de su Diputación de Guadalajara Plaza Moreno, 10, Guadalajara. 19001 (Guadalajara). Tfno. 949887500.
  • De acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) se consid · eligible
     Servicios de fisioterapia: o tratamientos médicos para la recuperación de lesiones, rehabilitación o prevención, realizados por profesionales titulados. o gastos ocasionados por la asistencia a deportistas durante la semana anterior y posterior a la competición (máximo 200 €)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto del presente Convenio es regular la cooperación entre la Diputación Provincial de Guadalajara y el C.D. Rítmica Infantado Guadalajara y, específicamente, la concesión de una subvención prevista nominativamente en el Presupuestos de 2026 de la Diputación Provincial, con el fin de colaborar con el mantenimiento de la entidad y el desarrollo de sus actividades, al objeto de fomenta r la gimnasia rítmica por toda la provincia. El C.D. Rítmica Infantado Guadalajara prestará colaboración adecuada en cuantos programas y actividades sea reclamado por el Servicio de Deportes de la Diputación de Guadalajara, además, durante 2026 , realizará actividades de fomento de la gimnasia rítmica en la provincia de Guadalajara.