Dcto. de Presidencia nº 4026 de 16/07/26 por el que se aprueba el Convenio con la Asociación Cultural Pintia, para participar en la financiación de la mejora de sus instalaciones y en el desarrollo de sus actividades culturales durante el año 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Asociación Cultural Pintia se compromete a llevar a cabo la inversión y la organización de las actividades indicadas en la cláusula anterior, asumiendo todos los gastos derivados de la inversión y de la organización y desarrollo de las mismas.
  • En toda la publicidad que se efectúe de las actividades deberá figurar la Diputación como Institución colaboradora.
  • La Asociación Cultural Pintia se compromete a someterse a los actos de comprobación y de control financiero que respecto a la gestión de los fondos provinciales pueda efectuar la Diputación Provincial. Asimismo, se compromete a cumplir las obligaciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para los beneficiarios de subvenciones.
  • La Asociación Cultural Pintia es la responsable del cumplimiento de la normativa vigente aplicable a las inversiones y actividades objeto del presente Convenio, incluida la solictud y obtención de las licencias urbanísticas que sean necesarias, En todo caso, el Servicio de Educación y Cultura podrá solicitar la documentación complementaria que estime necesaria relativa al cumplimiento de las obligaciones que conlleva la suscripción del presente convenio por parte de la entidad beneficiaria del mismo.
  • 334.03.783.00: 8.000 €, destinados a gastos de inversión.
  • 334.03.483.08: 12.000 €, destinados a gastos corrientes.
  • CUARTA: COMPATIBILIDAD La subvención que se concede a través del presente Convenio es compatible con todo tipo de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que pueda obtener la Asociación Cultural Pintia para el mismo fin, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
  • La Diputación de Valladolid abonará a la Asociación Pintia la cantidad prevista en la cláusula tercera a la firma del Convenio con el carácter de “a justificar”. Para el abono de este pago anticipado no se exige la constitución de ningún tipo de garantía.
  • La Asociación Pintia deberá presentar la correspondiente justificación de la aplicación de la cantidad recibida, antes del 31 de enero de 2027. Ello no obstante, por medio de escrito acreditativo de las circunstancias concurrentes, suscrito por la Presidenta de la Asociación, se podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del mismo, siempre que las circunstancias alegadas lo aconsejen y la petición y la resolución se realicen antes del vencimiento del plazo al que se refiere el apartado anterior. Por tanto, la petición ha de presentarse al menos, 10 días hábiles antes del vencimiento del plazo. Transcurrido el plazo máximo de justificación (normal o ampliado) sin haberse presentado la misma, se requerirá a los beneficiarios para que en el plazo improrrogable de 15 días hábiles la presenten, con apercibimiento de que de no hacerlo se cancelará la subvención.
  • La justificación se efectuará mediante la presentación de la siguiente documentación:
  • Memoria de las actividades desarrolladas durante el período al que se refiere la subvención.
  • Relación de facturas, acompañada de facturas imputadas al objeto de la subvención y/o documentos justificativos del gasto efectuado (nóminas, TC1 y TC2, etc), y los correspondientes documentos acreditativos del pago efectivo (transferecnias bancarias, etc.), firmada por el Tesorero de la Asociación o en su defecto por el Secretario de la misma con el “visto bueno” de su Presidenta, por la cantidad total subvencionada (suma de la aportación total de la Diputación de Valladolid). Deberán diferenciarse las facturas que corresponden a gastos de inversión, por importe al menos de 8.000 €, de las que corresponden a gastos corrientes, por importe al menos de
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado las actividades subvencionadas, en su caso, con indicación del importe y procedencia.
  • LUCAS LUCAS MARIA CARMEN - SECRETARIA 20-07-2026 10:53:52 Verificable en https://sede.diputaciondevalladolid.es/web/guest/verifica con el Código Seguro de Verificación: kmyqf8czkdrdw2tclvuy7ocgnqo= 4 En las facturas justificativas, deberá constar que tal gasto ha sido subvencionado por la Diputación Provincial de Valladolid, a fin de evitar que sean subvencionados por distintas Administraciones Públicas. La presentación de estos documentos se realizará en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Valladolid: https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/web/guest/registro-electronico
  • La justificación ha de comprender la cantidad de 8.000 € en gastos de inversión, y la cantidad de
  • 000 € en gastos corrientes. En el caso de que la justificación presentada no cubra el montante total de la aportación de la Diputación en alguna de las dos modalidades de gastos, se minorará el importe de la subvención, debiendo la Asociación restituir la cantidad que corresponda.
  • De la misma forma, si de la declaración de subvenciones concedidas se desprende que el importe de las mismas, más la aportación de la Diputación, excede del coste efectivo de la s actividades subvencionadas, se disminuirá dicha aportación en la cuantía que proceda, debiendo la Asociación restituir a la Diputación de Valladolid la cantidad correspondiente.
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias y los gastos de comisiones bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos de procedimientos judiciales.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura