Personas jurídicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Corrección de daños en los caminos de Coceña y La Poledura (Colunga) por lluvias torrenciales en mayo de 2025

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, COOPERACIÓN LOCAL Y GESTIÓN DE EMERGENCIAS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención por un periodo no inferior a cinco años.
  • Dar la adecuada publicidad sobre la colaboración de la Administración del Principado de Asturias, incluyendo la imagen corporativa institucional que ésta le facilite en toda la información o publicidad que se realice de la actividad subvencionada, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lugar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que la Consejería Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias, órgano concedente de la subvención, considere oportunas, así como cualquier otra comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida. Cualquier eventualidad que altere o dificulte gravemente el desarrollo del proyecto subvencionado deberá ser comunicada a la Dirección General de Cooperación Local y Seguridad y contar con el consentimiento expreso de la misma para llevar a cabo dichos cambios.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos.
  • Cumplir el resto de las obligaciones que a las entidades beneficiarias impone el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sexto.- La concesión de la presente subvención será incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos, o fondos procedentes de la Unión Europea o de organismos internacionales. Ello debido a que la subvención no podrá superar el coste total del proyecto.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico