Convocatoria y bases que rigen las SUBVENCIONES EN MATERIA DE JUVENTUD PARA ENTIDADES 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Deberán integrar la perspectiva de género en la elaboración y ejecución del proyecto presentado.
  • En todo caso se evitará el uso del lenguaje e imágenes sexistas en la documentación para el desarrollo del proyecto, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo.
  • En la elaboración de memorias e informes que la entidad subvencionada deberá presentar con motivo de la ejecución y justificación de la subvención, se compromete a presentar todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute Página 3 de 24 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Notificación convocatoria y bases subvenciones en materia juventud para entidades ID FIRMA 16291615 PÁGINA 5 / 26
  • JUAN JOSE ESPLIGARES GRACIA - EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO AL GOBIERNO DE ZARAGOZA, P.D. DE FECHA 16 DE ABRIL
  • Presentarán un Plan de Igualdad si están obligadas a tenerlo conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Este Plan deberá estar registrado en el Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad (REGCON). Para su comprobación por parte del órgano gestor, se facilitará por la entidad el código de acuerdo y fecha de inscripción en REGCON. En caso de que se encuentre en trámite de registro se presentará documentación acreditativa de inicio del trámite y en el momento de la justificación de la subvención la entidad deberá presentar acreditación de la efectiva inscripción en el registro.
  • Aquellas que no tengan obligación por su tamaño de disponer de un Plan de Igualdad garantizarán que disponen de medidas para prevenir, detectar y actuar contra el acoso sexual y por razón de sexo en el entorno laboral, según se recoge el artículo 48 de la citada Ley y en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Para acreditar esta obligación, deberán presentar estas medidas.
  • Las entidades a las que se dirige esta convocatoria presentarán un solo proyecto.
  • El proyecto presentado podrá incluir un máximo de dos actividades, debiendo especificar claramente el importe de cada una de ellas, el cual se sumará a los efectos de determinar la cuantía total proyecto.
  • En caso de que una entidad presente un proyecto con dos actividades, la subvención se cuantificará de conformidad con lo dispuesto en la Base Novena, punto octavo.
  • Solo se contemplarán las actividades que cumplan con el objeto de la convocatoria. Si se presentaran actividades en proyectos que puedan ser objeto de exclusión con arreglo a la Base Octava, se desestimarán de forma motivada.
  • SÉPTIMA.- Periodo temporal y de ejecución de los proyectos. Los proyectos deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
  • Aquellos proyectos o actividades que, por el carácter de sus intervenciones, tienen otros servicios municipales y/o institucionales de referencia como apoyo para sus actividades, como puede ser Políticas Sociales, Deporte, Cooperación al desarrollo, Participación ciudadana, Cultura, Emprendimiento.
  • Aquellos proyectos o actividades financiados íntegramente, ya sea en concepto de subvención, convenio, ayuda o pago íntegro, por otro fondo de partidas municipales, u otras administraciones públicas o entidades privadas.
  • Aquellos proyectos o actividades que según criterios fundamentados no se adecúen a la finalidad de la convocatoria, por considerarse que no existe un interés concurrente entre el Ayuntamiento y la entidad solicitante. Página 4 de 24 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Notificación convocatoria y bases subvenciones en materia juventud para entidades ID FIRMA 16291615 PÁGINA 6 / 26
  • Aquellos proyectos o actividades que sean contrarios a los valores contenidos en la Estrategia Joven 2030 que se enumeran en el anexo que acompaña estas bases. Dicha estrategia se encuentra publicada en el presente espacio web: https://www.zaragoza.es/sede/portal/juventud/estrategia-joven- 2030/
  • Aquellos proyectos o actividades que no alcancen una duración mínima de 6 días y al menos contengan 15 inscritos.
  • Los proyectos en los que la entidad no cumpla con los requisitos exigidos en esta convocatoria para poder ser beneficiaria de la subvención.
  • La cuantía de la subvención será la cantidad a percibir por la entidad solicitante por el proyecto subvencionado y vendrá determinada por la duración de la actividad y el número de inscritos.
  • El porcentaje máximo de financiación municipal del proyecto subvencionable en esta convocatoria no podrá superar el 80% del importe total de los gastos subvencionables del proyecto.
  • La entidad beneficiaria podrá percibir ayudas públicas de cualquier Administración Pública hasta completar el 80% del importe de gastos subvencionables del proyecto, siendo obligatorio especificar las financiaciones concedidas, solicitadas o previstas en el documento S02. El importe de la subvención, en ningún caso, puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas, supere el 80% del importe de gastos subvencionables del proyecto. Si de la suma de las ayudas públicas se superase dicho porcentaje, la aportación del Ayuntamiento se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.

Gastos y actuaciones

  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos susceptibles de inclusión en el inventario.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos de garantía bancaria.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales que sean impuestas a la entidad.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de adquisición de bienes inmuebles
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos referidos a inversiones.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos por indemnizaciones.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Las gratificaciones que, en su caso, reciban los voluntarios sociales de la entidad.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Amortización de bienes inventariables.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Las cuotas abonadas a otras personas jurídicas (federaciones, asociaciones, etc.) como pago por pertenecer, participar o percibir servicios genéricos de éstas.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos relacionados con celebraciones o desplazamientos del personal de la propia entidad o sus asociados, que no tengan que ver directamente con el objeto del proyecto subvencionado.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos referentes a bebidas alcohólicas. DECIMOSÉPTIMA.- Subcontratación.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Se entiende por subcontratación cuando el beneficiario concierta con terceras personas la ejecución total o parcial de la actividad que constituye objeto de la subvención. Las actividades objeto de la subvención se podrán subcontratar en los términos previstos en el artículo 34 Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón y en el artículo 38 de la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Únicamente se podrá subcontratar con terceros la actividad que constituye el obje to de la subvención por un importe no superior del 30 % del coste total del proyecto.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    Cuando la actividad subcontratada con terceros exceda del 20 por 100 del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación estará sometida a la obligación de que el contrato se celebre por escrito y que la celebración del mismo se autorice previamente por la entidad concedente de la subvención, aportando declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad que vaya a subcontratar la actividad, con indicación de: las causas que imposibilitan la realización de dicha actividad de forma directa, la necesidad e idoneidad de la subcontratación por la Página 13 de 24 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Notificación convocatoria y bases subvenciones en materia juventud para entidades ID FIRMA 16291615 PÁGINA 15 / 26
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    JUAN JOSE ESPLIGARES GRACIA - EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO AL GOBIERNO DE ZARAGOZA, P.D. DE FECHA 16 DE ABRIL
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades previstas en el artículo 34.7 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    No se podrá fraccionar un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de los requisitos anteriores. DECIMOCTAVA.- Pago.
  • Se considerarán gastos no subvencionables los siguientes: · eligible
    El pago se de la subvención se liquidará del siguiente modo:

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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