CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS FÍSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVID · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS FÍSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS, CULTURALES, SOCIALES O DEPORTIVAS DURANTE EL AÑO 2026, MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA.

Constituye el objeto de la presente convocatoria el establecimiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones, personas físicas y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades educativas, culturales, sociales o deportivas de interés municipal que se realicen durante el año 2026.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BOLAÑOS DE CALATRAVA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 0,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las personas físicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro radicadas en Bolaños de Cva. y que, en caso de las asociaciones, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Bolaños de Calatrava. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, asociaciones o entidades que no cumplan los requisitos mínimos establecidos en la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Bolaños de Cva. o en quienes concurran alguna de las circuns tancias previstas en la Ley General de Subvenciones. Tampoco podrán ser beneficiarios de ayuda las personas, asociaciones o entidades que ya cuenten con subvención nominativa asignada en el presupuesto municipal.
  • Previsión presupuestaria En el Presupuesto General prorrogado del Ayuntamiento para el año 202 6 se contempla previsión de gasto por un total de 2 8.500,00 €, en las partidas presupue starias 2310 48002, 3212 48000 y 3411 48002, al objeto de atender las solicitudes de subvención que se presenten al amparo de esta convocatoria.
  • Para que pueda procederse al abono de la subvención deberá acreditarse la realización de
  • caso de no acreditarse en el plazo establecido o de que la documenta ción sea considerada insuficiente, de acuerdo con lo previsto en el art. 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • son obligaciones de los beneficiarios:  Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditar ante el Ayuntamiento la realización de dicha actividad.  Someterse a las actuaciones de supervisión del Área de Cultura, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.  Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, debiendo efectuar esta comunicación tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.  Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los archivos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de verificación y control.  Dejar constancia del patrocinio del Ayuntamiento en forma adecuada y visible. Si la actividad conlleva la realización de folletos, inscripciones, etc., el logotipo del Ayuntamiento deberá aparecer obligatoriamente.
  • Cambio de finalidad En caso de que el beneficiario de la subvención no pudiera llevar a cabo la actividad o proyecto previsto en su solicitud, podrá solicitar, de forma razonada, un cambio de finalidad de la misma, sin que, en ningún caso, pueda suponer un aumento en el importe de la subvención inicialmente concedida.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Podrán ser subvencionables todos los gastos necesarios, realizados en 202 6, para el desarrollo de la actividad proyectada. No se subvencionarán las comidas o bebidas , los intereses deudores de cuentas bancarias, los gastos de procedimientos judiciales, etc. La actividad objeto de subvención deberá tener vinculación directa con el objeto social de la asociación y carecer de ánimo de lucro tanto para la propia asociación como para cualquiera de sus asociados.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Presentación de solicitudes La solicitud de subvención deberá presentarse necesariamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava ( sede electrónica > registro telemático > convocatoria de subvenciones y actividades para asociaciones u otras entidades) accediendo con certificado electrónico o cl@ve permanente, acompañada de la siguiente
  • Gastos subvencionables · eligible
    Tipos de ayudas Con independencia de las ayudas económicas que se concedan con cargo a la partida presupuestaria contemplada en la presente convocatoria, se podrán conceder también ayudas en medios propios del Ayuntamiento, tanto materiales como humanos, para la realización de la actividad objeto de la solicitud, cuya valoración corresponderá al órgano concedente.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Subsanación de defectos De acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los Servicios Técnicos Municipales competentes comprobarán el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes presentadas, requiriendo en caso contrario a los interesados para que en el plazo de 10 días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición. Asimismo, en cualquier momento del procedimiento, se podrá solicitar de los interesados la aportación de cuantos documentos o datos sean necesarios para la correcta resolución de su solicitud.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Denegación por silencio Las ayudas solicitadas se entenderán desestimadas transcurridos dos meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes sin resolución expresa.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Concurrencia y patrocinio El importe de las ayudas concedidas en ningún caso podrá ser superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas de otras entidades públicas o privadas, al coste del proyecto o actividad subvencionada. En caso contrario, deberá procederse a la modificación de la cuantía asignada. La entidad solicitante queda obligada a dejar constancia del patrocinio del Ayuntamiento en la forma más adecuada y visible a cada caso.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Criterios de adjudicación y sistema de reparto
  • Gastos subvencionables · eligible
    Concesión de ayudas La Comisión de Valoración estará compuesta por el Concejal de Cultura del Ayuntamiento, o Concejal en quien delegue, y tres técnicos municipales, y se encargará de examinar y baremar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el punto anterior. Valoradas las solicitudes, la Comisión elevará propuesta de resolución al Alcalde -Presidente, quien emitirá la resolución que corresponda.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Constituye el objeto de la presente convocatoria el establecimiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones, personas físicas y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades educativas, culturales, sociales o deportivas de interés municipal que se realicen durante el año 2026.