CONVOCATORIA Y BASES DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, CON DESTINO A CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTI · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA Y BASES DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, CON DESTINO A CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES DEL MUNICIPIO DE TEROR, PARA LA ANUALIDAD 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Deportistas, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TEROR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Deportistas, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 69.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidos como entidad deportiva en el registro entidades deportivas del Gobierno de Canarias, Dirección General de Deportes.
  • Estar inscrito en el Registro de Asociaciones del municipio de Teror.
  • Participar en competiciones oficiales, reguladas por la federación correspondiente, de cualquier categoría, tanto de forma individual como colectiva, de su especialidad deportiva. En el caso de los deportes autóctonos canarios y otros que no dispongan de federación, participar en competiciones, exhibiciones y encuentros.
  • Tener su domicilio social en el término municipal de Teror.
  • Que las instalaciones en las que realicen la práctica deportiva, entrenamientos y competiciones, radiquen en el término municipal de Teror.
  • Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Administración Tributaria Estatal, con la Administración Tributaria Autonómica y con la Hacienda Municipal.
  • Haber presentado la documentación justificativa de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Teror.
  • No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • -DEPORTISTAS INDIVIDUALES Podrán ser beneficiarias las personas empadronadas en el municipio de Teror, cuyo nivel deportivo y resultados se estimen como relevantes, durante el periodo establecido en la
  • Haber participado de forma individual en los campeonatos de Canarias, campeonatos de España, campeonatos de Europa, campeonatos del Mundo, pruebas open, eventos, competiciones, de su modalidad deportiva, excluyendo los denominados e-Sports, que se encuentren incluidos en el calendario y estén regulados por la federación correspondiente u otro tipo de entidades, realizados en el periodo comprendido entre septiembre 2025 hasta agosto de 2026, ambos meses inclusive.
  • Haber alcanzado los siguientes méritos deportivos necesarios para optar a la convocatoria:
  • Para los deportistas que han participado en los Campeonatos de Canarias, Campeonatos de España, Campeonatos de Europa o Campeonatos del Mundo, será requisito el haber quedado entre los 10 primeros clasificados de su categoría o haber terminado la prueba.
  • Para los deportistas que han participado en campeonatos, eventos, competiciones, pruebas open, etc., distintos a los especificados en el punto anterior, será requisito el haber quedado entre los 10 primeros clasificados de su categoría.
  • Poseer licencia federativa en vigor de la modalidad deportiva correspondiente, o acredite fehacientemente su participación en dichas pruebas, eventos o campeonatos.
  • Estar empadronado en Teror con al menos 1 año de anterioridad a la solicitud de subvención.
  • No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. QUINTO. Contenido de la solicitud y documentación obligatoria.
  • - Las solicitudes de subvenciones se presentarán exclusivamente en el correspondiente documento normalizado, adjunto a las presentes Bases.
  • - La presentación de la solicitud de subvención supone la aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria y de los requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, sin perjuicio de los derechos contenidos en los artículos 13 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de los recursos procedentes conforme al Capítulo II del Título V de dicha norma.
  • - Tiene naturaleza de documentación obligatoria la siguiente:
  • - Los clubes solicitantes deberán cumplimentar y presentar la siguiente documentación:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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