Personas físicasES521 - Alicante / Alacant

CONVOCATORIA Y BASES DE OCHO BECAS DE FORMACIÓN PARA EL MUSEO ARQUEOLÓGICO DE LA DIPUTACIÓN DE ALICANTE. ANUALIDAD 2027 · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA Y BASES DE OCHO BECAS DE FORMACIÓN PARA EL MUSEO ARQUEOLÓGICO DE LA DIPUTACIÓN DE ALICANTE. ANUALIDAD 2027. DECRETP NÚMERO: 2026-3942 DE FECHA: 01/09/2026

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 76.800,00 €. Inicio: 11/09/2026. Plazo: Fin: 01/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y residir en la provincia de Alicante.
  • Estar en posesión de alguna de las titulaciones universitarias que se indican a
  • Modalidad Becas de Formación en Museografía y Museología: Grado en Historia, en Geografía e Historia, en Historia del Arte o en Arqueología.
  • Modalidad Becas de Formación en Biblioteca y Archivo: Grado en Humanidades o en Información y Documentación.
  • Modalidad Becas de Formación en Restauración de Patrimonio Arqueológico: Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales o Titulación superior en conservación-restauración de bienes culturales, impartido en las Escuelas Superiores de Conservación y Restauración. No se tendrán en cuenta aquellas titulaciones obtenidas con anterioridad al 1 de enero de 2022, o con posterioridad a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
  • No haber disfrutado con anterioridad de la misma modalidad de beca que se solicita en el Museo Arqueológico de Alicante, salvo cuando se trate de suplencias que no hayan superado tres meses.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
  • - Solicitud. El modelo de solicitud, así como la documentación a aportar se encuentran en la Sede Electrónica de Diputación: https://diputacionalicante.sedelectronica.es En el apartado de “Trámites”, tras poner “Museo Arqueológico” en “buscar trámites”, hay que seleccionar el procedimiento “MUSEO ARQUEOLÓGICO (MARQ). Convocatoria de 8 Becas de Formación en las modalidades de Museografía y Museología (5), Biblioteca y Archivo (1) y Restauración de
  • Patrimonio Arqueológico (2)”; se deberá pinchar en “Tramitación Electrónica” y seguir los pasos de los que consta el procedimiento y al finalizar obtendrá un justificante con el número de Registro de Entrada.
  • Una vez publicada la convocatoria, abierto el plazo de presentación de
  • solicitudes éstas se podrán presentar:
  • a.2) Forma telemática: A través de la Sede Electrónica de Diputación en el apartado arriba indicado. A tal efecto, es necesario estar registrado para el uso de sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o, poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe. Para una correcta tramitación puede seguir los pasos indicados en la “Guía de Presentación de solicitudes por Sede Electrónica” que se encuentra en el apartado de INICIO de la Sede Electrónica de Diputación apartado “Tu guía de sede electrónica”. a.3) Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia que se realizará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que la Excma. Diputación le haya comunicado el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación, tal y como dispone el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Si el último día fuese inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.
  • En todo caso, para cada modalidad, las solicitudes deberán acompañarse de
  • responsabilidad, lo siguiente: Que acepta todo lo establecido en la convocatoria para la que solicita la beca. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad. Que cumple con los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiario de la beca. Que queda enterado de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la beca. Que se halla al corriente de sus obligaciones derivadas de cualquier ingreso de derecho público, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
  • Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. Que tiene conocimiento de la incompatibilidad de estas becas con cualquier otra ayuda o beca para la misma o similar actividad. Los interesados podrán autorizar a la Diputación de Alicante con su firma en formulario, a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos establecidos en esta cláusula y aquellos necesarios para la resolución de la solicitud de la beca. En caso contrario, los aspirantes seleccionados tendrán que presentar la documentación correspondiente antes de la concesión de la beca.
  • Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
  • - Selección. Para la valoración de los méritos de las personas solicitantes se constituirá una
  • El Director del MARQ-Museo Arqueológico.
  • La Jefa de Sección Económico-Administrativa del Museo Arqueológico.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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