Personas físicasEstudiantes y educaciónES523 - Valencia / València

Convocatoria y Bases ayudas Beca Material Escolar Aldaia 2026-2027

Dentro de la política que lleva a cabo el Ayuntamiento de Aldaia, de colaboración, ayuda y apoyo a las familias que tienen hijos e hijas estudiantes, el Ayuntamiento aprueba la presente convocatoria que tiene por objeto regular las ayudas económicas para la adquisición de material escolar al alumnado de 1º y 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Ciclo Formativo Medio y Superior, Educación Especial y Programa Formativo de Cualificación Básica (PFCB) para el curso escolar 2026/2027. Estas ayudas tienen como objetivo satisfacer el interés general, persiguiéndose con las mismas,

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALDAIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • - Psicopedagogo - Educación del Ajuntament d'Aldaia. Aprobado 23/07/2026 10:33
  • - Oficial Mayor del Ajuntament d'Aldaia. Firmado 23/07/2026 10:54
  • - Alcalde del Ajuntament d'Aldaia. Firmado 23/07/2026 11:30
  • 1 Podrá ser persona beneficiaria de esta beca todo el alumnado que curse estudios objeto de la presente ayuda/beca en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Ciclo Formativo Medio y Superior, Educación Especial y Programa Formativo de Cualificación Básica (PFCB) para el curso escolar 2026/2027.
  • 2 El alumnado beneficiario deberá estar matriculado en un centro público o concertado, salvo el matriculado en un centro de Educación Especial, que también podrá ser privado.
  • 3 Para ser persona beneficiaria de esta beca durante el curso escolar 2026/2027 se deberá
  • cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones: Número: 2026/2511DECRETO: DECRETO - 2026/2511 - Beca Material Escolar curso 2026 /2027 - CECON - (versión 2) Código para validación: UE6H5-BZJ3W-VZXSF Fecha de emisión: 24 de Julio de 2026 a las 8:30:30 Página 6 de 21
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    1 La ayuda/beca la podrá solicitar, indistintamente, el padre, la madre o el representante legal del alumnado menor de edad o mayor de edad, así como el propio alumnado en caso de ser mayor de edad en el momento de presentar la solicitud.
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    2 Se deberá presentar una solicitud por alumno/a. En ella se incluirá el alumno o alumna para la que se solicita la ayuda/beca con especificación del curso que, en cada caso, vaya a cursar durante el 2026/2027. Se deberá cumplimentar todos los apartados contenidos en el Anexo I, entendiéndose, en todo momento, que los datos aportados son ciertos. En la solicitud deben constar los datos del padre, madre o representante legal del alumnado para el que se solicita la Número: 2026/2511DECRETO: DECRETO - 2026/2511 - Beca Material Escolar curso 2026 /2027 - CECON - (versión 2) Código para validación: UE6H5-BZJ3W-VZXSF Fecha de emisión: 24 de Julio de 2026 a las 8:30:30 Página 7 de 21
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    ESTADOFIRMASOTROS DATOS ayuda/beca, siendo dicha persona solicitante será quien perciba la ayuda/beca en caso de su concesión. Podrá presentarse la solicitud igualmente por parte del alumnado respectivo siempre que sea mayor de edad.
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    3 El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día 08 de octubre de 2026, incluido, resultando desestimado toda solicitud que sea presentada fuera de dicho plazo.
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    4 Las solicitudes y la documentación correspondiente se presentarán preferentemente de manera telemática, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Aldaia: (Catálogo de trámites/Educación/), precisando para ello de firma electrónica. Para solicitar la ayuda/beca de manera electrónica a través de la Sede Electrónica, se cumplimentarán debidamente los datos de la solicitud/declaración responsable en formato autorrellenable.
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    5 De manera alternativa, podrá realizarse mediante la presentación de la solicitud y documentación en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Aldaia y en el Registro Auxiliar ubicado en el Centro Vicente Andrés Estellés, previa cita. Si se presenta presencialmente habrá de cumplimentarse y firmarse el Anexo I (solicitud/declaración responsable) acompañándolo de la documentación preceptiva. Para aquellas familias con dificultad tecnológica se habilita la dirección de correo educacio@ajuntamentaldaia.org donde podrán pedir cita previa para aclarar cualquier duda en el proceso.
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    6 La firma de la solicitud supone la aceptación de las bases en su totalidad y la declaración responsable de cumplir con los requisitos citados en la base segunda.
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    7 La condición de persona matriculada en un centro de Aldaia se comprobará de oficio por el centro gestor del área de educación, para lo cual las personas solicitantes autorizarán expresamente al Ayuntamiento de Aldaia a recabar de su centro educativo los datos suficientes para la comprobación de este extremo. Dicha autorización estará incluida en el Anexo I (solicitud/declaración responsable). En el caso de que los centros educativos no remitan de forma correcta la información del alumnado matriculado al centro gestor, será la persona solicitante quien tendrá la obligación de aportarlo tras requerimiento efectuado por el centro gestor del área de educación. En caso de no estar matriculado en un centro educativo de Aldaia, se aportará certificado de matrícula para el curso escolar 2026/2027 expedido por el centro correspondiente que la persona interesada adjuntará a la solicitud.
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    8 Todas las solicitudes deberán estar debidamente cumplimentadas y firmadas e irán
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    En el caso de adquirir el material escolar en librerías, papelerías, en el Centro Concertado Mariano Serra (solo su alumnado), en las Escuelas infantiles o en empresas de suministro de equipamiento laboral para el caso de alumnado de Formación Profesional Básica que hayan firmado el correspondiente convenio, se deberá aportar factura original a nombre de la persona solicitante del Anexo I (padre/madre/representante legal), si bien, en caso de alumnado mayor de edad la factura también deberá ir a su nombre, siempre y cuando la solicitud también sea a su nombre. La factura deberá contener el nombre del alumnado beneficiario de la ayuda/beca. Se desestimarán todas aquellas solicitudes en las que no coincida el nombre de la persona solicitante del Anexo I con el nombre que venga indicado en la factura correspondiente.
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    En el caso de adquirir el material en el AMPA del centro escolar, se deberá aportar factura original a nombre de la persona solicitante (padre/madre/representante legal), con el membrete del AMPA y sellado, donde figure el nombre y CIF de ésta y donde se relacione el material suministrado y el importe del mismo, si bien, en caso de alumnado mayor de edad, la factura también deberá ir a su nombre siempre que la solicitud también sea a su nombre. La factura deberá contener el nombre del alumnado beneficiario de la ayuda/beca. Se desestimarán todas aquellas solicitudes en las que no coincida el nombre de la persona solicitante del Anexo I con el nombre que venga indicado en la factura correspondiente. Número: 2026/2511DECRETO: DECRETO - 2026/2511 - Beca Material Escolar curso 2026 /2027 - CECON - (versión 2) Código para validación: UE6H5-BZJ3W-VZXSF Fecha de emisión: 24 de Julio de 2026 a las 8:30:30 Página 9 de 21

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para el cumplimiento de la finalidad de la ayuda y hayan sido efectivamente pagados. Tendrán esta consideración, entre otros: material escolar fungible, cuadernos, carpetas, mochilas, estuches, material de dibujo, calculadoras, equipamiento laboral necesario para alumnado de Formación Profesional Básica cuando así se prevea en la convocatoria; cualquier otro material escolar necesario para el desarrollo del curso académico. No tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que no guarden relación directa con la finalidad educativa de la presente convocatoria.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    COMPETENCIA.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    1 El órgano competente para la aprobación de la convocatoria que contiene las presentes bases específicas es la Alcaldía, en virtud del artículo 20.1 de la Ordenanza General de Subvenciones, poniendo por tanto su resolución fin a la vía administrativa.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    2 El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Educación del Ayuntamiento de Aldaia, siendo el alcalde el órgano competente para la resolución de la concesión de ayudas y simultánea justificación, poniendo por tanto su resolución fin a la vía administrativa. Número: 2026/2511DECRETO: DECRETO - 2026/2511 - Beca Material Escolar curso 2026 /2027 - CECON - (versión 2) Código para validación: UE6H5-BZJ3W-VZXSF Fecha de emisión: 24 de Julio de 2026 a las 8:30:30 Página 12 de 21
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Psicopedagogo - Educación del Ajuntament d'Aldaia. Aprobado 23/07/2026 10:33
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Oficial Mayor del Ajuntament d'Aldaia. Firmado 23/07/2026 10:54
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Alcalde del Ajuntament d'Aldaia. Firmado 23/07/2026 11:30
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    PAGO DE LA AYUDA. El pago de las ayudas se realizará previa justificación por la persona beneficiaria de la realización de la actividad/proyecto o compromiso por el que se concedió la subvención, mediante factura presentada justificativa del gasto y por la totalidad de la ayuda que le corresponda, a través de transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada en el impreso de la solicitud (art. 34.3 de la

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Dentro de la política que lleva a cabo el Ayuntamiento de Aldaia, de colaboración, ayuda y apoyo a las familias que tienen hijos e hijas estudiantes, el Ayuntamiento aprueba la presente convocatoria que tiene por objeto regular las ayudas económicas para la adquisición de material escolar al alumnado de 1º y 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Ciclo Formativo Medio y Superior, Educación Especial y Programa Formativo de Cualificación Básica (PFCB) para el curso escolar 2026/2027. Estas ayudas tienen como objetivo satisfacer el interés general, persiguiéndose con las mismas,