CONVOCATORIA Y APROBACION BASES REGULADORAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SOCIALES PARA EL AÑO 2026 DEL AYUNTAMIENTO DE BETANZOS

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES111 - A Coruña. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BETANZOS.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Estar legalmente constituidas y cuela documentación actualizada.
  • Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Betanzos o sobre temas de interés para el Ayuntamiento.
  • No tener pendiente de justificar ninguna subvención concedida, en la convocatoria anterior, por el Ayuntamiento de Betanzos, salvo que si le concediera excepcionalmente prórroga o bien hubiera desistido , o justificado a no presentación, si el proceso está finalizado.
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones ni de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas.
  • Estar al día en sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, y en sus obligaciones legales con el personal que preste servicios para las entidades solicitantes.
  • Estar inscrita en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Betanzos con fecha anterior al inicio del plazo de presentación de las solicitudes. CVD: x0xz5Tf7QCE1C6eAvMa/ Verificable en la Sede Electrónica del Organismo. https://sede.betanzos.gal/
  • Llevar un mínimo de dos años de implantación en el municipio de Betanzos desarrollando actividades similares a la presentada.
  • - CONDICIONES Y OBLIGACIONES.
  • La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
  • Las entidades beneficiarias de las subvenciones quedan obligadas a hacer constar la colaboración y patrocinio prestado por el Ayuntamiento de Betanzos en toda la información (impresa, informática y audiovisual) que se haga de las actividades subvencionados y en su página web.
  • Con carácter general la subvención solicitada nunca superará el 80% del presupuesto de gastos presentado.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda de acuerdo con la memoria presentada.
  • Justificar ante el órgano concedente o Entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, la efectuar por el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, así como cualquier otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan enseguida como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en todo caso, se podrá acreditar al Ayuntamiento a obtener dichos datos.
  • Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los tener reglamentariamente establecidos. Hacer constar, en aquellas actividades subvencionadas que así lo permitan, que las mismas cuentan con subvención del Ayuntamiento de Betanzos, con la CVD: x0xz5Tf7QCE1C6eAvMa/ Verificable en la Sede Electrónica del Organismo. https://sede.betanzos.gal/
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, en los tener exigidos por la Legislación mercantil y sectorial, aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Justificar el gasto realizado de acuerdo con el previsto en las presentes bases.

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Familia, infancia y juventud.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Discapacidad y dependencia.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Inclusión social.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Igualdad y diversidad afectivo sexual.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Migraciones. Son gastos subvencionables los que de manera indudable respondan a la naturaleza del programa/actividad subvencionada que se realicen de 1 de enero a 1 de noviembre de 2026 y que sean efectivamente pagados antes del final del período de justificación. Excepcionalmente, se admitirán los pagos de los impuestos devengados en el último trimestre del año, pero cuyo pago deba realizarse en el mes de enero del ejercicio siguiente, siempre que el gasto se refiera al período subvencionable. Las ayudas económicas concedidas podrán destinarse a los conceptos y/o gastos corrientes
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Retribuciones y gastos de personal relacionado con la actividad subvencionada.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos generales de mantenimiento de la entidad ( alquiler de locales, suministros, etc.). CVD: x0xz5Tf7QCE1C6eAvMa/ Verificable en la Sede Electrónica del Organismo. https://sede.betanzos.gal/
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de seguros de accidentes o responsabilidad civil a efectos de la realización de la actividad o programa.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Las actividades financiadas por el Ayuntamiento de Betanzos.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos y pagos realizados fuera del plazo de justificación o de ejecución del programa o actividad, ( la excepción de los pagos referidos en el paragrafo primero de esta base).
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Las inversión y obras de infraestructura.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Los viajes o gastos derivados de las mismas y compra de regalos.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Así como cualquier otro gasto que no tenga relevancia en el campo de los SS.SS.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Ayuntamiento de Betanzos Plaza de Galicia, nº 1, 15300 Betanzos, A Coruña Teléfono: 981 770 011 betanzos.net https://sede.betanzos.es correo@betanzos.net Quedarán excluidas aquellas solicitudes que no alcancen un mínimo de 25 puntos. Las entidades deberás aportar y facilitar toda la documentación necesaria para posibilitar la adecuada valoración de las solicitudes. La evaluación de las solicitudes se realizará mediante informe razonado del personal técnico de servicios sociales, atendiendo a los los siguientes criterios de valoración.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    1- Criterios de valoración. La selección de las peticiones y el importe de las subvenciones se determinará después de la valoración del proyecto que se vaya a realizar, de acuerdo con los siguientes criterios y baremos,
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    En relación con el proyecto: hasta 65 puntos.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    1 Carácter social de las actividades desenvueltas desde las asociaciones : hasta 10 puntos.
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Marcado carácter social : 10 puntos
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Carácter social medio: 5 puntos
  • No se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Carácter social nulo: 0 puntos

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social