CONVOCATORIA XPANDE DIGITAL 2026 CÁMARA DE COMERCIO DE GRANADA

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las PYMES de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Granada en el Programa XPANDE DIGITAL, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo que se detallan en el apartado 6. “Presupuesto y cuantía de las ayudas” de esta convocatoria.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES614 - Granada. La gestiona CÁMARA DE COMERCIO DE GRANADA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Ser una pequeña y mediana empresa , según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica. Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención. Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023. En el caso de empresas que operen en la producción primaria de productos excluidos en el párrafo anterior, podrán ser beneficiarias siempre que desarrollen producto transformado , estén dadas de alta
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos, el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios del ámbito de la presente convocatoria.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se de claran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C249/01).
  • Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 2023/2831, de la Comisión, de 13.12.2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023), según el cual el importe total de las ayudas de minimis concedida s a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión. Se debe tener en cuenta la definición de “única empresa” recogida en el art. 2.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023, según la cual, las empresas vinculadas se consideran una misma empresa a efectos de la aplicación de la norma de minimis.
  • Disponer de producto/servicio propio que pueda ser comercializable en mercados internacionales y sobre el que deberá centrarse el posicionamiento online internacional . En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
  • Contar, en el momento de presentar la solicitud, con una página web operativa propia que recoja de forma clara la oferta de productos/servicios que pretende internacionalizar. No se admitirán enlaces a redes sociales ni directorios de empresas genéricos o similares en los que se publiciten los productos/servicios, sino que deberá presentarse un dominio específico de propiedad de la empresa solicitante.
  • Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
  • Tener una plantilla media en la última anualidad (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre de 2025) de, al menos, 1 empleado por cuenta ajena.
  • Tener decidido un mercado exterior objetivo (a nivel país) para diseñar y desarrollar la estrategia de internacionalización digital. Todos los gastos deberán destinarse exclusivamente al posicionamiento digital/comercio electrónico en el mercado internacional seleccionado y editarse bajo la marca y/o nombre de la empresa española. Se deberá tener en cuenta la relación de países excluidos que se incluye en el Anexo I. No serán elegibles, en ningún caso, las acciones dirigidas al mercado nacional. En los casos en los que el mercado objetivo seleccionado tenga idioma oficial español , únicamente serán elegibles los gastos que no vengan excluidos en el Anexo de gastos elegibles , y siempre y cuando se puede justificar claramente que el mercado destino es internacional.
  • No ha ber resultado beneficiar ia del programa Xpande Digital en más de dos ocasiones con posterioridad al 31/12/2023. En el caso de que ya hubiera participado en el programa y pud iera ser beneficiaria del mismo, deberá escoger un mercado distinto al de las participaciones anteriores.
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Los extremos enumerados anteriormente se acreditarán mediante la aportación de la siguiente
  • documentación: ❑ Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (según Anexo III de esta convocatoria). ❑ Declaración anual de IVA del último año finalizado, en el caso de no poder aportarla, se deberá aportar cualquier otro documento oficial, del último año disponible, en el que pueda comprobarse el cumplimiento de la facturación requerida. ❑ Informe de plantilla media de trabajadores en alta, de la TGSS, en el período 01-01-2025 a 31-12-2025. En el caso de la información vinculada con las obligaciones tributarias, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria a las Administraciones Públicas para el desarrollo de su s funciones, así como los supuestos contemplados en el
  • Por justificación se entenderá, en todo caso, la aportación de los documentos justificativos de los gastos realizados, debiendo comprender el gasto total de la actividad subvencionada, aunque la cuantía de la subvención sea inferior. La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, de la aplicación de los fondos recibidos, de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en la convocatoria, será realizada por las empresas beneficiarias. La justificación económica se realizará de acuerdo con la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre , por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021 -2027. En este sentido, todos los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada. En cualquier caso, la elegibilidad final de los gastos vendrá determinada por lo recogido en el Anexo II “Tipología de gastos elegibles y justificación de la Fase de Ayudas”.
  • ACUMULACIÓN Y COMPATIBILIDAD La percepción de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, cuyo importe en ningún caso podrá superar el coste de la actividad subvencionada, será incompatible con cualquier otra subvención o ayuda destinada a la misma finalidad procedente de cuales quiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En cumplimiento de lo dispuesto en el reglamento (UE) Nº 2023/2831, de la Comisión, estas ayudas se acogen al régimen de minimis, en virtud del cual la ayuda total concedida a una única empresa no podrá ser superior a 300.000 euros durante los tres años anteriores a la concesión. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones otorgadas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
  • MOB 2026 #EuropaSeSiente 15 de 18 Reglamento (UE) 2021/1060). g. Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión: control de calidad y transparencia en la contratación, control de posibles conflictos de intereses, control de posibles falsificaciones. Igualmente, deberá informar a la Cámara de Comercio de los casos o sospechas de fraude detectadas, a la mayor brevedad posible, y de las medidas que se apliquen para su corrección y persecución. h. Contar con la capacidad administrativa, financiera y operativa, adecuadas para ejecutar la operación. i. Dar su consentimiento para que sus datos sean incluidos en la lista publicada de conformidad con el art.
  • INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES Y OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO El incumplimiento de lo dispuesto en la presente convocatoria , así como de los objetivos para los que se concedió la ayuda, la falta de justificación o su cumplimiento extemporáneo, o el incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, será causa de la pérdida del derecho al cobro y/o de reintegro total de la ayuda, en su caso. En todo caso, ante posibles incumplimientos, se tendrá en cuenta lo dispuesto el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos [Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE], Cámara de Comercio de España con dirección en C/ Ribera del Loira 12, 28042 Madrid y Cámara de Comercio de Granada , con dirección en C/ Luis Amador, 26, 18014 Granada, tratarán los datos de LA EMPRESA BENEFICIARIA en régimen de corresponsabilidad. Este tratamiento de datos es necesario para

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Los interesados sólo podrán presentar su solicitud y la documentación que acompañe a la misma, a través del
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    TRAMITACIÓN La tramitación de la ayuda para aquellas Pymes cuya solicitud haya sido admitida se realizará mediante la aceptación expresa mediante firma del “Documento de Condiciones de la Ayuda” , que se anexará a la Resolución de Admisión al Programa, en el plazo de 15 días hábiles desde dicha notificación de la resolución de admisión. Este documento tendrá carácter de DECA (Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda) a los efectos del artículo 73.3 del Reglamento de Disposiciones Comunes 2021/1060 (RDC). En el momento de aceptar la ayuda, la empresa deberá hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como seguir cumpliendo el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria. Adicionalmente, tras la realización del asesoramiento, la empresa beneficiaria de la fase de ayudas deberá firmar el documento “Anexo DECA – Plazo de Ejecución y Condiciones de Elegibilidad de los Gastos”, que se incorporará al DECA como parte integrante del mismo.
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    4– JUSTIFICACIÓN DE GASTOS ........................................................................... ....................... 13
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    jurídicas o agrupaciones sin personalidad en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias: o Personas físicas unidas por relación conyugal o pers onas ligadas con análoga relación de afectividad, parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo. o Personas físicas y jurídicas que tengan una relación laboral retribuida mediante pagos periódicos. o Ser miembros asociados del beneficiario a que se refiere el apartado 2 y miembros o partícipes de las entidades sin personalidad jurídica a que se re fiere el apartado 3 del artículo 11 de la Ley
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    TODO EL MATERIAL DE DIFUSIÓN/PROMOCIÓN QUE SEA OBJETO DE COFINANCIACIÓN FEDER ESTÁ SUJETO AL REGLAMENTO (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24/06/2021, según el cual los beneficiarios son responsables de informar de dicha cofinanciación FEDER, a través de la inserción de su logo en todos los materiales, para reflejar adecuadamente la financiación de dichos elementos por los Fondos comunitarios.
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    6. “Acciones de Inbound Marketing " y 3.8. “Traducciones necesarias […]” NO serán elegibles en el caso de haber seleccionado un mercado exterior de habla hispana . Gastos de equipamiento o hardware.
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS Las actividades a desarrollar tienen como objetivo impulsar las ventas online y el posicionamiento digital de la empresa y sus productos/servicios en el mercado exterior elegido, sobre el que se ha centrado la Fa se de Asesoramiento. Los Planes de Acción definidos en la Fase de Asesor amiento pueden incluir los conceptos de gasto que s e indican a continuación.
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    1. Modificación o elaboración de una página Web, tienda online, App, microsite y/o landing page
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    2. Coste del alta, gestión de cuentas y marketing onli ne en Marketplaces y otras plataformas de e- Commerce
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    3. Diseño, creación y desarrollo de campañas de public idad online (SEM) en Google Ads y/o plataformas PPC internacionales , así como contratación de publicidad online en el país objetivo
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    4. Implementación de acciones de posicionamiento orgánico (SEO)
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    5. Preparación de la analítica Web
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    6. Acciones Inbound Marketing
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    7. Diseño y creación de campañas en redes sociales (SMM)
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    8. Traducciones necesarias para la estrategia de internacionalización digital
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    9. Elaboración de fotos y videos
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    10. Consultoría y asesoramiento especializado en estrategias de internacionalización digital
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    11. Otros gastos vinculados a la internacionalización digital La elegibilidad del gasto estará condicionada, en todo caso, a que se respeten los requisitos mínimos que en cada tipología de gasto se indican a continuación, además de respetar lo indicado en el resto de apartados de la presente Guía . De cara a la justificación
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    EVIDENCIA Se deberán evidenciar los trabajos realizados cumplimentando los apartados de la plantilla G1 que le facilitará la Cámara de Comercio en el momento de la admisión en el programa, teniendo en cuenta, en todo caso, el a partado “justificación de gastos” de la presente guía. Adicionalmente, la empresa pod rá aportar aquella otra información que considere adecuada. En caso de nece sidad, se podrá solicitar a la empresa ampliación de aquella información que sea necesaria.
  • 3 – GASTOS ELEGIBLES – REQUISITOS MÍNIMOS ............................................................ ......... 6 · eligible
    2. ALTA, GESTIÓN DE CUENTAS Y MARKETING ONLINE EN MARK ETPLACES Y OTRAS

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las PYMES de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Granada en el Programa XPANDE DIGITAL, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo que se detallan en el apartado 6. “Presupuesto y cuantía de las ayudas” de esta convocatoria.