subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar actividades culturales impulsadas por entidades sin � · 2026

Título oficial: Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar actividades culturales impulsadas por entidades sin ánimo de lucro o personas físicas de Granollers para el año 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 9.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidas.
  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades.
  • Tener domicilio social o desarrollar actividad principal en el municipio.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las causas de prohibición previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Desarrollar actividad principal en el municipio.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • 2.- En ningún caso pueden ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las entidades o personas físicas en representación personal o de un colectivo de residentes en Granollers en las que se dé alguna
  • Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estar declaradas en concurso, estar
  • Haber dado lugar, por causa de la que hayan sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato suscrito con la Administración.
  • Que la persona física, los administradores o quienes tengan la representación legal, estén incursos en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015 reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984 de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o que se trate de cualquiera de los cargos 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos que establezca esta normativa o normativa autonómica que regule estas materias.
  • No estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Granollers impuestas por las disposiciones vigentes.
  • Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • No estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Haber sido sancionada mediante resolución firme con pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la presente Ley o la Ley General Tributaria.
  • Que en su proceso de admisión o en su funcionamiento discriminen por razón de nacimiento, raza, sexo religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal.
  • Que su proceso de inscripción se encuentre suspendido en aplicación del
  • Poder de representación o certificado expedido por el secretario de la entidad que acredite la representación con la que se actúa.
  • Declaración responsable de reunir los requisitos para ser beneficiario/a de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones; de compromiso de cumplir las condiciones de la subvención; y de las subvenciones obtenidas por la misma finalidad y compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro; las retribuciones anuales de los órganos de dirección o administración si son personas jurídicas beneficiarias de una subvención de importe superior a 10.000€, de acuerdo con el modelo normalizado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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