Personas físicasPersonas jurídicasES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Convocatoria Subvenciones para la participación en la XXIX Muestra Local de Teatro a entidades ciudadanas 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PARLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán solicitar subvención asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:
  • Poder acreditar su residencia habitual en Parla.
  • Poder acreditar cierta trayectoria escénica en el municipio de Parla
  • No deberán encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, según el artículo 13 de Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Deberán encontrarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social conforme a lo previsto en el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, de 24 de julio, que aprueba el Reglamento de dicha Ley. C/ San Antón, 46 - 28982 Parla (Madrid) - Telf.: 34 91 202 47 33 - Fax: 34 91 201 35 17 cultura@ayuntamientoparla.es - www.ayuntamientoparla.es 1
  • De los participantes en la XXIX Muestra Local de Teatro:
  • Específicos para proyectos que solicitan subvención:  Presentar una memoria del proyecto subvencionado.  Justificar la subvención concedida de acuerdo con las normas establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de lo que dispongan las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.  Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la subvención concedida que estime oportuno la Concejalía de Cultura. C/ San Antón, 46 - 28982 Parla (Madrid) - Telf.: 34 91 202 47 33 - Fax: 34 91 201 35 17 cultura@ayuntamientoparla.es - www.ayuntamientoparla.es 2
  • Del Jurado de la XXIX Muestra Local de Teatro : Los proyectos seleccionados serán vistos por un grupo de personas que conformarán el Jurado. La elección del Jurado se hará a través de una convocatoria pública a la que podrá presentarse cualquier persona de dentro y fuera del municipio que justifique su interés, disponibilidad y acredite conocimientos que le permitan desempeñar sus funciones en la Muestra. La selección del Jurado la harán miembros del equipo técnico de la Concejalía de Cultura. Dicho Jurados erá nombrado por Decreto de la Concejala Delegada de Cultura.
  • Una vez conformado, el Jurado se compromete a:  Asistir a la sesión de formación inicial y de deliberación que se publicará en la convocatoria.  Asistir con total obligatoriedad a todos los espectáculos programados en la sección de concurso.  Comunicar cualquier incidencia a la Concejalía de Cultura.  Mantener absoluta discreción hasta la fecha de entrega de premios.
  • QUINTO: PRESUPUESTO. El presupuesto destinado a estas subvenciones asciende a la cantidad de TRES MIL EUROS (3.000 €). Las subvenciones tendrán un importe máximo de CUATROCIENTOS EUROS (400€) para la realización de cada proyecto teatral, que correrán a cargo de la aplicación presupuestaria 334 489 00. En ningún caso el importe de la subvención sola o junto con otras, será superior al importe total del proyecto. Las subvenciones serán abonadas por transferencia bancaria del que sea titular el beneficiario una vez justificados los gastos y para ello aportarán certificado de titularidad bancaria.
  • SEXTO: SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. Las mismas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Parla, a través de las distintas formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. C/ San Antón, 46 - 28982 Parla (Madrid) - Telf.: 34 91 202 47 33 - Fax: 34 91 201 35 17 cultura@ayuntamientoparla.es - www.ayuntamientoparla.es 3
  • Según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican a través de medios electrónicos o no. Aquellos sujetos que estén obligados a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, pueden hacerlo a través del Registro Electrónico en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla , en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.
  • La documentación a aportar será la siguiente:
  •  Proyecto escénico (Anexo 2): o Dossier artístico (título, autor, intérpretes, dirección, duración, sinopsis del espectáculo, público al que va dirigido - edad recomendada -, descripción de la escenografía, vestuario, etc.). o Documentación audiovisual (fotografías, enlaces a redes, webs, vídeos,…) o Ficha técnica (necesidades técnicas, planos de luces, …) o Datos de contacto del colectivo, grupo o asociación. o Presupuesto estimado.  Declaración responsable (Anexo 3) en relación al compromiso de los participantes por acatar las “Normas de convivencia comunes de los espacios adscritos a la Concejalía de Cultura” (Anexo I), las “Normas de convivencia específicas de la Red de Teatros Municipales” (Anexo II) y las directrices recibidas por el personal de gestión y técnico.  Declaración responsable, firmada en cada caso de quién corresponda, de no estar incursa de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvención (Anexo 4). Dicha declaración debe estar debidamente registrada en el momento de la instrucción de la concesión.  Certificado de la relación de justificantes (Anexo 5)
  • Dicho Certificado (Anexo 5) deberá estar firmado por la persona que corresponda en cada caso. En el caso de las Asociaciones, debe ser la persona que ostente el cargo de Tesorero/a. Este Certificado es una relación numerada de todos los documentos que se presentan. Las facturas deben ser originales y estar a nombre de la Asociación o de la persona física que represente al grupo o colectivo y en cada una debe figurar el proveedor, concepto (nombre genérico), importe, actividad a la que se refiere y la suma del importe total.
  • No podrán presentarse facturas correspondientes a gastos generales de la asociación, persona, grupo o colectivo: comunidad de vecinos, agua, luz, teléfono, gas, y otros gastos inventariables o primer establecimiento. Declaración Jurada del Presidente de la Asociación y firmada ante la autoridad administrativa, que el importe de la subvención percibida, para esta actividad, programa..., en ningún caso ha superado el coste de las mismas (el Ayuntamiento de Parla facilitará el modelo de declaración jurada)

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura