CONVOCATORIA SUBVENCIONES PARA LA COMPRA DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR, AÑO 2026

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE AVINYÓ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Modelo de solicitud correctamente rellenado y registrado en el Registro General de documentos del ayuntamiento de Avinyó.
  • Fotocopia del DNI/NIE Pasaporte del padre, madre o tutor.
  • Si el solicitante de la ayuda es el tutor o la tutora del alumno, deberá presentar la documentación que lo acredite.
  • Factura, tiquete o recibo de compra de los libros
  • Los supuestos de familia numerosa o familia monoparental deberán presentar el título acreditativo vigente.
  • - Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes y justificación. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde la fecha de la publicación en el BOP. Las solicitudes podrán presentarse presencial o telemáticamente mediante la cumplimentación del modelo normalizado, que será firmado por el interesado/da o por el representante legal de la entidad. El modelo normalizado de solicitud, así como el de todos los documentos exigidos en la base 6 se podrá encontrar en la web del ayuntamiento www.avinyo.cat Las solicitudes junto con la documentación exigida en la base 6 deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento.
  • También se podrán presentar en cualquiera de los sitios que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2018, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.
  • - Rectificación de defectos u omisiones en la documentación En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá al/a la beneficiario/a, con tal que, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, proceda a su rectificación o a las enmiendas necesarias, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá por desistido de su solicitud.
  • - Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesión El órgano responsable de la instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones previstas se realizará desde secretaría. El órgano responsable de la resolución del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será la Junta de Gobierno Local.
  • - Plazo de resolución y de notificación. Se examinarán conjuntamente, en un solo procedimiento, todas las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido y se resolverá en un único acto administrativo El plazo para el otorgamiento de las subvenciones será, como máximo, de tres meses a contar desde la fecha de cierre del período de presentación de solicitudes. La falta de resolución dentro del plazo indicado tendrá efectos desestimatorios.
  • - Régimen de recursos La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, se puede interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo haya dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • - Criterios objetivos de concesión de la subvención Las subvenciones se otorgarán a todos aquellos solicitantes que cumplan los
  • - Medios de notificación o publicación. Una vez acordada la concesión de las subvenciones, se publicará en el E-tablero del Ayuntamiento de Avinyó en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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