CONVOCATORIA SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EL EMPRENDIMIENTO 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESCATRÓN.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA ☐ Memoria descriptiva. ☐ Fotografías de la actuación ejecutada. ☐ Certificado final de obra (si procede). ☐ Boletines o certificados de instalaciones (si procede). ☐ Facturas. ☐ Justificantes de pago. ☐ Certificados de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social.
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    - Objeto, finalidad y régimen jurídico Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones destinadas al fomento, mantenimiento, modernización, mejora y consolidación de la actividad comercial y de servicios, así como al impulso del emprendimiento incluyendo la implantación de nuevas actividades y el relevo empresarial mediante traspaso de nego cios en el municipio de Escatrón.
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    - Crédito Presupuestario y Financiación. El crédito des tinado a la presente convocatoria asciende a 25.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4300.7700 del Presupuesto Municipal del ejercicio 2026. Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que la suma total de las ayudas recibidas no supere el coste de la actividad subvencionada, debiendo garantizarse en todo caso la ausencia de sobrefinanciación. El beneficiario deberá declarar la existencia de otras ayudas concurrentes tanto en el momento de la solicitud como en la justificación de la subvención.
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    Ayuntamiento de Escatrón Plza. España, 3 bajo, Escatrón. 50790 (Zaragoza). Tfno. 976170006. Fax: 976171025 El agotamiento del crédito presupuestario supondrá la denegación de las solicitudes que no puedan ser atendidas por falta de disponibilidad presupuestaria. Se podrá constituir lista d e reserva con las solicitudes que, cumpliendo los requisitos, no puedan ser atendidas por agotamiento del crédito, a efectos de posibles renuncias o liberación de crédito. Podrá habilitarse crédito adicional en los términos previstos en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y, en su caso, previa modificación presupuestaria. La suspensión, modificación o desistimiento del programa de ayudas no generará derecho a indemnización alguno para los solicitantes o beneficiarios.
  • documentation
    - Personas beneficiarias Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad económica en el municipio de Escatrón en los sectores de comercio, hostelería y otros servicios.
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    Actividades existentes: titulares de establecimientos ya en funcionamiento en el municipio.
  • documentation
    Nuevas actividades: personas emprendedoras que inicien una actividad económica o se encuentren en fase de implantación o apertura.
  • documentation
    Traspaso de negocios: personas físicas o jurídicas que adquieran, mediante transmisión o relevo empresarial, un establecimiento en funcionamiento en el municipio, con continuidad de la actividad económica. En los supuestos de traspaso de negoc io, deberá acreditarse la transmisión mediante contrato, cesión, compraventa o documento equivalente que garantice la continuidad de la actividad en el municipio.
  • documentation
    Ser mayor de edad, desarrollar la actividad en el municipio de Es catrón y ser propietarios, arrendatarios o concesionarios de los comercios o establecimiento s de servicios para los que se solicita la ayuda. Dichos comercios o servicios, deben tener su sede social en Escatrón, y radicar en e sta localidad su establecimiento principal . Además, debe contar con un establecimiento abierto al público o en fase de implantación o inicio de actividad.
  • documentation
    Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas con el Ayuntamiento.
  • documentation
    Disponer o, en su defecto, haber solicitado el inicio del procedimiento para la obtención de las correspondientes licencias municipales de apertura o actividad y no haberla obtenido por causa no imputable al interesado.
  • documentation
    No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el
  • documentation
    Acreditación, si procede, de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
  • documentation
    NIF/NIE, del solicitante y en su caso del represente
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    Si se actúa en representación de persona jurídica: CIF de la persona jurídica, Escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil y Escritura de apoderamiento a favor de quien firme la solicitud.
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    Documentación que acredite la condición de beneficiario: copia compulsada de la escritura de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad, contrato de compraventa o cualquier otra documentación que acredite suficientemente la titularidad del inmueble.
  • documentation
    Certificado de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en su caso.
  • documentation
    Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de la s obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, expedidos conforme al artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003.
  • documentation
    Anexo II. Ficha de alta de terceros debidamente cumplimentada en el modelo habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Escatrón.
  • documentation
    Anexo I II. Memoria explicativa con la descripción y situación del establecimiento (dirección y referencia catastral), y de las actuaciones que se pretende llevar a cabo, justificando su necesidad y la vinculación al comercio, negocio de hostelería o servi cios. Deberá ir acompañada de un plano de emplazamiento con señalamiento del mismo, presupuesto o memoria valorada y documentación técnica adecuada al carácter menor o mayor de las obras que incluya Memoria Valorada, Croquis o Planos, Mediciones. Los pr esupuestos presentados con la solicitud deberán ser lo más detallados posibles, contemplando de forma individualizada cada partida de las actuaciones que se pretenden llevar a cabo, e incorporando los gastos estimados vinculados de honorarios técnicos, reg istro de instalaciones e IVA. La presentación de la solicitud y/o su posible concesió n no eximirá de la necesidad del otorgamiento la correspondiente Licencia Municipal de Obras, estando obligado el interesado a tramitar y obtener dicha autorización antes del comienzo de las mismas.

Gastos y actuaciones

  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    Los gastos derivados de la adquis ición de equipos, e inversiones objeto de la subvención.
  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    Los gastos derivados de la ejecución de las obras, incluyendo materiales, mano de obra, medios auxiliares, gastos generales y beneficio industrial del contratista
  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    Los honorarios técnicos de redacción de proyectos de obras, dirección de las mismas y coordinación de seguridad y salud.
  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    Aquellos necesarios para puesta marcha del ejercicio de la actividad (gastos de notaría y registro, publicidad, tramitación inicial) El IVA no será subvencionable cuando sea recuperable o deducible por el beneficiario. Los documentos técnicos y/o la necesidad de los visados y certificados deberán adecuarse al carácter y extensión de las obras pretendidas.
  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    - Cuantías mínimas y máximas para la concesión de ayudas. Las actuaciones subvencionables deberán alcanzar una cuantía mínima de inversión de 1.250 euros, IVA incluido.
  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    - Criterios de otorgamiento La concesión de las ayudas se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva simplificada previsto en el artículo 16.3.a) de l a Ley de Subvenciones de Aragón, de modo que las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y cuya documentación estén completas serán atendidas por riguroso orden de registro de entrada hasta el agotamiento del crédito pres upuestario disponible. En aquellos casos en que únicamente resulte subvencionable una parte de la actuación solicitada, la ayuda se concederá exclusivamente respecto de dicha parte, sin alterar el orden de prelación correspondiente.
  • Serán gastos subvencionables de cara a la presente convocatoria de ayudas los siguientes: · eligible
    - Presentación de solicitudes y documentación Los interesados podrán presentará las solicitudes en el plazo de 30 días naturales a contar desde del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. Si el últi mo día de presentación fuera sábado, domingo o festivo se entenderá como fin de plazo de presentación el primer día hábil siguiente. Las solicitudes y el resto de documentación a presentar deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artº 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentos y trazabilidad