subvenciones para la organización de campeonatos deportivos de categoría nacional o superior en la ciudad de Cáceres.

Título oficial: Convocatoria de subvenciones para la organización de campeonatos deportivos de categoría nacional o superior en la ciudad de Cáceres.

El Excmo. Ayuntamiento de Cáceres convoca ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para Federaciones o Entidades organizadoras de Campeonatos de España oficiales o superiores, pruebas pertenecientes a los mismos o Campeonatos no oficiales en los que participe la selección nacional de cualquier modalidad deportiva durante 2026 , destinadas a la financiación de su organización, posicionando así a la ciudad de Cáceres como sede de eventos deportivos de calidad, reforzando su proyección con el nombramiento como Ciudad Europea del Deporte 2026…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÁCERES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • De conformidad con el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, según redacción dada por la modificación publicada en el BOP núm. 184, de 27 de septiembre de 2017 , podrán ser solicitantes y beneficiarios de
  • Las personas jurídicas, así como los miembros asociados de la misma, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero.
  • En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad j urídica, podrán acceder a la condición de beneficiario siempre que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
  • En el caso de Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, deberá n acreditar su domiciliación en el Municipio de Cáceres y estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de interés municipal.
  • Excepcionalmente, cuando la actividad tenga interés para el municipio, ya sea de carácter social, económico o humanitario, se podrá otorgar subvención a entidades foráneas, o no inscritas en el Registro de Asociaciones de interés municipal. La fundamentación de dicho interés se acreditará mediante la aportación de una memoria al efecto.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) , salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora.
  • Las Entidades o personas que reúnan los requisitos e xigidos en las Bases anteriores deberán presentar sus solicitudes, junto con la documentación requerida , en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la fecha de la publicación del extrac to de la convocatoria por la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Las solicitudes de personas jurídicas y enti dades sin personalidad jurídica se presentarán obligatoriamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.caceres.es), conforme a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo para aquellos sujetos no obligados por esta Ley que podrán presentar su solicitud también por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de esta misma Ley.
  • Concejalía de Deporte deportes@ayto-caceres.es 927 627 506 La solicitud de subvención se presentará en el modelo normalizado según Anexo I de estas bases. Los modelos normalizados Anexo I , Anexo II , Anexo III y Anexo IV estarán a disposición de todos los interesados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cáceres para su descarga. Estos modelos serán de uso obligatorio de conformidad con el art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • A la solicitud de subvención se deberá adjuntar la siguiente documentación:
  • Certificado acreditativo de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, con la Administración General del Estado y con la Seguridad Social. Se solicitará de oficio, salvo que el solicitante no autorice dicha comprobación en el
  • Declaración jurada del representante legal de la entidad solicitante de no encontrarse inhabilitada para la obtención de subvenciones públicas (Anexo II).
  • Certificado del Secretario de la Junta Directiva d e la Entidad sin ánimo de lucro que acredite que quien firma la solicitud es el representante legal del mismo y que tiene capacidad para realizar tal acto (Anexo III).
  • Documentación acreditativa de estar inscrita en el Registro de Asociaciones de interés m unicipal del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres (esta documentación se cursará de oficio).
  • En el caso de entidades deportivas foráneas, debidamente constituidas y que organicen actividades en la ciudad que sean de interés deportivo, social y estratégico, pero no estén inscritas en el Registro de Asociaciones de interés municipal del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, deberán aportar documento de constitución , certificado acreditativo de estar inscrita en el registro de entid ades deportivas correspondiente y memoria en la que se fundamente dicho interés.
  • Certificado acreditativo en el que se reflejen las subvenciones percibidas por parte de otros organismos, tanto públicos como privados, indicando la cuantía y el concepto por el cual fue concedida. De conformidad con lo declarado en el Anexo I.
  • Proyecto de la competición deportiva a desarrollar y presupuesto económico desglosado por partidas de gasto s e ingresos. En ningún caso se admitirán
  • Concejalía de Deporte deportes@ayto-caceres.es 927 627 506 presupuestos o partidas globales. En el caso que la actividad por la que se solicita la subvención no obtuviera ningún ingreso deberá presentarse certificado acreditativo firmado por el Secretario/a de la entidad solicitante. La estructura del proyecto como mínimo incluirá los apartados establecidos en el Anexo IV.
  • Importancia deportiva y repercusión social de la competición . Hasta un máximo de 25 puntos (se puntuará el criterio de mayor puntuación de cada uno de los siguientes
  • Importancia de la competición: (Se acreditará mediante el reglamento del campeonato) * Categoría absoluta ……………………………………………… ….. …… 10 puntos * Categoría inferior a la absoluta ………………………………… ………. 8 puntos * Máster o grupos de edad………………………………………..… …….. 6 puntos
  • Repercusión Social : (Se acreditará mediante el calendario oficial o certificado de la Federación correspondiente) * Competición de carácter internacional ……………………………. ….. 10 puntos * Competición de carácter nacional …………… …………………… ……. 8 puntos

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Base 4. Conceptos subvencionables y cuantía · eligible
    1. Tendrán la consideración de conceptos subvencionables los derivados de la organización y desarrollo del campeonato y de acuerdo con el proyecto y presupuesto de la actividad deportiva aceptado por este Ayuntamiento.
  • Base 4. Conceptos subvencionables y cuantía · eligible
    Concejalía de Deporte deportes@ayto-caceres.es 927 627 506 Se considerarán gastos subvencionables aquellos estrictamente neces arios que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria. Los gastos deben estar realizados entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2026, por lo que las justificaciones y/o facturas de gastos deben llevar fecha comprendida en este periodo de tiempo. En todo caso, se considera gasto subvencionable el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
  • Base 4. Conceptos subvencionables y cuantía · eligible
    Concejalía de Deporte deportes@ayto-caceres.es 927 627 506 Estratégicos de Subvenciones para el ejercicio 2026, para la misma actividad o paralelas del mismo proyecto deportivo. Sí serán compatibles con otras ayudas, subvenciones, recursos, etc. para la misma finalidad procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes pú blicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de los organismos internacionales, siempre que en ningún caso el importe de las subvenciones sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad con el art. 19.3 de la LGS.
  • Base 4. Conceptos subvencionables y cuantía · eligible
    3. Cuantía de la Subvención. La cuantía total consignada presupuestariamente para estas subvenciones es de CINCUENTA MIL EUROS // 50.000,00.- €//, previsto s en la partida presupuestaria 20/341/48900. Para esta cuantía existe consignación presupuest aria suficiente, según informe de la Intervención Municipal, de fecha 15 de septiembre de 2026, retención de crédito núm.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El Excmo. Ayuntamiento de Cáceres convoca ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para Federaciones o Entidades organizadoras de Campeonatos de España oficiales o superiores, pruebas pertenecientes a los mismos o Campeonatos no oficiales en los que participe la selección nacional de cualquier modalidad deportiva durante 2026 , destinadas a la financiación de su organización, posicionando así a la ciudad de Cáceres como sede de eventos deportivos de calidad, reforzando su proyección con el nombramiento como Ciudad Europea del Deporte 2026. Permisos: La subvención otorgada por el Ayuntamiento de Cáceres al amparo de la presente convocatoria no implica en ningún caso la autorización para el desarrollo de la actividad subvencionada. Por ello, en el supuesto de tratarse de actividades deportivas que impliquen ocupación de vías públicas, usos de instalaciones deportivas municipales y obtención de autorizaciones previas a su celebración, la entidad organizadora deberá presentar la documentación exigible en cada caso, independientemente a la documentación presentada para la obtención de la subvención.