Personas jurídicasES422 - Ciudad Real

Subvenciones a municipios de la provincia de Ciudad Real para el sostenimiento agrupado del puesto de Secretaría -Inter · 2026

Título oficial: Convocatoria de Subvenciones a municipios de la provincia de Ciudad Real para el sostenimiento agrupado del puesto de Secretaría -Intervención 2026.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 60.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estatutos de la agrupación de municipios.
  • Copia de la resolución autonómica por la que se constituye la agrupación.
  • Certificación comprensiva de las retribuciones del puesto de trabajo ( anexo II).
  • Copia del acta de toma de posesión del funcionario que desempeñe el puesto de trabajo Los municipios que hayan concurrido a convocatorias anteriores y no hayan variado su situación, no vendrán obligados a presentar la documentación de las letras a ) y b) anteriores, conforme a la previsión del
  • Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron, ajustándose a la normativa de aplicación (anexo III).
  • Relación clasificada firmada por el Secretario-Interventor o Interventor y el Tesorero de los gastos del programa subvencionado, con identificación del acreedor y del documento, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago (anexo IV).
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad, o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto (anexo V).
  • Certificación acreditativa de que los documentos que integran la cuenta justificativa se custodian en la entidad beneficiaria, y se encuentran a disposición de la Diputación Provincial a los efectos del control financiero de las subvenciones (anexo VI).
  • En su caso, carta de pago del reintegro, si se hubiera producido. La entidad solicitante se responsabiliza de la veracidad de los documentos que presenten a todos Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 7 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: VGxdWCmLbFwKC8Bp5KgH Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 28/10/2026 09:48:33 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 29/10/2026 09:20:38 El documento consta de 16 página/s. Página 7 de 16
  • JUNTA DE GOBIERNO los efectos legales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.7) de la LPAC. El órgano gestor comprobará, a través de las técnicas de muestreo, en un porcentaje no inferior al 10%, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes de gasto y pago seleccionados. El plazo de presentación de la justificación finaliza el día 1 de marzo de 2027. Con carácter excepcional, previa solicitud motivada de la entidad beneficiaria que se habrá de presentar por vía telemática siguiendo el procedimiento previsto en el manual denominado Subsanación o Modificación de una Solicitud – Ayuntamientos disponible en la sede electrónica provincial, antes de la finalización del plazo indicado, se podrá autorizar la ampliación de éste,y sin que tal ampliación pueda exceder de un mes.
  • DECIMOTERCERA.- SEGUIMIENTO Y CONTROL. Los servicios técnicos de la Diputación Provincial podrán realizar labores de asesoramiento, comprobación e inspección de las actividades y/o servicios en cualquier momento, debiendo la entidad beneficiaria aportar las aclaraciones y documentación que se consideren oportunas. Todas las entidades beneficiarias de la subvención deberán custodiar a disposición del servicio gestor por plazo de cuatro años los documentos originales que hubieran sido escaneados y presentados por medios electrónicos en cualquiera de las fases y trámites del expediente conforme a lo indicado en los apartados 3 a 7 del artículo 28 de la LPAC.
  • DECIMOCUARTA.- SERVICIO GESTOR. Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 8 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: VGxdWCmLbFwKC8Bp5KgH Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 28/10/2026 09:48:33 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 29/10/2026 09:20:38 El documento consta de 16 página/s. Página 8 de 16
  • DECIMOQUINTA.- RECURSOS. Contra la resolución de la convocatoria, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la fecha de su notificación, o bien impugnarl a directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses contados desde el mismo día indicado. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente o se crea conveniente. Cualquier recurso que se presente en relación con la convocatoria o la subsiguiente tramitación del expediente deberá presentarse en el Registro Electrónico de la Diputación de Ciudad Real de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 40/2015, de 1 de octubre.
  • Solicita la concesión de subvención, conforme a las bases de la referida convocatoria, por importe de ………….. euros.
  • Copia del acta de toma de posesión del funcionario que desempeñe el puesto de trabajo

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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