CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEL TERCER SECTOR DEL ÁMBITO SOCIAL

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MIJAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 850.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • EXPONE  Que en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga se ha publicado convocatoria relativa a la Concesión de Subvenciones a Entidades del Tercer Sector del ámbito social correspondiente al ejercicio 2026.  Que se encuentra interesado/a en obtener las ayudas ofrecidas por el Ayuntamiento de Mijas (Área de Servicios Sociales) a los efectos de desarrollar el
  • Informe Propuesta CONVOCATORIA para A. Jca.
  • - Aparecen regulados en el art. 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
  • En aquellos casos en los que, de acuerdo con los artículos 87 a 89 del Tratado Constitutivo de la Unión Europea, deban comunicarse los proyectos para el establecimiento, la concesión o la modificación de una subvención, las Administraciones públicas o cualesquiera entes deberán comunicar a la Comisión de la Unión Europea los oportunos proyectos de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los términos que se establezcan reglamentariamente, al objeto que se declare la compatibilidad de las mismas. En Página 2 de 6
  • estos casos, no se podrá hacer efectiva una subvención en tanto no sea considerada compatible con el mercado común.
  • Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en esta ley.
  • Las bases reguladoras de cada tipo de subvención se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado" o en el diario oficial correspondiente.
  • Adicionalmente, el otorgamiento de una subvención debe cumplir los siguientes
  • La competencia del órgano administrativo concedente.
  • La existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención.
  • La tramitación del procedimiento de concesión de acuerdo con las normas que resulten de aplicación.
  • La fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico, en los términos previstos en las leyes.
  • La aprobación del gasto por el órgano competente para ello. Por su parte, el art. 17 determina que “ Las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se deberán aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones ”, añadiendo en su apartado 3 el
  • Definición del objeto de la subvención.
  • Requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención y, en su caso, los miembros de las entidades contempladas en el apartado 2 y segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley; diario oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria, por conducto de la BDNS (*), una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación; y forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes.
  • Condiciones de solvencia y eficacia que hayan de reunir las personas jurídicas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 12 de esta ley.
  • Procedimiento de concesión de la subvención.
  • Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y, en su caso, ponderación de los mismos.
  • Cuantía individualizada de la subvención o criterios para su determinación.
  • Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención y el plazo en que será notificada la resolución.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Por su parte, el art. 31 de la misma norma establece al regular los gastos elegibles que: · eligible
    Por su parte, el art. 31 de la misma norma establece al regular los gastos elegibles que:
  • Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta ley, aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    diferentes bases reguladoras de las subvenciones . Cuando no se haya establecido un plazo concreto, los gastos deberán realizarse antes de que finalice el año natural en que se haya concedido la subvención. En su consecuencia, no existe inconveniente para que la actividad objeto de subvención se encuentre ya realizada; sin que ello implique que la subvención lo sea con carácter retroactivo pues la eficacia de la resolución por la que la misma se conceda operará a partir de su dictado, comprometiendo gastos del ejercicio de concesión y no de anteriores.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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