subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro del municipio de Benidorm con destino a actividades para la atención integr · 2026

Título oficial: Convocatoria de subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro del municipio de Benidorm con destino a actividades para la atención integral a las mujeres, la prevención de la violencia de género y el fomento del asociacionismo femenino, anualidad 2026

Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas, a entidades sin ánimo de lucro del municipio de Benidorm para coadyuvar a los gastos derivados de la organización y realización de actividades para la atención integral a las mujeres, la prevención de la violencia de género y el fomento del asociacionismo femenino, a ejecutar del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BENIDORM.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que se encuentren dadas de alta en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Benidorm, como mínimo seis meses antes de la publicación de estas bases.
  • Que tengan su sede social o delegación estable, activa y abierta al público en el municipio de Benidorm.
  • No estar inclusas en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, o en su caso, haber suscrito convenio de fraccionamiento o aplazamiento de deudas con la Administración correspondiente.
  • Estar al corriente de sus obligaciones notificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, respecto del Ayuntamiento de Benidorm, derivadas de cualquier ingreso.
  • Haber justificado cualquier subvención concedida por este Ayuntamiento en la anualidad 2025, o haber formalizado renuncia expresa a la subvención concedida, con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la presentación de los justificantes de gastos.
  • A la SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN se acompañará la siguiente documentación:
  • Copia del DNI en vigor de la persona que solicita y representa a la Entidad.
  • Copia del CIF de la Entidad.
  • Copia de los Estatutos de la Entidad actualizados y adaptados a la normativa vigente, o acreditación de encontrarse en trámites de adaptación de los mismos.
  • En su caso, acreditaciones en igualdad de oportunidades.
  • Ficha de Alta/Modificación de Terceros, en el caso de que la entidad no haya recibido subvención del Ayuntamiento con anterioridad o si ha modificado sus datos bancarios, según modelo en la Sede Electrónica del Ayuntamiento. Si la asociación concurrió en el ejercicio pasado y no ha habido modificaciones, no presentará la documentación que figura en los apartados 3, 4, 5 y 7. Con independencia de la documentación anteriormente señalada, el área de Igualdad podrá solicitar la ampliación de los datos que resulten necesarios para la adecuada valoración de la solicitud y la correcta evaluación de la subvención que, en su caso, pueda otorgarse.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Ejecutar el objeto de la subvención bajo su exclusiva responsabilidad, por lo que el Ayuntamiento de Benidorm quedará exento de cualquier responsabilidad civil, mercantil, laboral o de cualquier otra naturaleza.
  • Comunicar con anterioridad a su ejecución, las modificaciones que pudieran producirse en relación con el proyecto o actividad solicitada que varíen respecto a lo inicialmente presentado.
  • Comunicar cualquier cambio que modifique o altere los datos consignados en la solicitud y en la documentación anexa, respecto a la entidad solicitante.
  • Comunicar la concesión de otras subvenciones o ingresos destinados al mismo concepto subvencionado. Esta comunicación deberá hacerse por escrito y siempre antes de finalizar el plazo de justificación.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o, en su caso, con lo establecido en el convenio de fraccionamiento o aplazamiento de deudas con la administración correspondiente.
  • Estar al corriente, en el momento de la concesión, de sus obligaciones notificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, respecto del Ayuntamiento de Benidorm, derivadas de cualquier ingreso.
  • Facilitar cuanta información le sea requerida por el Ayuntamiento de Benidorm en relación al objeto de la subvención, sin perjuicio de la confidencialidad exigible.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables. Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos: · eligible
    Gastos subvencionables. Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos:
  • Sexta. - ÁREAS DE ACTUACIÓN Y GASTOS EXCLUIDOS. · ineligible
    Los consistentes en la realización de actividades con una finalidad únicamente lúdica y/o festiva.
  • Sexta. - ÁREAS DE ACTUACIÓN Y GASTOS EXCLUIDOS. · ineligible
    Las actividades deportivas oficiales federadas y/o de carácter rehabilitador y/o terapéutico incluidas en otras líneas de subvención de este Ayuntamiento.
  • Sexta. - ÁREAS DE ACTUACIÓN Y GASTOS EXCLUIDOS. · ineligible
    Gastos excluidos. Quedan excluidos de la presente convocatoria los siguientes gastos:
  • Sexta. - ÁREAS DE ACTUACIÓN Y GASTOS EXCLUIDOS. · ineligible
    Almuerzos, cenas, vinos de honor y similares, con carácter exclusivo.
  • Sexta. - ÁREAS DE ACTUACIÓN Y GASTOS EXCLUIDOS. · ineligible
    Financiación de inversiones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas, a entidades sin ánimo de lucro del municipio de Benidorm para coadyuvar a los gastos derivados de la organización y realización de actividades para la atención integral a las mujeres, la prevención de la violencia de género y el fomento del asociacionismo femenino, a ejecutar del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.