las subvenciones a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, para el control y cuidado de la población de las coloni…

Título oficial: Convocatoria de las subvenciones a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, para el control y cuidado de la población de las colonias felinas de la ciudad de Barcelona

El objeto de ésta convocatoria ordinaria es la concesión de subvenciones mediante concurrencia pública competitiva destinada a personas jurídicas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de las tareas de control y gestión de la población de las colonias felinas, de acuerdo con las prescripciones técnicas del Anexo I.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 160.000,00 €. Inicio: 05/03/2026. Plazo: Fin: 01/04/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Pueden ser solicitantes de las subvenciones a las que se refiere ésta convocatoria las personas jurídicas que vayan a realizar la actividad prevista para su otorgamiento con las particularidades que se concreten en la presente convocatoria. Los requisitos exigibles a las personas jurídicas beneficiarias, y que deben acreditarse
  • Ser entidades sin finalidad de lucro, constituidas y activas en el marco de la protección de los gatos comunitarios.
  • Tener sede social o delegación en el término municipal de Barcelona.
  • Tener, de acuerdo con sus estatutos o normas reguladoras, objetivos y finalidades que coincidan con el objeto y las finalidades de éstas subvenciones.
  • Haber justificado, en el plazo previsto, cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Barcelona y sus entidades municipales.
  • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales con el Ayuntamiento de Barcelona y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como con la Tesorería de la Seguridad Social, y de las
  • No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas discriminatorias por razón de sexo o de género y según la Ley 17/2015, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias en materia de protección, tenencia y venta de animales.
  • Comunicar al Ayuntamiento en la forma en que se haya determinado, de acuerdo con la Ley 19/2014, de 29 de Diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas.
  • El ámbito de la presente convocatoria es la ciudad de Barcelona, y que se divide en once zonas territoriales que se presentan en el capítulo II del Anexo I. Las entidades solicitantes están obligadas a participar como mínimo en dos zonas y deberán presentar una solicitud para cada zona con el correspondiente proyecto.
  • Los proyectos/actividades deben contemplar los siguientes requisitos:
  • Que el proyecto tenga objetivos y finalidades coincidentes con lo que se establece en ésta convocatoria.
  • Que las actividades que se desarrollen complementen la competencia municipal.
  • Que el proyecto y las actividades que se derivan se hagan en el término municipal de Barcelona, de acuerdo con las previsiones del Anexo I de la presente convocatoria.
  • Que las actividades que se hagan sean sin ánimo de lucro.
  • Que el proyecto presentado cuente con el reconocimiento de otras entidades y servicios del territorio de actuación.
  • Que las actividades programadas finalicen el 31 de Diciembre de 2026.
  • Que las solicitudes presentadas eviten el lenguaje sexista.
  • No se puede presentar un proyecto de la misma naturaleza en la convocatoria ordinaria de subvenciones.
  • PLAZO Y FORMA DE LA SOLICITUD Plazo: El plazo para presentar las solicitudes se abrirá a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y finalizará a los 20 días hábiles. Forma: De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todas las personas jurídicas deben presentar obligatoriamente la solicitud a través de la web del Ayuntamiento (http://www.bcn.cat/tramits), utilizando los formularios específicos de la convocatoria y siguiendo las instrucciones indicadas en éste portal de trámites. Todos los trámites asociados a la solicitud, aportación de documentación, justificación u otros

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de ésta convocatoria ordinaria es la concesión de subvenciones mediante concurrencia pública competitiva destinada a personas jurídicas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de las tareas de control y gestión de la población de las colonias felinas, de acuerdo con las prescripciones técnicas del Anexo I.