Convocatoria subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a los Ayuntamientos de la Provincia de Ávila con más de 700 y menos de 20.000 habitantes, para incentivar las actividades de ocio alternativo diseñadas con finalidad preventiva.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES411 - Ávila. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán resultar beneficiarios de esta línea de subvención: Ayuntamientos de la provincia que por sí sólo, tengan más de 700 y menos de 20.000 habitantes, de acuerdo con el último padrón municipal. Ayuntamientos de la provincia que presentan solicitud de manera conjunta con otros ayuntamientos, siendo la suma resultante de su último padrón municipal superior a 700 y menor de 20.000 habitantes No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos Ayuntamientos en quienes concurran algunas de las circunstancias establecidas en el artículo. 13, apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • CRÉDITO PRESUPUESTARIO El importe total de las ayudas que se concedan no podrá exceder del crédito que se consigne en el Presupuesto Ordinario de la Diputación, ejercicio 2026, se hará con cargo a la partida 2310/ La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
  • 3 Avda. Juan Pablo II, n.º 20 05003 Ávila. España. Tel. (+34) 920 257 474 www.diputacionavila.es En ningún caso el importe total de las ayudas podrá ser superior a los límites señalados, ni exceder de la disponibilidad presupuestaria existente.
  • El proyecto presentado incluya la realización de alguna actuación de prevención de consumo que se recoge en el Plan Provincial sobre Drogas y/o ya se ha realizado por parte del ayuntamiento antes del momento de la solicitud en el año 2026.
  • La puntuación obtenida en el apartado de fundamentación del proyecto, objetivos y actividades a realizar, acordes la prevención del consumo de drogas a través de l ocio saludable. Serán seleccionados como beneficiarios de la presente convocatoria de subvención, las 16
  • SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN La solicitud de subvención deberá de presentarse de forma telemática, de conformidad con el
  • APORTACIÓN DE DOCUMENTOS). Toda documentación que se deba de presentar con la justificación deberá de ir debidamente cumplimentada y firmada según modelos de esta convocatoria, NO SE ADMITIRÁN MODELOS
  • Documentos a presentar para la justificación:
  • A nexo VI (Memoria económica justificativa) con el Vº Bº del Alcade/sa y firmada por el
  • 1. En la cual el cual se certifica que:
  • 9 Avda. Juan Pablo II, n.º 20 05003 Ávila. España. Tel. (+34) 920 257 474 www.diputacionavila.es Se ha destinado la subvención a la finalidad que fue concedida El importe total de los pagos realizados. Ayuntamiento se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No se han percibido más subvenciones para la misma finalidad, o que el importe de la subvención concedida por la Diputación de Ávila, junto con otras concedidas no supera el 100% del gasto realizado (adjuntar, en su caso, copia de la resolución de otras subvenciones que se hubieran percibido para la misma finalidad). Que se ha cumplido lo previsto en los artíc ulos 29, 30 y 31 de la Ley General de Subvenciones.
  • 2. En él se detallará la siguiente relación de gastos y su descripción (Nóminas y seguros sociales, facturas originales o copias compulsadas de las mismas, emitidas a los Ayuntamientos), indicando la fecha del gasto, la fecha de pago, el importe pagado- justificado y el número de factura . L a fecha límite de emisión y de pago de las facturas, será el 14 de noviembre. En el caso de ser una empresa la que presta el servicio, especificar los días de realización también el en concepto facturado; no será subvencionable si la empresa que factura, tiene una actividad que no es acorde al gasto subvencionado.
  • 3. Solo se admitirán los documentos justificativos de gastos que sean completos, es decir, que figure el número de factura, la fecha de emisión, los datos del emisor, concepto detallado. Se incluirán los datos de la entidad obligada al pago de dichos conceptos.
  • Justificante de pago efectuado. Copia compulsada del adeudo bancario o del movimiento bancario si el pago se hubiera realizado por cheque o transferencia bancaria.
  • Anexo VII Memoria justificativa de las actividades del proyecto: la memoria debe de estar bien r edactada, detallada y acorde al proyecto presentado para ser tenida en cuenta.
  • Anexo VIII. Archivo excel, recogida de datos. Se debe presentar en formato Excel.
  • Dosier de las actividades realizadas: Archivo en formato pdf, en el cual se recojan de
  • 10 Avda. Juan Pablo II, n.º 20 05003 Ávila. España. Tel. (+34) 920 257 474 www.diputacionavila.es Si se han utilizado redes sociales, se adjuntará captura de pantalla de cada una de las publicaciones realizadas en cada red social. El documento acreditativo del gasto y el justificante del pago efectuado del mismo, deben de ir correlativos en el archivo que se adjunte y en formato PDF. Si del examen de la documentación justificativa, remitida en plazo, se dedujera que la misma es incompleta, se requerirá por una sola vez al interesado, otorgándole un plazo de diez días para la subsanación de las deficiencias detectadas. Vista la documentación y previa fiscalización se procederá a aprobar la justificación y abonar la subvención. Si de la documentación justificativa remitida por el Ayuntamiento se dedujera que se ha producido un gasto menor , la subvención se modificará adecuándose la cuantía de la misma al menor gasto producido.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA El plazo de presentación de la citada documentación justificativa finaliza el día 20 de noviembre de 2026, siendo este plazo improrrogable, y podrá realizarse por l os medios establecidos en el
  • Y DECLARA Que dicha entidad no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias recogida en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario para la Convocatoria de subvenciones mediante régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades de carácter cultural. En a de de Fdo: Alcalde/Alcaldesa

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social