CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN RÉGIMEN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DE APOYO PARA LA…

Título oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN RÉGIMEN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DE APOYO PARA LA INCLUSIÓN DE NIÑOS, ADOLESCENTES Y JÓVENES CON DIVERSIDAD FUNCIONAL EN ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 26-27

Regular las subvenciones económicas destinadas a facilitar la contratación de personal de apoyo con el fin de favorecer la participación y la inclusión de niños, adolescentes y jóvenes menores de 21 años (en el momento de presentar la solicitud) residentes en Vilanova y la Geltrú, con discapacidad reconocida, en las actividades extraescolares que se desarrollen durante el curso académico 2026-2027 fuera del horario lectivo y con el objetivo de complementarlo…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Jóvenes, Familias e infancia, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Jóvenes, Familias e infancia, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 18.148,73 €. Inicio: 05/10/2026. Plazo: Fin: 19/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que el padre, madre o tutor/a legal figure empadronado en Vilanova y la Geltrú, excepto en los casos amparados por la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El Ayuntamiento realizará las comprobaciones oportunas.
  • Que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Excepcionalmente, si no disponen de valoración y están siendo atendidos por alguno de los siguientes servicios públicos: Centro de Desarrollo Infantil y Atención Precoz (CDIAP), Centro de Recursos Educativos para Deficientes Auditivos (CREDA), Centro de Salud Mental Infantil y Juvenil (CSMIJ) o Equipo de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP), deberá aportarse un informe emitido por dicho servicio indicando el tipo de apoyo requerido (total o parcial). Tipología de discapacidad
  • Discapacidad física (motora y no motora).
  • Discapacidad sensorial (auditiva y visual).
  • Discapacidad de la comunicación y del habla.
  • Discapacidad derivada de trastorno mental. Se subvencionará un máximo de 3 horas semanales de actividad extraescolar, pudiendo repartirse entre una o varias actividades organizadas por diferentes entidades o empresas.
  • PERÍODO DE EJECUCIÓN Las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria deberán destinarse a los conceptos subvencionables que se lleven a cabo durante los años 2026 y 2027.
  • PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Las ayudas se concederán mediante procedimiento de concurrencia competitiva. La convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB). Esta última publicación se efectuará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones del Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú, o bien una empresa privada legalmente constituida que contrate monitores/as de apoyo para las actividades extraescolares.
  • Tener una sede en la ciudad de Vilanova i la Geltrú o un centro de actividad en la ciudad.
  • Realizar la actividad dentro del término municipal.
  • Que las actividades extraescolares organizadas y que requieran de monitores/as de apoyo estén dirigidas, con carácter general, a menores de 18 años y, en el caso de niños, adolescentes y jóvenes con diversidad funcional, a menores de 21 años.
  • No tener ninguna deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento, ya sea derivada de ingresos de derecho público o de derecho privado. El Ayuntamiento realizará las comprobaciones oportunas. Este requisito deberá mantenerse durante todo el procedimiento y hasta el momento del pago de la subvención, una vez justificada la subvención concedida.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Este requisito deberá mantenerse durante todo el procedimiento y hasta el momento del pago de la subvención. a. La entidad o empresa solicitante podrá autorizar al Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú a consultar o recabar, a través de Via Oberta, los documentos necesarios ante la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social para la tramitación de la subvención. Esta autorización se concede exclusivamente a los efectos de este procedimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. b. En caso de no autorizar dicha consulta, la entidad o empresa estará obligada a presentar un certificado oficial y actualizado acreditativo de que no tiene deudas con la Agencia Tributaria ni con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • No recibir, para la misma finalidad, una subvención concedida por otras entidades o administraciones.
  • Que la entidad o empresa solicitante, mediante la presentación del formulario
  • Que cumple todos los requisitos y obligaciones establecidos en las Bases y en la Convocatoria de subvenciones destinadas a empresas y entidades contratantes de monitores/as de apoyo para actividades de educación en el tiempo libre para la inclusión de niños, adolescentes y jóvenes con diversidad funcional de Vilanova y la Geltrú, así como la normativa legal vigente en cada momento aplicable al tipo de actividad de ocio que realice.
  • Que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Que no tiene deudas con el Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú.
  • Que no recibe, para la misma finalidad, una subvención concedida por otras entidades o administraciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Regular las subvenciones económicas destinadas a facilitar la contratación de personal de apoyo con el fin de favorecer la participación y la inclusión de niños, adolescentes y jóvenes menores de 21 años (en el momento de presentar la solicitud) residentes en Vilanova y la Geltrú, con discapacidad reconocida, en las actividades extraescolares que se desarrollen durante el curso académico 2026-2027 fuera del horario lectivo y con el objetivo de complementarlo. Las empresas o entidades contratantes de monitores/as de apoyo para actividades de educación en el tiempo libre podrán solicitar una subvención para cubrir parte del coste del personal de apoyo de aquellos niños, adolescentes y jóvenes inscritos en sus