CONVOCATORIA SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES CULTURALES, AMPAS 2026

Las presentes subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Antigua (B.O.P…

En resumen: Está orientada a AMPAS, Asociaciones culturales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES704 - Fuerteventura. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA.

● Cerrada

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Qué necesitas

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, así como no estar incurso en alguna de las situaciones contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias (hacienda estatal y autonómica) y Cód. Validación: 72YDKC9XYYWD3JRCSQCH9W7T9 Verificación: https://antigua.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 17
  • Tener la sede física en el municipio de Antigua.
  • Tener domicilio fiscal y social en el municipio de Antigua.
  • Tener actividad cultural propia.
  • Disponer de cuenta bancaria propia a nombre de la entidad solicitante.
  • Inscripción en los Registros de Asociaciones y Fundaciones con fecha actual.
  • Acreditar carecer de ánimo de lucro.
  • documentation
    Presidente/a, concejal/a de Cultura o persona en quien delegue
  • documentation
    Vocal, un representante del Ayuntamiento
  • documentation
    Secretario/a, un funcionario/a del Ayuntamiento Dicho órgano podrá solicitar los informes que considere convenientes.
  • Realizar la actividad, proyecto o programa que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el órgano concedente, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control, aportando cuanta información le sea requerida.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Mencionar la participación del Ayuntamiento de Antigua en la financiación de la actividad en toda la documentación gráfica, audiovisual y cartelería que se edite, incluyendo en la misma el escudo de la Corporación.
  • Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • justification
    La justificación de la realización de la actividad, conforme al fin para el que fue concedida la subvención, se deberá realizar por las cuantías y conceptos totales del presupuesto de gastos e ingresos presentado en la solicitud de subvención, y de conform idad con lo que
  • justification
    -Una memoria descriptiva en la que se detalle el cumplimiento de la finalidad que motivó la concesión de la ayuda y la aplicación de los fondos recibidos, con indicación de las actividades realizadas, acompañando recortes de prensa, programas, carteles anunciadores, así como cuanta documentación gráfica y escrita se haya elaborado referente a la actividad subvencionada.
  • justification
    - Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que

Gastos y actuaciones

  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Programas dirigidos a niños/as, jóvenes, mayores, proyectos de dinamización y animación sociocultural.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Publicaciones.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Actividades con fines culturales o educativas.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Compra de material informático, audiovisual y musical.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Vestimenta de las agrupaciones folclóricas, así como sus complementos.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Material fungible relacionado con las actividades a realizar.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos derivados de la contratación de personal cualificado para la preparación y/o ejecución de los proyectos y programas subvencionables.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Material discográfico.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Compra de mobiliario.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    No será subvencionable productos alimenticios y bebidas y vestuario de carnaval.
  • Artículo 14.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos derivados de la contratación de personal cualificado para la preparación y/o Cód. Validación: 72YDKC9XYYWD3JRCSQCH9W7T9 Verificación: https://antigua.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 17

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las presentes subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Antigua (B.O.P. Las Palmas de 09.04.08) y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. La presente convocatoria tiene por objeto el establecimiento de las normas que han de regular la concesión de subvenciones a asociaciones socioculturales sin ánimo de lucro pertenecientes al municipio de Antigua, entendiéndose como tales las vecinales, culturales, colectivos, fundaciones y AMPAS, con la finalidad de contribuir a la financiación de aquellas actividades que redunden en beneficio del Municipio y de sus habitantes. Esta convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una relación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en esta convocatoria. En caso de que las solicitudes presentadas no superen la consignación presupuestaria prevista no se establecerá esta prelación, concediéndose las subvenciones siempre que reúnan los requisitos exigidos.