CONVOCATORIA SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN DE LOS BONOS CONSUMO SAX 2026

El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento y condiciones para el otorgamiento en régimen de concesión directa por razón de interés público, social y económico, los denominados “Bonos Consumo Sax 2026”, realizadas por el Ayuntamiento de Sax a modo de disposiciones dinerarias (bonos) a favor de las personas mayores de 18 años que dispongan de DNI o NIE y estén empadronados en Sax; a través de la adquisición, mediante una plataforma de gestión, de bonos-descuento canjeables en los establecimientos adheridos, y destinados a la compra de bienes en los mismos…

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAX.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 188.337,00 €. Inicio: 09/11/2026. Plazo: Fin: 13/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas ciudadanas que quieran beneficiarse de esta convocatoria deberán obtener
  • De forma on-line, a través de su registro en la plataforma digital habilitada para ello.
  • Compra de bienes por una cuantía mínima de 20 euros IVA incluido.
  • Los bonos no pueden ser canjeados por dinero en metálico y su importe no será en ningún caso devuelto.
  • Compras realizadas en establecimientos adheridos radicados en Sax que se encuentre publicitados como tales en la plataforma de gestión de esta campaña, para lo cual deberán cumplir los requisitos enumerados en la base 9.
  • Compras realizadas desde la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sax http://bonosconsumosax.es, en la citada plataforma digital, de las empresas adheridas a la campaña, hasta el día 13 de diciembre de 2026 como fecha FIN DE CAMPAÑA. Transcurrido dicho plazo, los bonos quedarán sin efecto y serán devueltos al Ayuntamiento de Sax, no pudiendo ser consumidos.
  • Las personas que adquieran el “Bono Consumo Sax 2026”, podrán canjearlo en cualquiera de los establecimientos adheridos, realizando una compra por el doble de su valor. A los establecimientos adheridos, la persona beneficiaria les abonará la diferencia entre el valor real y el valor monetario del bono. En el momento del canje del bono, el comprador/a mostrará su DNI o NIE al establecimiento adherido para que éste pueda asegurar su correspondencia con el bono. Las personas beneficiarias de la subvención estarán sometidas a las siguientes
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control.
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones recogidas en las presentes normas. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y eventualmente a su revocación.
  • Reintegrar los fondos recibidos en caso de no cumplir con los requisitos y condiciones y obligaciones establecidas en las normas, así como los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones (LGS), y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la LGS.
  • cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención. La adquisición del bono-descuento se realiza a través de la plataforma de gestión. Los bonos-descuento únicamente se podrán canjear en los establecimientos adheridos a la plataforma. Debido al control municipal de los establecimientos, el beneficiario (usuario de la plataforma que adquiere bonos) no debe justificar el cumplimiento de la finalidad de la disposición dineraria. Debe ser el establecimiento quien debe introducir la información del bono para poder indicar que se ha hecho la compra.
  • - Los establecimientos tienen acceso a una herramienta del sistema para validar e introducir los bonos, quedando éstos, asociados a su negocio para el posterior cobro que el Ayuntamiento de Sax. De esta forma, cada vez que el cliente pague parte de su compra con el bono, el comercio introducirá el código del bono en el sistema, quedará asociado a su negocio y no podrá volver a ser utilizado.
  • - El usuario administrador del Ayuntamiento dispondrá de un mecanismo proporcionado por el sistema que le permitirá exportar la información para poder conocer los bonos que se han emitido, los canjeados y sobre qué establecimiento se han utilizado, así como la información relevante de la transacción. De esta manera, quedará justificada la ayuda recibida por las personas beneficiarias.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento y condiciones para el otorgamiento en régimen de concesión directa por razón de interés público, social y económico, los denominados “Bonos Consumo Sax 2026”, realizadas por el Ayuntamiento de Sax a modo de disposiciones dinerarias (bonos) a favor de las personas mayores de 18 años que dispongan de DNI o NIE y estén empadronados en Sax; a través de la adquisición, mediante una plataforma de gestión, de bonos-descuento canjeables en los establecimientos adheridos, y destinados a la compra de bienes en los mismos. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.