Subvenciones para el Desarrollo y Fomento de la Actividad Deportiva en la Ciudad de Cáceres, temporada 2.025/26 (DEPORT…

Título oficial: Convocatoria de Subvenciones para el Desarrollo y Fomento de la Actividad Deportiva en la Ciudad de Cáceres, temporada 2.025/26 (DEPORTE BASE)

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÁCERES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 185.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que realicen alguna de las actividades referidas en la Base anterior.
  • Que se encuentren legalmente constituidas y federadas.
  • Que tengan su sede en el Municipio de Cáceres y, en el caso de entidades sin ánimo de lucro, deberán estar inscritas en el Registro de Entidades de Interés Municipal.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). Base: 3ª.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN.- DOCUMENTACIÓN Para optar a la s correspondientes subvenciones será necesario presentar, dentro del plazo concedido, solicitud firmada por el representante de la entidad, conforme al modelo 500 (Anexo I).
  • Documentación a presentar junto con la solicitud:
  • GENERAL.  Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, Ayuntamiento de Cáceres y con la Seguridad Social, incluida en el Modelo 500 (Anexo I ). El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación de conformidad con lo establecido en el art. 22.2b del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, po r el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.  Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario previstas en el
  • 1.-Modalidad A.  Certificado de la Federación acreditativ o del número de deportistas dentro de las categorías correspondientes objeto de subvención, pertenecientes al club solicitante e n la temporada 2025/26 o al año natural 20 26 para aquellos deportes que se desarrollen por años naturales, conforme al Modelo 502 (Anexo III).  Listados de deportistas por lo s/as que se solicita subvención, según Modelo 501 (Anexo II), tal y como conste en el Certificado de la Federación correspondiente, que incluirá la modalidad o especialidad deportiva , la categoría y nombre, apellidos, fecha nacimiento y género de los/as deportistas.  Documentación acreditativa necesaria y/o complementaria para su puntuación, a efectos de la justificación del cumplimiento de cada uno de los criterios de valoración para la modalidad “A” establecidos en la Base 9ª de esta convocatoria. Esta documentación debe presentarse por aquellas entidades que cumplan con estos criterios y quieran puntuar por ellos, por lo que no será motivo de subsanación de la solicitud.
  • - Definición de categorías por edad Al objeto de establecer las categorías de los /as jugadores/as, con independencia de la denominación del equipo en cada federación deportiva, estos se
  • PREBENJAMINES O IN ICIACIÓN: jugadores con edad de 6 y 7 años, cumplidos en el año 2025 e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2019 y 2018.
  • BENJAMINES: jugadores con edad de 8 y 9 años, cumplidos en el año 2025 e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2017 y 2016.
  • ALEVINES: jugadores con edad de 10 y 11 años, cumplidos en el año 202 5 e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2015 y 2014.
  • INFANTILES: jugadores con edad de 12 y 13 años, cumplidos en el año 202 5 e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2013 y 2012.
  • CADETES: jugadores con edad de 14 y 15 años, cumplidos en el año 2025 e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2011 y 2010
  • JUVENILES: jugadores con edades comprendidas entre 16 y 17 años cumplidos en el año 2025. Nacidos en los años 2009 y 2008.
  • JUNIOR: jugadores con edades comprendidas entre 18 y 19 años cumplidos en el año 2025. Nacidos en los años 2007 y 2006. Los/as deportistas con alguna discapacidad podrán exceder estas bandas de edad en sus límites inferior y superior. La inclusión en estas categorías se hará en base a sus capacidades, obviando la edad cronológica.
  • - Límites del importe de la subvención De conformidad con el artículo 19.3 de la LGS, e l importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Si determinada la cuantía de la subvención conforme a las normas establecidas en l as bases de esta convocatoria, é sta fuera superior al coste de la actividad, se reducirá hasta este límite. *El Ayuntamiento de Cáceres podrá inspeccionar y recabar en cualquier momento la información correspondiente, tendente a asegurarse de que se está cumpliendo el fin al cual se destina la subvención.
  • - Definición de temporada Se define como temporada el periodo máximo compr endido entre el 1 de Septiembre de 2025 y el 30 de Junio de 20 26. No obstante lo anterior, la temporada comprenderá el periodo establecido por el calendario federativo de la propia competición objeto de subvención o sus fases deportivas oficiales posteriores. Para aquellos deportes cuya tempora da no coincida con el periodo 202 5/26, sino que se desarrollen en años naturales, serán objeto de subvención los deportistas con licencia federada vigente en el año 2026. Los gastos que se justifiquen se corresponderán con los periodos comprendidos en los párrafos anteriores en cada uno de los casos.
  • - Definición de liga regular Al objeto de esta convocatoria , se define como liga regular aquellas competiciones deportivas en las que cada uno de los equipos inscritos ha n de jugar contra todos los demás de su misma categoría y a doble vuelta, con una duración mínima que supere los dos meses entre la primera y última jornada/partido/encuentro. Para aquellas competiciones dentro de la modalidad “B” que no se disputen de conformidad con el párrafo anterior, no será aplicable los apartados B.1 y B.2 de la base 9ª.
  • - Incompatibilidad de subvenciones Las subvenciones concedidas en la modalidad A y B son incompatibles. Una misma entidad deportiva no podrá ser objeto de subvención p or un mismo deportista, en dos modalidades o categorías diferentes. Estas ayudas no serán compatibles con otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cáceres, a través de cualquier otra línea de ayudas de su s Planes Estratégicos de Subvenciones para competiciones de la temporada 2025/26. La presente subvención será compatible con otras ayud as tanto públicas como privadas. No obstante, la cantidad total de las subvenciones o ayudas percibidas en ningún caso podrá superar el déficit presupuestario presentado por la entidad deportiva. En ningún caso se concederán ayudas por el importe total presupuestado previsto en la base 5ª, si las circunstancias o el número de solicitudes así lo aconsejasen.
  • siguientes puntos:  La entidad deportiva deberá incluir en todos los soportes de comunicación corporativa o comercial utilizados por esta entidad (publicidad, documentos oficiales, folletos, página web, cartelería, etc.), que se realice de la actividad subvencionada los logotipos del Ayuntamiento de Cáceres y la leyenda “patrocinado por el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres”.  Lucir los logotipos establecidos por el Ayuntamiento de Cáceres en todas las equipaciones de competición, durante la temporada en la que participen las entidades solicitantes en el momento de la solicitud de subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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