Convocatória de subvenciones para dar apoyo al comercio y al producto de proximidad mediante la campaña "Bonos Mallorca · 2026

Título oficial: Convocatória de subvenciones para dar apoyo al comercio y al producto de proximidad mediante la campaña "Bonos Mallorca" para el año 2026.

El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las subvenciones de estímulo del comercio local y de los productos artesanos, ecológicos, con Denominación de Origen o Indicación Geográfica Protegida de Mallorca mediante los «Bonos Mallorca». Estos bonos de descuento se pondrán a disposición de los beneficiarios de las subvenciones (titulares de comercios y puntos de venta minorista autorizados) para que se apliquen a las ventas minoristas que hagan a los clientes que adquieren algunos de los productos que se detallan a la presente convocatoria.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES532 - Mallorca. La gestiona DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 800.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidas y tener la sede o domicilio fiscal en Mallorca.
  • En el caso de entidades de economía social, hacer constar la información de si tienen o no ánimo de lucro.
  • Disponer, a nombre suyo, de unas o más tiendas abiertas al público o puntos de venta autorizados, en la isla de Mallorca. E indicar en la solicitud de subvención que tiendas o puntos de venta harán la gestión de los bonos. No pueden ser beneficiarias las tiendas y comercios «on line».
  • Estar inscrita, si es el caso<A[pega|ocurre]>, en el registro oficial que corresponda, antes de la fecha de la solicitud de la subvención y disponer, si es el caso<A[pega|ocurre]>, de todas las autorizaciones administrativas para el ejercicio de su actividad.
  • Disponer, entre su catálogo de productos en venta de, como mínimo, alguna de las siguientes modalidades (y hacerlo constar a la solicitud de subvención):
  • Productos protegidos por alguna de las Denominaciones de Origen (DON) o Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) propias de la isla de Mallorca.
  • Productos con etiqueta de producto local y elaborados por productores mallorquines.
  • Productos elaborados por artesanos en posesión de cualquiera de las acreditaciones que concede la Dirección Insular de Comercio y Artesanía del Consejo Insular de Mallorca (Carta de Artesano, Carta de Maestro Artesano o Documento de Calificación Artesana)
  • Productos mallorquines con etiqueta ecológica que tengan la correspondiente certificación del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica (CBPAE)
  • Productos mallorquines que tengan la correspondiente certificación del Consejo Regulador de la Denominación Genérica de Agricultura Integrada.
  • Tener capacidad jurídica y de obrar; la actividad subvencionada tiene que tener cabida dentro del objeto o finalidad social del solicitante.
  • Estar al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones económicas con el Consejo Insular de Mallorca y sus organismos dependientes, y de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vendan impuestas por la normativa vigente.
  • Estar de alta (alta censal) al impuesto sobre actividades económicas (IAE) con indicación, si es el caso<A[pega|ocurre]>, del local (tienda) correspondiente y con un epígrafe de actividad y ámbito territorial que se adapte al establecido a la presente convocatoria.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el arte. 13.2 de la Ley 38/2003, general de subvenciones y el art. 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.
  • Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en el apartado 5 de esta convocatoria.
  • El resto que recoge la normativa en materia de subvenciones. No se pueden presentar dos solicitudes por diferentes personas o entidades para el mismo establecimiento comercial. En el caso de presentación de una nueva solicitud, sólo se tendrá en cuenta la última solicitud registrada.
  • 2. Personas adquirentes de los productos Asimismo se consideran beneficiarios indirectos de la convocatoria las personas físicas que, de forma presencial, adquieren cualquier producto a los que se aplique un bono de descuento. Tendrán que ser mayores de 16 años y estar domiciliados en cualquier municipio de la isla de Mallorca.
  • 4. Actuaciones subvencionables y cuantía de los descuentos Se subvencionará la compra (en las tiendas y puntos de venta autorizados, de los que sean titulares los beneficiarios de la subvención), de manera presencial, de los productos que aparecen al artículo 3.1 apartado e). mediante la utilización, por parte de los clientes (personas físicas), de un único tipo de bono de descuento, en formato digital, disponible en los mencionados establecimientos.
  • Cada bono de descuento tiene un valor nominal de veinte (20) euros. Y cada persona puede disponer de un máximo de cinco (5) bonos (siempre que no se hayan agotado los buenos totales disponibles), con un valor total de cien (100) euros.
  • Se pondrán a disposición de los clientes un máximo de cuarenta-mil (40.000) bonos, que se repartirán proporcionalmente entre las empresas y entidades beneficiarias de la subvención. De la totalidad de bonos<A[buenos|bonos]>, cinco mil (5.000) se repartirán entre los beneficiarios de que sean entidades sin ánimo de lucro y treinta y cinco mil (35.000) entre empresas, autónomos y entidades con ánimo de lucro. El número máximo de bonos<A[buenos|bonos]> que puede recibir cada beneficiario solicitante es de mil doscientos cincuenta (1250), que corresponden a 25.000 euros subvencionados para aplicar en descuentos al suyos clientes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las subvenciones de estímulo del comercio local y de los productos artesanos, ecológicos, con Denominación de Origen o Indicación Geográfica Protegida de Mallorca mediante los «Bonos Mallorca». Estos bonos de descuento se pondrán a disposición de los beneficiarios de las subvenciones (titulares de comercios y puntos de venta minorista autorizados) para que se apliquen a las ventas minoristas que hagan a los clientes que adquieren algunos de los productos que se detallan a la presente convocatoria.