Personas jurídicasES11 - GALICIA

Convocatoria de subvenciones de cooperación al desarrollo, ejercicio 2026.

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 400.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en la sección La (organizaciones no gubernamentales para el desarrollo) del Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el desarrollo creado por la Xunta de Galicia.
  • Acreditar una experiencia mínima de 2 años en el ámbito territorial de actuación para lo cual se solicita el proyecto.
  • Carecer de ánimo de lucro y no depender económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.
  • Tener entre sus fines institucionales expresos, segundo sus propios estatutos, la realización de actividades relacio-nadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos, cooperación social o actividades similares.
  • Disponer de estructura necesaria para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y acreditar una experiencia míni-ma de cuatro años realizando proyectos con la consecuente capacidad operativa para esto.
  • Haber justificado en plazo las subvenciones otorgadas en convocatorias anteriores por el Ayuntamiento de Santiago en materia de cooperación al desarrollo, estar al corriente del pago de los deberes por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
  • Estar al corriente de sus deberes tributarios con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Galicia, con la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Santiago, respectivamente.
  • No incurrir en prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de la subvención de conformidad con el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Presentar un proyecto que sea técnicamente viable.
  • Tener sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia y mantener la entidad abierta durante la ejecución del proyecto y hasta 1 año después de su finalización. Se entenderá por delegación permanente aquella que cuente con personal permanente de la organización y local hizo donde realicen sus actividades. Se tiene sede, domicilio social o delegación permanente en el término municipal de Santiago, en iguales condiciones establecidas para el caso de la Comunidad Autónoma en este punto, será esta delegación local a que asumirá la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y se comprometerá al mantenimiento de la documentación, a la contabilidad y cogestión del proyecto. En todo caso, se especificará claramente en la solicitud. Deberá acreditarse con justificantes de valor probatorio como recibos de servicios o equivalentes.
  • Compromiso de colaborar y participar, si había sido requerido para eslabón, con la Concejalía de Derechos y Ser-vicios Sociales, Promoción Económica y Juventud, en un acto público de presentación de los proyectos subvencionados. El cumplimiento de estos requisitos deberá verificarse en el día de final de presentación de solicitudes y su incum-plimiento llevará a la inadmisión a trámite de la solicitud presentada. Tercero.- Proyectos subvencionables. Para la concesión de estas subvenciones se consideran proyectos subvencionables aquellos proyectos de cooperación al desarrollo, con
  • Promover el ejercicio de los derechos sociales básicos (salud, educación, alimentación, hábitat y agua y saneamiento básico) de las personas y colectivos más pobres y vulnerables.
  • Apoyar la agricultura, la pesca y la acuicultura sostenibles con un enfoque de soberanía alimentaria, preservando los recursos naturales en el marco de modelos de desarrollo rural y territorial integrados, inclusivos, solidarios y redistributivos para una prosperidad compartida.
  • Impulsar la igualdad de género con un enfoque feminista, interseccional y de diversidades, el empoderamiento y el ejercicio de derechos de las niñas, adolescentes y mujeres y el fortalecimiento de sus organizaciones.
  • Promover la garantía y la defensa de los derechos humanos, la democracia y el fortalecimiento de la sociedad civil organizada.
  • Estar legalmente constituídas e inscritas na sección A (organizacións non gobernamentais para o desenvolvemento) do Rexistro Galego de Axentes de Cooperación para o Desenvolvemento, creado pola Xunta de Galicia.
  • Acreditar unha experiencia mínima de 2 anos no ámbito territorial de actuación para o que se solicita o proxecto.
  • Carecer de ánimo de lucro e non depender económica nin institucionalmente de entidades lucrativas.
  • Ter entre os seus fins institucionais expresos, segundo os seus propios estatutos, a realización de actividades relacionadas coa cooperación ao desenvolvemento e o fomento da solidariedade entre os pobos, a cooperación social ou actividades similares.
  • Dispor da estrutura necesaria para garantir o cumprimento dos seus obxectivos e acreditar unha experiencia mínima de catro anos na realización de proxectos, coa conseguinte capacidade operativa para iso.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural