Convocatoria subvenciones concurrencia competitiva área de turismo de la Comarca de Valdejalón

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona COMARCA DE VALDEJALÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    Junto al escrito de solicitud se presentarán:
  • documentation
    Fotocopia del certificado de estar inscrita en el Registro de Asociaciones de la DGA. ) (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios)
  • documentation
    Declaración de otras ayudas o subvenciones (Anexo II).
  • documentation
    Declaración sobre la documentación ya presentada en la convocatoria 2025 (Anexo III) (o en anteriores convocatorias)
  • documentation
    Memoria explicativa sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a los fines de ésta y que específicamente deseen que se valoren conforme a los criterios de valoración de la cláusula novena, calendario de ejecución, presupuesto total de la actividad a subvencionar (especificando claramente los gastos) y financiación prevista, indicación de otros ingresos que se prevean, así como reseña de las actividades sociales realizadas en el año anterior. (Anexo IV)
  • documentation
    Fotocopia del CIF de la Entidad. (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios)
  • documentation
    Declaración responsable del solicitante de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social (Anexo V).
  • documentation
    Copia de sus Estatutos adaptados a la normativa en vigor (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios).
  • documentation
    Ficha de terceros cumplimentada (Anexo IX). (solo en el caso de que no concurrieran en las convocatorias de ejercicios anteriores o hubieran efectuado cambios) En caso de que las firmas de la ficha no sean digitales, se deberá remitir a la Comarca el documento original. Cód. Validación: YN5NCNWN6WE6PAQ5L62KM4L3E Verificación: https://valdejalon.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 26
  • documentation
    3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no tendrán que volver a presentar la copia de Estatutos, CIF ni certificado de inscripción en el registro, así como de la Ficha de terceros, salvo que se hubiese realizado alguna modificación.
  • documentation
    Solicitud del pago de la subvención firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria (Presidente/a o Director/a), de acuerdo con el impreso que figura como

Gastos y actuaciones

  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Facturas de comidas, aperitivos o similares.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Inversiones en señalización de nuevos senderos (solo será subvencionable el mero mantenimiento de señalética dañada).
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Detalles, regalos, merchandising o similares entregados en las actividades.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Inversiones que supongan nuevas obras y no mero mantenimiento patrimonial
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Alquileres de locales; gastos de transporte o estancia relativos a viajes meramente recreativos. A tal efecto, en el caso de que la actividad subvencionada implique desplazamiento, solo será subvencionable el importe de las entradas o guía turístico, al acto o instalaciones objeto de la subvención, pero no el transporte; facturas de comidas, aperitivos, bebidas o similares; gastos ordinarios no relacionados directamente con el proyecto subvencionado; premios en metálico; facturas de teléfono; combustibles y similares.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos correspondientes al IRPF del cuarto trimestre que no puedan ser abonados antes del fin del periodo de ejecución. Se deducirá el importe del impuesto de la renta de dicho trimestre como gastos subvencionables. Cód. Validación: YN5NCNWN6WE6PAQ5L62KM4L3E Verificación: https://valdejalon.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 26
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los impuestos indirectos, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Memorias o estudios relativos a auditorías ambientales, así como estudios de impacto ambiental de actividades que deban someterse a evaluación ambiental (Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón) Cuarto. - Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    El importe total de la subvención a conceder por la Comarca de Valdejalón no superará el 80% del programa/actividad subvencionable, debiendo justificarse la subvención concedida en la forma y por el importe definido en la base decimotercera. El importe máximo de la subvención concedida por la comarca de Valdejalón a cada asociación o entidad sin ánimo de lucro no podrá superar el importe de 4.000 €.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Esta subvención no será compatible con otras subvenciones concedidas por parte de la Comarca de Valdejalón. Cada asociación o entidad sin ánimo de lucro solo podrá concurrir a una línea de subvenciones de las aprobadas por la Comarca de Valdejalón.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Esta subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma actividad procedentes de otras Administraciones o Entidad Públicas, en cuyo caso, la suma de las mismas no podrá suponer más de 80% del coste de la actividad subvencionada. Si la suma de ayudas públicas superase dicho porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje. Quinto. - Beneficiarios. Podrán solicitar subvención las Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que estén legalmente constituidas y registradas, que tengan su domicilio social en alguno de los municipios de la Comarca, y que realicen actividades de interés turístico en el ámbito comarcal en el año 2026. Sexto. - Crédito presupuestario. Cód. Validación: YN5NCNWN6WE6PAQ5L62KM4L3E Verificación: https://valdejalon.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 26
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4320.4800100 del presupuesto para el año 2026.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes