SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE PADRES-MADRES DE ALUMNOS/AS PARA EL EJERCICIO 2026

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE PADRES-MADRES DE ALUMNOS/AS PARA EL EJERCICIO 2026

1.- La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas económicas destinadas a subvencionar actividades de las Asociaciones debidamente legalizadas y con domicilio social en Ogíjares durante el ejercicio 2026 de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Ogíjares publicada en el BOP. núm. 73 de 19 de abril de

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES614 - Granada. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €. Inicio: 12/10/2026. Plazo: Fin: 25/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las ayudas, a los efectos de la presente Convocatoria todas aquellas asociaciones educativas (AMPAS) debidamente legalizadas y cuyo ámbito de actuación sea el municipio de Ogíjares.
  • - Las asociaciones deberán mantener los requisitos exigidos en la presente convocatoria durante el período de realización del proyecto de actividades subvencionado y hasta la justificación de la ayuda económica concedida.
  • -No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las siguientes
  • Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, o ser deudores en período ejecutivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía por cualquier otro ingreso de Derecho Público, en la forma que se determine reglamentariamente.
  • No hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Ogíjares.
  • Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
  • Las solicitudes de ayudas reguladas en la presente Convocatoria realizadas en el modelo que se adjunta como Anexo I y suscritas por el Presidente/a de la Entidad, deberán dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ogíjares, y se presentarán, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la citada ley. El acceso al registro electrónico del Ayuntamiento de Ogíjares, está ubicado en el siguiente
  • enlace: https://ayuntamientodeogijares.sedelectronica.es Una vez dentro la solicitud y documentación se presentará a través de “instancia general” “ tramitación electrónica.
  • Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
  • CIF de la Entidad o Asociación.
  • Acuerdo de los órganos de gobierno de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención solicitada.
  • Certificación expedida por el Secretario/a de la Asociación acreditando el número de socios/as de la Asociación y fotocopia compulsada del libro registro de socios.
  • Certificación expedida por el Secretario/a de la Asociación del número de hijos/as de asociados con domicilio en Ogíjares.
  • Certificado oficial de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Declaración responsable de la persona física o del representante legal de la entidad de no encontrarse inhabilitado para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvenciones de las mismas y de encontrarse facultado para actuar en nombre de la entidad.
  • Los siguientes apartados, en el modelo facilitado por la Intervención Municipal de
  • Relación de los gastos efectivamente realizados de la Memoria de actividades, en el modelo adjunto y referidas al ejercicio 2026, debidamente firmado y sellado por la

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1.- La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas económicas destinadas a subvencionar actividades de las Asociaciones debidamente legalizadas y con domicilio social en Ogíjares durante el ejercicio 2026 de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Ogíjares publicada en el BOP. núm. 73 de 19 de abril de