Personas jurídicasES616 - Jaén

CONVOCATORIA SUBVENCIONES ASOCIACIONES MUNICIPALES PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2026

El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal, a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que conceden las distintas Áreas en las líneas de actuación que a continuación se relacionan y que van destinadas a financiar los proyectos en los diversos ámbitos de la actuación municipal. Cultura. Juventud. Educación. Participación Ciudadana. Igualdad y Bienestar Social. Mujer. Las actividades subvencionadas se realizarán, sin posibilidad de ampliación de plazo, durante el ejercicio presupuestario 2026…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES616 - Jaén. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 55.737,50 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser solicitantes/beneficiarias las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades y que, no estando incursas en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, cumplan los requisitos establecidos en las bases de la presente convocatoria. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación. La acreditación de estos requisitos será efectuada por las distintas Áreas en función de las líneas de actuación, sin perjuicio de que pueda solicitarse a la entidad interesada la documentación o información complementaria que a estos efectos se estime necesaria. Las subvenciones concedidas en anteriores convocatorias no crean derecho alguno a favor de los peticionarios, ni se podrán invocar como precedente.
  • El Plazo será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Se podrán presentar en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento, o en cualquier otro medio de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si el formulario de solicitud no reúne los requisitos legalmente establecidos, se requerirá a la entidad interesada para que lo subsane en un plazo de diez días, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, conforme a lo prevenido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
  • A la Solicitud de concesión de subvenciones, se acompañarán los siguientes documentos:
  • TODOS LOS SOLICITANTES HAN DE ACOMPAÑAR:
  • Anexo I: Programa detallado de las actuaciones para las que se solicita la subvención. El programa detallado de las actuaciones ha de contener la fecha de realización de las mismas, personas intervinientes, sectores de la población a quienes va dirigida, número de personas que se beneficiarán.
  • Anexo II: Presupuesto detallado de las actuaciones para las que se solicita la subvención.
  • Anexo III: Declaración o documento que especifique y acredite qué otras ayudas o subvenciones se
  • www.andujar.es han concedido o solicitado, para el mismo programa o actuaciones objeto de subvención. A fin de acreditar el cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones se adjuntará la declaración responsable del beneficiario o de la entidad colaboradora, al efecto. A fin de acreditar no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones se presentará declaración responsable al efecto. Certificación acreditativa del número de socios al corriente de cuotas en el ejercicio 2026.
  • Certificados de estar al corriente con el Ayuntamiento de Andújar, la Agencia Tributaria Estatal, Seguridad Social, Agencia Tributaria andaluza y Diputación Provincial de Jaén.
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta, o ficha Terceros debidamente cumplimentada.
  • Certificado del acta de la Asamblea en la que se eligió la actual junta directiva.
  • SUBVENCIONES ANTERIORMENTE, DEBERÁN PRESENTAR:
  • Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal o Documento Nacional de Identidad, del solicitante y su representante.
  • Documento que acredite la representación, para el caso de que ésta exista. Si se trata de asociaciones deberán presentar copia del acta de la asamblea por la que se eligen miembros directivos.
  • Fotocopia compulsada de documento que acredite estar inscrito en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía, o Registro Nacional y Registro Municipal, si el solicitante es una Asociación.
  • www.andujar.es se deberá presentar cuña o spot emitidos, así como certificado de emisión, emitido por la empresa publicitaria. Los beneficiarios deberán justificar la realización del 100% de la Actividad o subproyecto para la que se concedió la subvención y no solo la parte subvencionada de la misma. El Ayuntamiento de Andújar podrá comprobar, a través del personal Técnico de cada una de las áreas competentes (cada una de los proyectos que les sean propios), la ejecución de los programas, y el mantenimiento subvencionado del material inventariable. Gastos de combustible. En el caso de que existieran gastos de combustible, se debe justificar los mismos con la correspondiente Factura de combustible, detallando en el concepto de la factura o bien en un documento anexo a la factura, el destino para el cuál ha sido necesario consumir el combustible, los kilómetros recorridos, recorrido realizado y cualquier otro dato para comprobar fielmente que este gasto se haya aplicado a la efectiva realización del proyecto presentado.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, incluyendo fotografías de todas las actividades. Esta memoria contendrá una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago del TOTAL de la actividad, no solo de la parte subvencionada. La memoria deberá estar firmada por el/la presidentes de la asociación beneficiaria de la subvención.
  • En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas y el Ayuntamiento podrá reducir la subvención concedida en concordancia. Asimismo, los beneficiarios deberán adoptar las medidas de difusión para dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del programa, actividad o actuación de cualquier tipo que sea objeto de subvención (art. 18 LGS y 31 RLGS). Para justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas a los beneficiarios de subvenciones (art. 14 LGS y art. 22 RLGS), es preciso adjuntar los siguientes
  • certificados de estar al corriente de pago en:
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables: · eligible
    Ordenadores, tabletas o portátiles ligeros, micrófonos de solapa o grabación y proyectores para talleres o asambleas.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Equipos de climatización para la sede de la Asociación.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Iluminación eficiente: sustitución de luminarias tradicionales por sistemas LED de bajo consumo.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Termostatos inteligentes y programadores horarios para optimizar el uso de la calefacción y el aire acondicionado.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Instalación de toldos, persianas térmicas o láminas de protección solar para ventanas. Mobiliario de oficina, así como los muebles y pequeños electrodomésticos necesarios para las actividades de los talleres de cada asociación. En esta línea se podrá subvencionar hasta el 100% de cada suministro, con un tope máximo subvencionable de 2.000 € por entidad y convocatoria, conforme al artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Instalación de toldos, persianas térmicas o láminas de protección solar para ventanas. Mobiliario de oficina, así como los muebles y pequeños electrodomésticos necesarios para las actividades de los talleres de cada asociación.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN PARTIDA IMPORTE EN € 700 334.00 489.00 Subvenciones Asociaciones Culturales. 1.875,00 710 326.00 489.00 Subvenciones Asociaciones de Educación. 2.500,00 730 924.00 489.09 Otras Transferencias Corrientes. Subvenciones Asociaciones. 20.000,00 770 231.01 480.00 Otras Transferencias. Subvenciones Asociaciones de Carácter Social. 27.562,50 770 231.22 489.03 Subvenciones Asociaciones Mujer. 2.500,00 810 334.01 489.00 Otras Transferencias. Subvenciones Asociaciones Juveniles. 1.300,00 730-92426-78000 Línea B subvenciones asociaciones municipales (gastos de inversión) 12.000,00 LÍNEA A: 55.737,50 euros LÍNEA B: 12.000,00 euros CONCURRENCIA COMPETITIVA, conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Subvenciones para actividades programadas para el ejercicio
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Subvenciones para la adquisición de equipos de climatización, mejora de nuevas tecnologías, eficiencia energética y mobiliario.
  • Gastos subvencionables: · ineligible
    - PROYECTOS EXCLUIDOS PARA TODAS LAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN:
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos presentados por aquellas asociaciones o entidades cuyo ámbito competencial no tengan su campo de actuación en alguna de las líneas de actuación de esta Convocatoria, según la finalidad descrita en el artículo 2.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos presentados por aquellas entidades que no estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos que no respondan al objeto de esta convocatoria.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos que soliciten cantidades superiores a las indicadas de forma específica para cada línea de actuación.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos que contengan actividades ya subvencionadas con cargo al presupuesto municipal vigente, mediante cualquier instrumento jurídico.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos que incluyan viajes. No obstante, sí lo serán los desplazamientos vinculados a alguna actividad incluida en el programa para el que se concede la subvención.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los proyectos que imputen a la subvención gastos de restauración, catering, comidas de convivencia, degustaciones culinarias y atenciones protocolarias, salvo los gastos para la compra de ingredientes culinarios y bebidas no alcohólicas, siempre que estén relacionados directamente con el objeto del proyecto y las actividades programadas y quede plasmado en el presupuesto de forma expresa y motivada.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    El material inventariable (mesas, sillas, cámaras fotográficas, etc.) que no esté vinculado a alguna actividad incluida en el programa para el que se concede la subvención y/o que no esté vinculado a la mejora de nuevas tecnologías, eficiencia energética ó similar.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos por recarga de tinta de impresoras o similares.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    - CRITERIOS ESPECÍFICOS:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal, a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que conceden las distintas Áreas en las líneas de actuación que a continuación se relacionan y que van destinadas a financiar los proyectos en los diversos ámbitos de la actuación municipal. Cultura. Juventud. Educación. Participación Ciudadana. Igualdad y Bienestar Social. Mujer. Las actividades subvencionadas se realizarán, sin posibilidad de ampliación de plazo, durante el ejercicio presupuestario 2026. Asimismo, el Ayuntamiento de Andújar velará por evitar cualquier forma de discriminación que afecte o pueda afectar a las personas con discapacidad según lo recogido en el art. 29. 1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, así como por el principio de accesibilidad universal previsto en el artículo 3 de la misma norma.