Convocatoria subvenciones a las Asociaciones Locales con domicilio social en Bujaraloz. Anualidad 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BUJARALOZ.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que las actividades subvencionadas según las presentes bases se hayan realizado o se realicen durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
  • Que al menos una de las actividades realizada por la Asociación vaya dirigida al público en general de la población de Bujaraloz.
  • Que dentro del objeto social según sus estatutos se encuentre incluida alguna de las siguientes actividades: cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud, o restauración del patrimonio.
  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No tener deudas con el Ayuntamiento de Bujaraloz y hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de seguridad social. No podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la presente convocatoria aquellas asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter local que tuvieran reconocida una subvención nominativa en el presupuesto municipal del presente ejercicio 2026.
  • - CREDITO PRESUPUESTARIO.- El crédito presupuestario para esta convocatoria es el previsto en el presupuesto correspondiente al ejercicio 2026, que asciende a la cantidad de 18.000,00€ - dieciocho mil euros - y se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 9240.48900 Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro Locales.
  • - FORMA, PLAZO DE SOLICITUD y PUBLICIDAD.- Las solicitudes de subvención se formalizarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Bujaraloz en la que se harán constar los datos de identificación de la entidad solicitante, domicilio a efectos de notificación y la documentación que se acompaña con arreglo al modelo de instancia que consta como Anexo I.
  • - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.- El importe de la subvención a conceder se determinará en función de las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos para acceder a la misma y del crédito disponible, y conforme y de forma proporcional a los puntos obtenidos tras la valoración del programa presentando tal y como se determina en la cláusula 7ª de estas bases. En cualquier caso, la cuantía máxima a conceder será la de 2.500,00 euros. La concesión de estas subvenciones es compatible con la percepción por parte del beneficiario de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, si bien el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, supere el coste de la actividad o gasto subvencionado.
  • Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o actividades subvencionadas.
  • Serán subvencionables los gastos realizados en el período de ejecución establecido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
  • - CRITERIOS PARA SU VALORACIÓN.- Las subvenciones se concederán a todas las Asociaciones que reúnan los requisitos para ser beneficiarios, conforme a lo dispuesto en la base segunda.
  • Asignación de una cantidad fija de 300,00€ a cada asociación local que se presente a la convocatoria, con carácter fijo para poder desarrollar su actividad social ordinaria.
  • El resto de la partida presupuestaria disponible, se contabilizará y distribuirá mediante puntos de
  • ACTIVIDADES (CANTIDAD, NOVEDAD Y VARIEDAD, TRIMESTRALIDAD Y FESTIVIDAD)
  • CANTIDAD : Número de actividades realizadas por la Asociación, aunque sean repetitivas y/o periódicas
  • NOVEDAD Y VARIEDAD : Por cada actividad a realizar, distinta en cuanto a contenido: 1 punto por actividad. Por actividad novedosa realizada en la programación de las Asociaciones se otorgará 1 punto extra.
  • TRIMESTRALIDAD : Al menos 1 actividad trimestral (puede ser repetitiva) que vaya dirigida al público en general, es decir, que no estén limitadas exclusivamente a los socios de la Entidad/Asociación: 3 puntos.
  • FESTIVIDAD : Actividades incluidas dentro de la programación de fiestas (Virgen de las Nieves, San Isidro, San Agustín, etc.), 2 o más actividades: 3 puntos; y menos de 2 actividades: 1 punto.
  • ACTIVIDAD NOVEDOSA EN FESTIVIDADES: Actividades no desarrolladas en anteriores años en las fechas de festividades locales, que representen una novedad en cuanto a programación y ámbito temático. (3 puntos).
  • RECURSOS MUNICIPALES 2 Cód. Validación: YL5NN4SAKYDC9CZKR9E3STAKQ Verificación: https://bujaraloz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 13

Gastos y actuaciones

  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad o actividades subvencionadas.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Serán subvencionables los gastos realizados en el período de ejecución establecido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    - CRITERIOS PARA SU VALORACIÓN.- Las subvenciones se concederán a todas las Asociaciones que reúnan los requisitos para ser beneficiarios, conforme a lo dispuesto en la base segunda.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Asignación de una cantidad fija de 300,00€ a cada asociación local que se presente a la convocatoria, con carácter fijo para poder desarrollar su actividad social ordinaria.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    El resto de la partida presupuestaria disponible, se contabilizará y distribuirá mediante puntos de
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    ACTIVIDADES (CANTIDAD, NOVEDAD Y VARIEDAD, TRIMESTRALIDAD Y FESTIVIDAD)
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    CANTIDAD : Número de actividades realizadas por la Asociación, aunque sean repetitivas y/o periódicas
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    NOVEDAD Y VARIEDAD : Por cada actividad a realizar, distinta en cuanto a contenido: 1 punto por actividad. Por actividad novedosa realizada en la programación de las Asociaciones se otorgará 1 punto extra.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    TRIMESTRALIDAD : Al menos 1 actividad trimestral (puede ser repetitiva) que vaya dirigida al público en general, es decir, que no estén limitadas exclusivamente a los socios de la Entidad/Asociación: 3 puntos.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    FESTIVIDAD : Actividades incluidas dentro de la programación de fiestas (Virgen de las Nieves, San Isidro, San Agustín, etc.), 2 o más actividades: 3 puntos; y menos de 2 actividades: 1 punto.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    ACTIVIDAD NOVEDOSA EN FESTIVIDADES: Actividades no desarrolladas en anteriores años en las fechas de festividades locales, que representen una novedad en cuanto a programación y ámbito temático. (3 puntos).
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    RECURSOS MUNICIPALES 2 Cód. Validación: YL5NN4SAKYDC9CZKR9E3STAKQ Verificación: https://bujaraloz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 13
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    La comisión valorará la memoria descriptiva sobre el empleo de recursos municipales (personal o medios) con la detracción de hasta 3 puntos.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    PROMOCIONAR EL NOMBRE DE BUJARALOZ A NIVEL EXTRA MUNICIPAL
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Actividades que promocionen el nombre de Bujaraloz a nivel extra municipal: 3 puntos.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    PÚBLICO PRINCIPAL AL QUE VAN DIRIGIDAS LAS ACTIVIDADES:
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Actividades según rangos de edad (1) (ya sea participando u observando): para 3 o más rangos de edad: 3 puntos; para 2 rangos de edad: 2 puntos, y para 1 rango de edad: 1 punto.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Actividades que incluyan la presencia de personas de fuera del municipio, (ya sea participando u observando): 3 puntos.
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    IMPACTO ECONÓMICO
  • Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Valoración del impacto económico generado para Bujaraloz (es necesario razonar con argumentos para puntuar e indicar la actividad sobre la que se genera dicho impacto), hasta 3 puntos.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura