Personas jurídicasES523 - Valencia / València

CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ENTIDADES DEL MUNICIPIO DE ONTINYENT EN EL ÁMBITO MUSICAL, ARTES ESCÉNICAS Y ARTES AUDIOVISUALES 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ONTINYENT.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Las entidades beneficiarias tendrán que cumplir con las obligaciones señaladas en las bases reguladoras, en la presente convocatoria, en la resolución de concesión, y
  • Cumplir el objetivo y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención. Cultura Expedient 2949060R
  • Justificar la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión de la subvención en los términos establecidos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria.
  • Haber actualizado los datos de inscripción en el Registro Municipal de Asocia- ciones, tal como se prevé en el artículo 236.1 del ROF.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Ontinyent la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas.
  • Acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución de la concesión, y en el momento de justificación de la subvención, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, y que no incurre en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de la sub- vención, establecidas en el artículo 13 de la LGS.
  • Dar adecuada difusión a la concesión de la subvención, haciendo constar co - mo concedente al Ayuntamiento de Ontinyent, así como la cantidad otorgada y su finalidad. Preferiblemente esta difusión se hará en la web o redes socia - les de la entidad subvencionada.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS.
  • ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES Serán subvencionables los programas de actividades a desarrollar por las entidades de ámbito musical, de artes escénicas y de artes audiovisuales de la ciudad de Onti - nyent que sean propias de su funcionamiento, y referidos a proyectos de promoción y fomento de la actividad cultural en la ciudad de Ontinyent, de dinamización, así co - mo acciones de promoción de la ciudad en el ámbito musical, de artes escénicas y de artes audiovisuales. El programa de actividades subvencionable tiene que tener las características si -
  • Mostrar un claro interés social y de dinamización cultural.
  • Tiene que ser desarrollado principalmente en la ciudad de Ontinyent.
  • Contener una relación detallada de todas las actividades que está previsto realizar en el periodo para el cual se solicita la subvención.
  • Aportar el presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades para las cuales se solicita la subvención. Los gastos que se podrán subvencionar tendrán que responder a alguno de los con -
  • Gastos de alquiler de las instalaciones de la asociación. Cultura Expedient 2949060R
  • Gastos de electricidad, teléfono e internet satisfechos por la asociación.
  • Gastos de personal contratado por la asociación (salarios y seguridad social, con exclusión de las dietas y otros conceptos retributivos).
  • Gastos directos vinculados a la realización de las actividades incluidas en el programa tal como suministros, gastos de difusión, ponentes y similares (los gastos generados en actividades realizadas fuera del municipio de Ontinyent solo podrán representar, como máximo, el 10% de los gastos justificativos de la subvención). No se podrán subvencionar en ningún caso los gastos derivados de celebraciones gastronómicas ni gastos suntuarios, ayudas o premios de la entidad beneficiaria a terceros, u otros similares. Los gastos en inversiones (material inventariable, equipamiento informático, etc) no podrán superar en ningún caso la cuantía de 1.000,00 € anuales. El IVA no será subvencionable en el supuesto de que sea deducible o compensable en las declaraciones fiscales de la entidad beneficiaria.
  • CRITERIOS DE VALORACIÓN (máximo 100 puntos) Para el otorgamiento de la subvención se aplicarán los criterios de valoración
  • Programa de actividades para las que solicita la ayuda: máximo de 70 puntos, de
  • Calidad cultural del proyecto: máximo 20 puntos: se valorará la calidad general del proyecto cultural, considerando la coherencia, solidez conceptual, aportación artísti - ca, innovación, y relevancia para el contexto cultural local. La puntuación se asigna -

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura