CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ASOCIACIONES SIN ANIMO DE LUCRO, DEL MUNICIPIO DE ALMUDEVAR PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE LA LOCALIDAD PARA EL AÑO 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMUDÉVAR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, en su dirección: Calle Jorge Juan n.º 6, 28001 Madrid, o través de su sede electrónica https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/.
  • DESCRIPCION DEL CONTENIDO DEL PROYECTO, SEÑALANDO LOS
  • ACTIVIDADES A DESARROLLAR, INCLUIR LOS OBJETIVOS QUE SE
  • RECURSOS PREVISTOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO (recursos técnico, locales, recursos humanos, nº de deportistas certificado de la Federación correspondiente….) Cód. Validación: 9DDC4PNC5FQ7DFAERMHMD3KGM Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2
  • EVALUACION Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA SEÑALENSE LOS
  • Observaciones: Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario. El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio/en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre general de Subvenciones, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud, que no se encuentra en ninguna de las causas de prohibición de la Ley Orgánica del Derecho de Asociación y que se encuentra al corriente de sus obligaciones de reintegro, tributarias y con la Seguridad Social. En , a Cód. Validación: A73RHRYK63D3KTT743FCHQPGH Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2
  • DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE LA LOCALIDAD PARA EL AÑO 2026 El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Amudévar en sesión celebrada el día 26 de junio de 2018 aprobó modificación de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones, por las que se deben regir todas las subvenciones que se concedan por esta Ayuntamiento. La Ordenanza fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca núm. 163, de 24 de agosto de 2018.
  • ª Materias objeto de la subvención. En el marco general establecido por esta Ordenanza, y de las competencias atribuidas por el artículo 42.2 n) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración Local de Aragón, este Ayuntamiento considera que procede efectuar convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE LA
  • ª Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención La subvención concedida tendrá por objeto la financiación de acciones, programas o proyectos concretos propuestos por el solicitante y aceptados por la Administración que se encuadren dentro del ámbito señalado en el apartado 1 anterior. Para que dichas acciones sean subvencionables habrán de serlo los gastos a los que se apliquen los fondos en los términos establecidos en el artículo 31 LGS y en la Ordenanza General que se ejecute desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026. No serán subvencionables los gastos de inversión. La actividad subvencionada deberá realizarse en los términos planteados por el solicitante en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hubieran introducido o aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de Cód. Validación: 9EAJGMQE5EJ2TGK5YRW2FD2WT Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 7
  • Ayuntamiento de Almudévar concesión o durante el período de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión. En el caso de que la Administración, a lo largo del procedimiento de concesión, proponga la modificación de las condiciones o la forma de realización de la actividad propuesta por el solicitante, deberá recabar del beneficiario la aceptación de la subvención. Dicha aceptación se entenderá otorgada si en la propuesta de modificación quedan claramente explicitadas dichas condiciones y el beneficiario no manifiesta su oposición dentro del plazo de 15 días desde la notificación de la misma, y siempre, en todo caso, que no se dañe derecho de tercero (art. 61.2 RLGS). En las resoluciones de concesión se especificarán los plazos para la realización de la actividad teniendo en cuenta el programa de trabajos o propuesta formulada por el beneficiario y los límites derivados de la temporalidad de los créditos presupuestarios.
  • ª Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva. La concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
  • ª Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
  • Podrán solicitar las subvenciones cualesquier Asociación o club deportivo que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 LGS, siempre que dispongan de la estructura y medios necesarios para llevar a cabo los proyectos o programas objeto de la subvención y que reúnan las demás condiciones establecidas en las bases reguladoras.
  • No podrán presentar solicitud de subvención aquellas entidades y/o asociaciones que tengan suscrito un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Almudevar en virtud del cual perciban anualmente una subvención nominativa.
  • La acreditación de no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario que se establecen en el artículo 13.2 LGS se realizará mediante declaración; no obstante, la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se realizará en la forma prevenida en el párrafo siguiente.
  • El cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acreditará mediante las certificaciones acreditativas que se regulan en el artículo 22 del Reglamento General de la Ley General de Subvenciones, expedidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de subvención conlleva la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa estos certificados. Los solicitantes podrán denegar expresamente su consentimiento para ello, en cuyo caso deberán aportar los certificados. Si el importe de la subvención solicitada no supera los 3.000 euros bastará una declaración responsable.
  • Podrán optar a estas ayudas económicas, los clubes y agrupaciones deportivas que
  • Estar constituidos de acuerdo con la legislación vigente, e inscritos en el Registro de Asociaciones y Entidades Deportivas del Gobierno de Aragón.
  • Estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Almudevar.
  • Poseer Código de Identificación Fiscal y estar al día con las obligaciones fiscales.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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