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Qué necesitas

  • ANEXO 11: M emoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Memoria de realización de actividades subvencionadas (ANEXO
  • , así como la documentación gráfica acreditativa y justificación de los medios de difusión utilizados, según lo establecido en el apartado 3. “Obligaciones de las entidades beneficiarias”, y el alcance de los mismos, a fin de permitir la comprobación del cumplimiento de lo establecido en esta convocatoria respecto a la difusión y publicidad obligatoria de las actividades subvencionadas y la colaboración municipal. Será cumplimentado adecuadamente y de forma completa y comprensible para ser considerado válido. Se aportarán y cumplimentarán tantas “Fichas de Actividad” como actividades conformen el proyecto. 19/45. V00671a14705030878707ea200070823f La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en http://ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=V00671a14705030878707ea200070823f
  • Número de factura y, en su caso, serie.
  • Nombre y apellidos o razón social de quien expide la factura y persona o entidad destinataria.
  • Número o Código de Identificación Fiscal (NIF o CIF) tanto de quien expide la factura como de la destinataria.
  • Domicilio fiscal de ambas partes, salvo que la destinataria sea una persona física,en cuyo caso no es obligatorio dicho dato (no se aplica a empresarios o a profesionales).
  • Descripción de la operación. El concepto detallado del gasto debe quedar claramente expresado y desglosado en la factura para ser aceptada.
  • Desglose entre Base y Cuota de IVA. Si la factura tiene varios tipos de IVA, deberá recoger por separado base y cuotas correspondientes a cada uno de los tipos.
  • Lugar y fecha de realización de la operación si es distinta a la fecha de expedición de la factura. Lugar y fecha de emisión. 21/45. V00671a14705030878707ea200070823f La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en http://ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=V00671a14705030878707ea200070823f
  • Estampillado con el término “Pagado” y fecha en la que se efectúa el pago.
  • En el caso de factura exentas o no sujetas a IVA es necesario que esté indicado el precepto legal que lo recoge. Para que surta efectos de plena eficacia, deberá acreditar el gasto total del proyecto en su integridad, siendo de aplicación en caso contrario los criterios reductores y porcentajes resultantes entre la justificación presentada y la que debería haber presentado. Para la acreditación de la efectividad del pago, se considerarán como válidas las siguientes
  • - GASTOS SUBVENCIONABLES Los gastos subvencionables se regirán por lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. S e considerará gasto subvencionable aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen durante el ejercicio 2026. También serán gastos subvencionables aquellos que se correspondan con la tipología de gastos aprobados para cada proyecto en la resolución definitiva de concesión, acorde con el 22/45. V00671a14705030878707ea200070823f La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en http://ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=V00671a14705030878707ea200070823f
  • - GASTOS NO SUBVENCIONABLES
  • Gastos realizados fuera del plazo de ejecución.
  • Gastos pagados fuera del plazo de justificación.
  • Gastos imprevistos o no relacionados con el proyecto y la subvención.
  • Honorarios del/la beneficiario/a de la ayuda. No se podrán presentar como gastos de personal el de personas miembro de las juntas directivas o consejos de dirección de las entidades por el desempeño de su cargo. Tampoco se podrán incluir gastos por la contratación o prestación de servicios realizados por personas miembros de las Juntas Directivas o Consejos de Dirección de las entidades beneficiarias.
  • Gastos de inversión de bienes de naturaleza inventariable y de carácter de amortizables (equipos informáticos y técnicos, maquinaria, mobiliario, así como otros que incrementen el patrimonio del/la beneficiario/a de la ayuda…).
  • Gastos correspondientes a personal propio de la asociación, de mantenimiento de locales (luz, teléfono, gasto de alquiler de inmueble, etc.), así como gastos generales de funcionamiento.
  • - OBJETIVOS DE EFICACIA QUE DEBE ALCANZAR LA SUBVENCIÓN.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura