Personas jurídicasES523 - Valencia / València

CONVOCATORIA SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE VALLADA DESTINADA A ACTUACIONES PARA LA PROMOCIÓN INDUSTRIAL DE VALLADA

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables: De conformitat amb la memòria presentada i el seu pressupost es consideren subvencionables els s · eligible
    - Secretario General de DIPUTACION - Vicente Rafael Boquera Matarredona 30-jun-2026 10:24:09
  • Gastos subvencionables: De conformitat amb la memòria presentada i el seu pressupost es consideren subvencionables els s · eligible
    - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo de DIPUTACION - Presidente Diputación - Vicente José Mompó Aledo 30-jun-2026 12:14:07 Página 2 de 6 Esta es una copia impresa del documento electrónico generada por la aplicación informática Portafirmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://www.sede.dival.es/opencms/opencms/portal/index.jsp?opcion=verifica
  • Gastos subvencionables: De conformitat amb la memòria presentada i el seu pressupost es consideren subvencionables els s · eligible
    gastos: Contratación Asesoramiento Urbanístico Contratación Gobernanza Estratégica Según establece el artículo 31.8 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 30.7 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de V alencia, los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta. Plazo de ejecución: desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2027 El artículo 70.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que se podrá otorgar una ampliación del plazo establecido (prórroga) para la presentación de la justificación que no exceda de la mitad de este y siempre que esto no perjudique a terceros. Forma de justificación: Según lo establecido en el

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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