Personas jurídicasES511 - Barcelona

CONVOCATORIA SUBVENCIO GRESKATEAM SARDINYOLA. ANY 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARIDA I ELS MONJOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Visto el artículo 26 de la ordenanza general de subvenciones aprobada por el Ayuntamiento que permite de forma excepcional la concesión directa de subvenciones cuando estén consignadas nominativamente en el Presupuesto general inicial del Ayuntamiento o en modificaciones de créditos aprobadas por el Pleno. Dado que el Ayuntamiento de Santa Margarida i els Monjos dispone del Presupuesto General para el ejercicio de 2026 previendo el estado inicial de gastos de dicho documento una subvención nominativa a favor de la entidad GRESKATEAM SARDINYOLA con CIF G72462500 con una consignación a la aplicación presupuestaria 334.48032 "SUBVENCIO GRUPO DE CARNAVAL GRESKA TEAM" por importe de CUATROCIENTOS EUROS (400,00€). Visto el artículo 27 de la ordenanza general de subvenciones aprobada por el Ayuntamiento que establece que la resolución de concesión de estas subvenciones y, en su caso, los convenios con que se instrumenten, debe establecer las condiciones y compromisos aplicables, y tiene el carácter de bases reguladoras específicas de la concesión.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
  • Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, (en adelante RLGS).
  • Artículos 118 a 129 del Reglamento de Obras Actividades y Servicios de los Entes Locales de Cataluña aprobado por el Decreto 179/1995, de 13 de junio (en adelante ROAS).
  • La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento (27/12/2019). Visto el informe favorable emitido en fecha 10 de junio de 2026 por la Técnica de Administración General. Teniendo en cuenta que la competencia corresponde a la Junta de Gobierno Local por delegación efectuada por la alcaldesa de este ayuntamiento, mediante el Decreto de alcaldía número 2025DECR0060, de 4 de febrero de 2025, la Junta de Gobierno Local adopta los

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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