CONVOCATORIA SUBVENCIO ASSOCIACIO ESPAI DE MARGE 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE FONT-RUBÍ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - Los/las perceptores/as de subvenciones concedid as por el Ayuntamiento, se obligan a ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con l os principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como a su justificación.
  • - El/la beneficiario/a de una subvención está obl igado a someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero que realice la Intervención del Ayuntamiento, y a aportar toda la información que los sea requerida en el ejercici o de las actuaciones anteriores y en relación a la subvención concedida.
  • - Los documentos de cualquier tipo justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, se tendrán que conservar por un periodo no inferior a 6 años, contadores desde la finalización del plazo de presentación de las justificaciones.
  • - Los/las beneficiarios/as tendrán que hacer cons tar la colaboración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad, en toda l a documentación impresa y en carteles o medios electrónicos y audiovisuales.
  • - Los/las beneficiarios/as tendrán que dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas por medios electrónicos, en base a aquello establecido a la Ley 19/2013.
  • - El incumplimiento de estas obligaciones origina rá las responsabilidades que en cada caso correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida
  • - Los/las beneficiarios/as tendrán que comunicar la petición y/u obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado con la solicitud.
  • - La subvención otorgada será compatible con cual quier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados. Aun a sí, el importe total de las subvenciones recibidas por la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar.
  • Noveno. - RÉGIMEN JURÍDICO SUPLETORIO: n todo aquello no previsto en la presente resolució n se estará al que establece la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, la Ley Ge neral de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo. Decimo. - VIGENCIA DEL CONVENI Este convenio será vigente desde el día 1 de enero y hasta el día 31 de diciembre de 2026. Así mismo, podrá ser objeto de prórroga mediante acuerdo exprés de ambas partes. Y en prueba de conformidad, las personas que lo otorgan firman el presente convenio. Xavier Lluch Llopart, Núria Gutiérrez Díaz Alcalde – presidente Representante Ayuntamiento de Font-rubí Associació Espai de Marge Eva Puig Pérez, Secretaria-interventora Ayuntamiento de Font-rubí

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura