CONVOCATORIA SUBVENCIO ASSOCIACIO BALL DE DIABLES DE FONT-RUBI EX 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE FONT-RUBÍ.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Los perceptores de las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, se obligan a ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los p rincipios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como su justificación.
  • - El beneficiario de una subvención está obligado a someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero que realice la Intervención del Ayuntamiento, y a aportar tota la información que le sea requerida en el ejercicio de las actuaci ones anteriores y en relación a la subvención concedida.
  • - Los documentos de cualquier tipo justificativo de la aplicación de los fondos recibidos, se deberán conservar por un periodo no inferior a 6 añ os, contados desde la finalización del plazo de presentación de las justificaciones.
  • - Los beneficiarios deberán hacer constar la cola boración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o actividad, en toda la documentación impr esa y en carteles o medios electrónicos y audiovisuales.
  • - Los beneficiarios deberán dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas por medios electrónicos, en base a lo establecido en la Ley 19/2013.
  • - El incumplimiento de estas obligaciones origina rá las responsabilidades que en cada caso correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida.
  • - Los beneficiarios deberán comunicar la petición y obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado en la solicitud.
  • - La subvención otorgada será compatible con cual quier otra concedida por otras administraciones o entidades públicas o privadas. A sí mismo, el importe total de las subvenciones recibidas con la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar.
  • Décimo. - VIGENCIA DEL CONVENIO: Este convenio será vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Así mismo, podrá ser objeto de prórroga mediante acuerdo exprés por ambas partes. Y en prueba de conformidad, las personas que lo otorgan firman el presente convenio. Xavier Lluch Llopart Alba G ili Viladoms Alcalde – president Presidenta de l’ASSO CIACIÓ BALL DE Ajuntament de Font-rubí DIABLES DE FONT-R UBÍ Eva Puig Pérez Secretària–interventora accidental Ajuntament de Font-rubí

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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